Impuesto de sucesiones en Gipuzkoa: cómo funciona la norma foral
Si tu familiar vivía en Gipuzkoa, su herencia no sigue las reglas del resto de España. Gipuzkoa tiene su propio impuesto de sucesiones, regulado por la Diputación Foral.
Para la familia directa, el trato es muy favorable. Para hermanos, sobrinos o amigos, la cosa cambia bastante.
Aquí tienes el resumen y, al final, una página para cada tema.
Datos revisados en octubre de 2026. Las normas forales se modifican con cierta frecuencia, así que el profesional que lleve la herencia confirma qué está vigente en vuestro caso.
Qué norma se aplica y quién la gestiona
La norma es la Norma Foral 2/2022 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Está en vigor desde el 17 de abril de 2022 y se ha retocado varias veces después.
La gestiona el Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa. No interviene Hacienda del Estado ni el Gobierno Vasco.
Lo que decide qué norma se aplica es dónde residía la persona fallecida. Da igual que los herederos vivan en Donostia o en Madrid.
Hay dos excepciones que revisa el profesional. Si en los años previos a su muerte había vivido más tiempo fuera del País Vasco, se aplican las reglas de territorio común. Y si un heredero vive fuera de España, su parte puede tributar con otras reglas.
En lo civil, si el fallecido tenía vecindad civil vasca, rige la Ley de Derecho Civil Vasco, común a los tres territorios. Cambia cosas importantes, como cuánto es la legítima de los hijos. Lo explicamos en derecho foral del País Vasco.
Tres grupos según el parentesco
La norma guipuzcoana agrupa a los herederos en tres grupos, no en cuatro como la ley estatal:
- Grupo I: cónyuge o pareja de hecho, hijos, nietos, padres, abuelos, adoptantes y adoptados. Las personas en acogimiento permanente o preadoptivo cuentan como adoptadas.
- Grupo II: hermanos, sobrinos y tíos de sangre, y también suegros, yernos, nueras e hijos del cónyuge.
- Grupo III: primos, cuñados, sobrinos o tíos políticos, parientes más lejanos y personas sin parentesco.
El grupo marca la reducción, el tipo que se aplica y casi todo lo demás. Por eso es lo primero que se mira.
Cuánto se reduce y qué tipo se paga
Cada heredero resta una cantidad fija de lo que recibe antes de calcular nada:
- Grupo I: 400.000 euros.
- Grupo II: 16.150 euros.
- Grupo III: 8.075 euros.
Sobre lo que quede, el grupo I paga un tipo fijo del 1,5 %. No hay escalas ni sorpresas por heredar más.
Los grupos II y III sí tienen tarifas que suben con la cantidad. En el grupo II van del 5,70 % al 34,58 %. En el grupo III, del 7,60 % al 42,56 %.
Gipuzkoa no aplica bonificaciones en la cuota por parentesco. Toda la ventaja de la familia directa está en esa reducción alta y en el tipo fijo.
Hay además una reducción adicional por discapacidad o dependencia, que el profesional revisa si alguno de los herederos puede pedirla.
Las reducciones que más se usan
- Vivienda habitual: reducción del 95 %, con un máximo de 220.000 euros, si el heredero convivió con el fallecido en esa casa los dos últimos años.
- Empresa familiar o negocio: reducción del 95 % para la familia hasta el cuarto grado, con la obligación de mantenerla cinco años.
- Seguros de vida: el grupo I resta 400.000 euros también en lo que cobra del seguro, si se contrató con antelación suficiente.
- Caserío: la transmisión de ascendientes a descendientes queda exenta si quien lo transmite lo explotaba personalmente y quien lo recibe sigue haciéndolo al menos cinco años.
Un año para presentar
Aquí está una de las grandes diferencias. En Gipuzkoa el plazo es de un año desde el fallecimiento, el doble que en el régimen común.
La autoliquidación es obligatoria. Se presenta una por cada heredero, con el modelo 670, y todos tienen que estar conformes.
Se puede hacer por internet en la plataforma Zergabidea o en papel en las oficinas de Atención Ciudadana de la Diputación.
Si la herencia se ordenó con un poder testatorio, es decir, encargando a otra persona que reparta, el plazo cambia. El año cuenta desde que ese poder se usa de forma irrevocable o se extingue.
Las donaciones también tienen sus reglas
Lo que se da en vida a un hijo tributa al 1,5 % en el grupo I. Pero no se aplica la reducción de 400.000 euros, que es solo para herencias.
Desde mayo de 2025 hay una reducción especial para el dinero que se da a menores de 36 años para comprar su vivienda.
El plazo de las donaciones es mucho más corto: treinta días hábiles desde el día siguiente a la firma.
Sucesiones en Gipuzkoa, tema por tema
- Hijos y cónyuge: cómo funcionan los 400.000 euros y el tipo fijo, también para la pareja de hecho.
- Hermanos, sobrinos y tíos: el grupo II y su tarifa progresiva.
- Otros herederos: primos, cuñados, amigos y personas sin parentesco.
- Vivienda habitual: el requisito de convivencia y cómo se demuestra.
- Empresa familiar: negocios, participaciones y el caserío.
- Plazos y presentación: el año de plazo, el modelo 670 y la conformidad de todos.
- Donaciones: el tipo del grupo I, la ayuda para vivienda y la empresa en vida.
Si quieres ver cómo funciona el impuesto en general, vuelve a la página de impuesto de sucesiones.
Cómo te ayudamos
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El profesional colaborador revisa quién está en cada grupo, qué reducciones caben y prepara las autoliquidaciones.
El primer contacto no compromete a nada. El abogado te explica sus honorarios y el alcance del trabajo antes de empezar.
Preguntas frecuentes
Mi madre vivía en Gipuzkoa y nosotros vivimos en Bilbao. ¿Qué norma nos toca?
La guipuzcoana. Cuenta dónde residía la persona fallecida, no dónde vive quien hereda.
Si a un hijo no le sale nada a pagar, ¿tiene que presentar?
Sí. La autoliquidación es obligatoria aunque la reducción cubra todo lo heredado.
¿Se puede pedir prórroga del año?
La norma foral no regula ninguna prórroga. Por eso conviene no apurar el plazo y empezar con margen.
¿La pareja de hecho tiene el mismo trato que el matrimonio?
En el impuesto, la norma incluye en el grupo I a la pareja de hecho constituida según la ley vasca o inscrita en un registro público equivalente. En lo civil, los derechos sucesorios se reconocen a las parejas inscritas en el registro vasco.
Un año da margen, pero se va entre papeles, bancos y notaría. Si quieres saber en qué grupo está cada heredero y qué habría que presentar, cuéntanos vuestro caso. Te ponemos en contacto con un profesional que conoce la norma guipuzcoana.
El impuesto en cada provincia
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