Trámites de la herencia: por dónde empezar y qué viene después
Cuando muere un familiar, los papeles llegan de golpe. Notaría, banco, Hacienda, ayuntamiento, Registro. Nadie te explica qué va antes y qué puede esperar.
En esta sección hemos reunido los trámites de una herencia en un solo sitio. Están ordenados por lo que necesitas resolver, no por su nombre técnico.
Si no sabes en qué punto estás, no pasa nada. Cuéntanos qué ha ocurrido y te ayudamos a situar el primer paso.
Los servicios de este bloque
Cada uno de estos apartados explica una parte de la herencia. El abogado o gestor colaborador puede llevar solo esa parte o la herencia completa.
- Gestión integral de herencias: para quien prefiere que un solo profesional coordine todo, de los certificados a la inscripción final.
- Declaración de herederos: cuando no hay testamento y hay que dejar por escrito quiénes heredan.
- Aceptación de herencia: el paso, normalmente firmado ante notario, con el que los herederos asumen lo que se recibe, y también lo que se debe.
- Renuncia a la herencia: qué supone no aceptar, cómo se hace y a quién pasa entonces tu parte.
- Cuaderno particional: el documento que reparte los bienes entre los herederos; es decir, quién se queda con qué.
- Desbloquear las cuentas de un fallecido: qué pide el banco para liberar el dinero y cómo usarlo para pagar el impuesto.
- Cambio de titularidad de bienes heredados: poner a nombre de los herederos la casa, las cuentas y el resto de bienes.
Los trámites, uno a uno
Además de los servicios, hay gestiones concretas que muchas familias quieren entender antes de dar ningún paso. Las hemos agrupado según el momento en que suelen aparecer.
Los primeros papeles
- Certificado de defunción
- Certificado de últimas voluntades
- Certificado de seguros de vida del fallecido
- Copia autorizada del testamento
- Cita en la notaría para la herencia
Bancos, deudas y dinero pendiente
- Certificado de saldos del banco
- NIF de la herencia yacente, que es la herencia mientras nadie la ha aceptado todavía
- Heredar una vivienda con hipoteca
- Pensiones cobradas después del fallecimiento
Impuestos y valor de los bienes
- Modelo 650 del impuesto de sucesiones
- Modelo 651 del impuesto de donaciones
- Valor de referencia catastral
- Tasación de un inmueble heredado
Poner los bienes a tu nombre
- Inscribir la herencia en el Registro de la Propiedad
- Cambio de titular en el Catastro
- Cambio de titularidad de un coche heredado (lo lleva nuestra gestoría de tráfico)
- Luz, agua y gas a nombre de otra persona
Pensiones y prestaciones
En qué orden suelen ir las cosas
Cada herencia es distinta, pero casi todas siguen una secuencia parecida. Conocerla ayuda a no adelantar pasos ni dejar ninguno atrás.
- Primero se piden los certificados básicos. Con ellos se sabe si había testamento y seguros de vida.
- Después se aclara quién hereda: con la copia del testamento o, si no lo hay, con la declaración de herederos.
- Luego toca saber qué hay. Cuentas, inmuebles, vehículos, préstamos y posibles deudas.
- Con eso se preparan los impuestos. El de sucesiones tiene un plazo de seis meses desde el fallecimiento, con posibilidad de pedir prórroga.
- Se firma la aceptación y el reparto en notaría.
- Por último, los bienes pasan a nombre de cada heredero.
Este orden es orientativo. A veces dos pasos van a la vez, y otras uno se retrasa porque falta un documento o un heredero.
Hacerlo por tu cuenta o con un profesional
Muchos de estos trámites puedes hacerlos tú. Los certificados, por ejemplo, se piden sin demasiada dificultad.
Lo que suele complicarse es encajar todas las piezas. Un error en el valor de un piso o en un plazo puede notarse meses después.
Por eso hay familias que prefieren que un abogado o gestor colaborador lleve la herencia entera. Otras solo necesitan ayuda en un punto concreto.
Tu Herencia Directa no presta el servicio jurídico. Te ponemos en contacto con un profesional especializado en herencias de tu provincia. Él te explica el alcance del trabajo y sus honorarios antes de empezar, y tú decides.
Los trámites en tu provincia
Cada paso se hace en un sitio concreto: el juzgado, el Registro de la Propiedad, el Catastro o la oficina del impuesto. En herencias por provincia explicamos cuáles son en cada provincia.
Si no sabes qué trámite te toca
No necesitas encontrar la página exacta. Escríbenos con lo que sepas: quién ha fallecido, dónde vivía y qué te preocupa ahora.
Con eso vemos en qué punto está la herencia y qué conviene hacer primero. Hablar con nosotros no te obliga a contratar nada.
Más trámites que te pueden servir
- Cancelar el usufructo en el Registro por fallecimiento del usufructuario
- Declaración de ausencia o de fallecimiento de una persona desaparecida
- Reclamar la pensión de viudedad: denegación y reparto entre beneficiarios
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido