Auxilio por defunción: la ayuda para los gastos del sepelio
Los gastos del entierro llegan enseguida, a menudo antes de que la familia haya podido pensar en nada más. El auxilio por defunción es una ayuda de la Seguridad Social pensada para ese momento.
No es una cantidad grande y no resuelve la herencia. Pero es un trámite que mucha gente olvida pedir. Te contamos en qué consiste y cómo se solicita.
Qué es el auxilio por defunción
Es un pago único que hace la Seguridad Social para ayudar a cubrir los gastos del sepelio. No es una pensión: se cobra una sola vez.
Se reconoce cuando la persona fallecida cumplía ciertas condiciones con la Seguridad Social. Por ejemplo, estar trabajando y dado de alta o cobrar una pensión. Si se cumplen o no en tu caso, lo confirma la propia Seguridad Social.
La cantidad está fijada por la normativa y no depende de lo que costara el funeral. Por eso no conviene contar con ella para cubrirlo entero.
Quién puede cobrarlo
El auxilio corresponde a quien ha pagado los gastos del sepelio. Esa es la regla principal.
Si no consta quién los pagó, la Seguridad Social sigue un orden. Primero el cónyuge o la pareja de hecho y, en su defecto, los hijos y otros parientes que convivieran con el fallecido.
Por eso es importante guardar la factura de la funeraria a nombre de quien realmente la pagó.
Cómo encaja con la herencia
El auxilio no forma parte del patrimonio del fallecido. Lo cobra la persona que tiene derecho, no se reparte entre los herederos.
Los gastos del entierro sí cuentan en la herencia. En el impuesto de sucesiones pueden restarse del valor de lo heredado, siempre que estén justificados. Las facturas sirven para las dos cosas.
Además, el banco suele permitir pagar el funeral con el dinero del fallecido, aunque las cuentas estén bloqueadas. Lo explicamos en la página sobre desbloquear las cuentas de un fallecido.
Pasos para pedirlo
- Guarda la factura del sepelio y el justificante de pago.
- Consigue el certificado de defunción.
- Prepara el documento que acredite tu relación con el fallecido, si no pagaste tú el funeral.
- Presenta la solicitud ante la Seguridad Social, por internet o con cita previa.
- Si también pides pensión de viudedad u orfandad, inclúyelo en la misma solicitud.
- Espera la resolución y el ingreso en tu cuenta.
Documentos que suelen hacer falta
- DNI de quien lo solicita.
- Certificado de defunción.
- Factura de la funeraria y justificante de haberla pagado.
- Libro de familia o certificado que acredite el parentesco, si se pide por esa vía.
- Datos de la cuenta bancaria donde cobrar.
Si el funeral lo pagó un seguro de decesos, la situación cambia. Conviene comentarlo al pedirlo, porque puede afectar a quién tiene derecho.
Plazos
El auxilio por defunción tiene un plazo para solicitarse, y pasado ese tiempo se pierde. Es amplio, pero no conviene dejarlo para el final. Lo más práctico es pedirlo en las primeras semanas, junto con el resto de prestaciones.
Recuerda también que el impuesto de sucesiones se presenta en el plazo general de seis meses desde la muerte, que se puede prorrogar. Puede variar según la comunidad autónoma.
Por qué conviene ordenarlo con el resto
Pedir el auxilio es sencillo. Lo que suele fallar es el orden: facturas a nombre de otra persona, gastos pagados con la cuenta del fallecido o un seguro de decesos que nadie recordaba.
Un gestor o abogado de herencias reúne todo eso de una vez. Pide el auxilio, aplica los gastos en el impuesto y deja la documentación lista para la notaría.
En Tu Herencia Directa escuchamos lo que ha pasado y te ponemos en contacto con el profesional adecuado para tu provincia. Contarnos tu caso no te compromete. Los honorarios te los explica el abogado antes de empezar.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra de auxilio por defunción?
Es una cantidad fija que marca la normativa. No depende del coste del funeral. Te la confirma la Seguridad Social al resolver.
¿Lo cobro si el funeral lo pagó un seguro de decesos?
Depende de cada caso. Si el seguro cubrió los gastos, puede que el auxilio corresponda a otra persona o que no proceda. Coméntalo al presentar la solicitud.
¿Tengo que pedirlo aparte de la pensión de viudedad?
No necesariamente. Puede pedirse en la misma solicitud de prestaciones por fallecimiento.
¿El auxilio paga impuestos?
No forma parte de la herencia, así que no entra en el impuesto de sucesiones. Para la renta, consúltalo con el profesional.
Si te ocupas de los primeros trámites y no sabes cuáles van antes, cuéntanos tu situación. Te ayudamos a verlo en orden.
Otros trámites de la herencia
- Trámites de la herencia
- Cambio de titular en el Catastro por herencia
- Cambiar de titular la luz, el agua y el gas de un fallecido
- Cancelar el usufructo en el Registro por fallecimiento del usufructuario
- Certificado de defunción
- Certificado de saldos del banco de un fallecido
- Certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento
- Certificado de últimas voluntades
- Cita en la notaría para una herencia
- Copia autorizada del testamento
- Declaración de ausencia o de fallecimiento de una persona desaparecida
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido