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Reclamar la legítima en A Coruña: la cuarta parte gallega y cómo cobrarla

Si tu padre o tu madre dejó casi todo a otra persona, puede que te corresponda algo de todas formas. Ese mínimo que la ley protege se llama legítima.

En Galicia la legítima es más pequeña que en el resto de España y funciona de otra manera. Conviene entenderla bien antes de reclamar.

Datos revisados en octubre de 2026. Esto es general; el cálculo y la estrategia los decide el abogado con tu caso.

Primero: ¿qué ley se aplica?

Depende de la vecindad civil del fallecido, no de dónde vivía. Si tenía vecindad gallega, se aplica la Ley 2/2006 de derecho civil de Galicia.

Si tenía la vecindad común, se aplica el Código Civil, donde la legítima de los hijos es de dos tercios. La diferencia es grande.

Un coruñés que pasó media vida en Madrid puede conservar la vecindad gallega. Por eso es lo primero que comprueba el abogado.

La legítima gallega, en cuatro ideas

  1. Cuánto: una cuarta parte del valor líquido de la herencia: los bienes menos las deudas, más lo que el fallecido donó en vida. Se reparte entre los hijos o, si alguno falleció, entre sus descendientes.
  2. Quién: hijos y descendientes, y el viudo no separado. Los padres del fallecido no tienen legítima.
  3. Cómo se cobra: es un crédito, no una parte de los bienes. No puedes exigir una finca concreta.
  4. Cuándo: la acción para reclamarla prescribe a los 15 años del fallecimiento.

Si el testador no te asignó bienes concretos, los herederos pueden pagarte con bienes de la herencia o, de común acuerdo, en dinero, aunque no salga de la herencia. Tienen un año desde que la reclamas; después, la deuda genera intereses.

Lo explicamos en la legítima en Galicia.

La legítima del viudo

El viudo o la viuda tiene una legítima en usufructo: sobre una cuarta parte si hay descendientes y sobre la mitad si no los hay.

Puede pedir que ese usufructo se concrete sobre la vivienda habitual, el local donde trabajaba o la empresa. Si eres viudo y te han dejado fuera, también puedes reclamar.

Lo que puede haber reducido tu legítima

  • Una apartación: si firmaste en vida un pacto de apartación, ya no eres legitimario.
  • Una desheredación: tiene que tener una causa legal y probarse. Si no, puedes reclamar.
  • Donaciones en vida: lo donado se suma a la herencia para calcular la legítima, y lo que tú recibiste se descuenta de la tuya. El abogado revisa escrituras y transferencias.
  • Una renuncia: si rechazaste lo que te dejaba el testamento, cuenta igualmente como pago de tu legítima.

Si te han desheredado, mira desheredar a un hijo.

Cómo se reclama

  1. Pedir copia del testamento y el certificado de últimas voluntades.
  2. Reunir información sobre bienes, deudas y donaciones.
  3. Calcular la legítima con el abogado.
  4. Requerir el pago al heredero por escrito.
  5. Intentar un acuerdo, que se puede firmar ante notario.
  6. Si no hay acuerdo, presentar demanda.

Tribunales y abogacía en la provincia

Por regla general, la demanda va al tribunal de instancia del último domicilio del fallecido. La provincia tiene 14 partidos judiciales.

En la capital, la Sección Civil del Tribunal de Instancia tiene 13 plazas. Santiago y Ferrol tienen 5 cada uno.

Hay tres colegios de abogados: A Coruña, Santiago de Compostela y Ferrol. Puedes elegir abogado libremente, sea del colegio que sea. Para demandar hacen falta abogado y procurador.

Cómo te ayudamos

Tu Herencia Directa no tiene oficina en A Coruña. Te ponemos en contacto con abogados colegiados que conocen el derecho civil gallego.

El abogado puede atenderte a distancia o en su despacho. Comprueba la vecindad civil, calcula la legítima y busca primero un acuerdo.

Te explica sus honorarios antes de empezar. El primer contacto no te compromete.

Preguntas frecuentes

Somos cuatro hermanos. ¿Cuánto me toca?

Con la ley gallega, la cuarta parte se divide entre los cuatro. A cada uno le corresponde, como mínimo, una dieciseisava parte del valor líquido.

¿Me pueden pagar en dinero aunque prefiera la casa?

Sí, si los herederos se ponen de acuerdo y el testamento no dice otra cosa. Como la legítima es un crédito, no puedes exigir la casa.

Hace años que murió mi padre. ¿Llego a tiempo?

Si no han pasado quince años desde el fallecimiento, en principio sí. Cuanto antes, mejor para las pruebas.

La guía general está en reclamar la legítima. Para otros servicios, vuelve a herencias en A Coruña.

Cuéntanos qué dice el testamento y te ayudamos a ver si hay algo que reclamar.

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Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido