Impuesto de sucesiones en Castilla y León: cómo se calcula
Castilla y León tiene una de las regulaciones más favorables de España para descendientes, ascendientes y cónyuge. En cambio, para hermanos, sobrinos y parientes lejanos apenas hay ayudas.
Si la persona fallecida vivía en cualquiera de las nueve provincias, de Ávila a Zamora, se aplican estas reglas. Lo que cuenta es dónde vivía ella, no dónde viven los herederos. Si se había mudado de comunidad en los últimos años, el profesional revisa cuál corresponde.
Datos revisados en octubre de 2026. La normativa puede cambiar, y el profesional que lleve la herencia confirma con vuestro caso lo que esté vigente.
De dónde salen las reglas
La norma de la comunidad es el Decreto Legislativo 1/2013, el texto refundido de sus tributos propios y cedidos. El texto consolidado que publica el BOE recoge sus reformas hasta la Ley 4/2024.
Para todo lo que la comunidad no regula, rige la ley estatal del impuesto y su reglamento.
Gestionan el impuesto los Servicios Territoriales de Hacienda de cada provincia y las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario.
La familia directa: dos ayudas encadenadas
Para descendientes, cónyuge y ascendientes, la ley de Castilla y León suma dos ventajas.
Primero, reducciones altas. Descendientes de 21 años o más, cónyuge y ascendientes reducen 60.000 €. Los menores de 21 añaden 6.000 € por cada año que les falte hasta esa edad.
Además hay una reducción variable: la diferencia entre 400.000 € y el resto de reducciones que tenga ese heredero. Si sale negativa, es cero.
Dicho de forma sencilla: entre todas, la familia directa alcanza al menos 400.000 € de reducción por persona.
Después, una bonificación del 99 % de la cuota. Se aplica a lo que quede, incluidos los seguros de vida que se suman a la herencia.
Las uniones de hecho inscritas con al menos 2 años de convivencia cuentan como cónyuge.
Lo explicamos con ejemplos en hijos y cónyuge.
El resto de herederos, sin bonificación
Hermanos, sobrinos, tíos, suegros, yernos y nueras forman el grupo III. Tienen la reducción estatal de 7.993,46 € y ninguna bonificación.
Primos, amigos y personas sin parentesco forman el grupo IV. No tienen reducción por parentesco.
Por eso en esta comunidad la diferencia entre heredar de un padre o de un tío es muy grande. Lo vemos en hermanos y sobrinos y en otros herederos.
Otras reducciones del impuesto
- Vivienda del fallecido: se aplica la regla estatal, 95 % con un tope de 122.606,47 € por heredero y diez años de permanencia. Más en vivienda habitual.
- Empresa familiar o negocio situado en la comunidad: reducción propia del 99 %, con cinco años de permanencia. Más en empresa familiar.
- Explotaciones agrarias en Castilla y León: 99 % si el fallecido era agricultor profesional y se mantiene cinco años.
- Seguros de vida: reducción estatal total hasta 9.195,49 € para cónyuge, descendientes o ascendientes.
- Discapacidad: 125.000 € con un grado entre el 33 % y menos del 65 %; 225.000 € con el 65 % o más.
También hay una reducción del 99 % cuando el fallecido fue víctima del terrorismo o de violencia de género, o el heredero es víctima del terrorismo.
Presentar a tiempo
El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se piden dentro de los cinco primeros.
Se presenta una declaración, con el modelo 660 o el 661 simplificado, y una autoliquidación modelo 650 por cada heredero.
Hay un documento que esta comunidad pide siempre: un certificado bancario de los movimientos de cada cuenta del fallecido durante el año natural anterior a su muerte.
Todos los pasos están en plazos y presentación.
Si se quiere donar en vida
Las donaciones a descendientes, ascendientes o cónyuge tienen también un 99 % de bonificación. Exigen documento público y, si se dona dinero, justificar su origen en él.
Hay además una reducción del 99 % para el dinero que los padres dan a un hijo menor de 36 años para comprar su primera vivienda en la comunidad. Lo contamos en donaciones.
Preguntas frecuentes
¿Entonces los hijos no pagan nada?
En la mayoría de herencias normales, el resultado es muy bajo o nulo. Pero hay que presentar igualmente, y en herencias grandes el 1 % restante puede notarse.
¿Mi madre vivía en una residencia de Burgos, pero estaba empadronada en Madrid?
Cuenta dónde tenía su residencia habitual. Es un caso que el profesional debe revisar con los datos de los últimos años.
¿Dónde se explica el impuesto en general?
En nuestra página del impuesto de sucesiones.
Cómo te ayudamos
Tu Herencia Directa es una plataforma, no un despacho. Te ponemos en contacto con abogados colegiados y gestores de herencias que trabajan con la normativa de Castilla y León.
El profesional colaborador reúne los papeles, calcula cada autoliquidación y la presenta. Te explica sus honorarios antes de empezar, y el primer contacto no compromete a nada.
Si el plazo corre y no sabéis por dónde empezar, cuéntanos lo que ha pasado.
El impuesto en cada provincia
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Calcula una cifra orientativa en Castilla y León
Prueba la calculadora del impuesto de sucesiones: se abre ya preparada para Castilla y León.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido