Impuesto de sucesiones en Illes Balears: lo que debes saber
Si la persona que ha fallecido vivía en Mallorca, Menorca, Eivissa o Formentera, el impuesto de sucesiones se rige por las normas de Illes Balears. Cuenta dónde vivió más tiempo en los cinco años anteriores al fallecimiento, no dónde vivan ahora los herederos.
Baleares es una de las comunidades más favorables para la familia directa. Aun así, hay matices que conviene conocer antes de firmar nada en la notaría.
En esta página resumimos cómo funciona el impuesto en las islas. Desde aquí puedes ir a cada tema con más detalle.
Quién gestiona el impuesto en las islas
El impuesto lo gestiona la Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB). La norma principal es el texto refundido balear de tributos cedidos, con reformas recientes en 2025 y 2026.
Lo que no regula Baleares se rige por la ley estatal del impuesto y su reglamento.
Hay que presentar autoliquidación, es decir, cada heredero calcula y declara su propio impuesto. Esto vale también cuando el resultado sale a cero.
Cuánto pesa el parentesco
La ley balear agrupa a los herederos en cuatro grupos. Cada grupo tiene una reducción sobre lo que hereda y, en algunos casos, una bonificación sobre la cuota.
- Grupo I, descendientes menores de 21 años: reducción de 25.000 euros, más 6.250 euros por cada año menos de 21, hasta 50.000 euros.
- Grupo II, descendientes de 21 años o más, cónyuge y ascendientes: reducción de 25.000 euros.
- Grupo III, hermanos, sobrinos, tíos y parientes políticos como suegros o yernos: reducción de 8.000 euros.
- Grupo IV, primos, parientes lejanos y personas sin parentesco: reducción de 1.000 euros.
Para los grupos I y II hay una bonificación que cubre toda la cuota íntegra corregida. En la práctica, descendientes, ascendientes y cónyuge no suelen pagar nada en la herencia.
Los hermanos, sobrinos y tíos de sangre tienen una bonificación del 60 % si no heredan también descendientes. El resto del grupo III, del 35 %.
La pareja estable inscrita recibe el mismo trato que el cónyuge.
Una condición que se olvida con facilidad
Si heredas inmuebles, el valor que pongáis en la escritura cuenta. Para aplicar la bonificación, no puede superar el valor de referencia más un 20 %.
Si no hay valor de referencia, el límite es el valor de mercado. Declarar de más por prudencia puede costar la bonificación.
Reducciones que pueden cambiar el resultado
Además del parentesco, hay reducciones por situaciones concretas:
- Vivienda del fallecido: se puede reducir su valor por completo, con un tope por heredero que en 2026 ha pasado a depender de la isla.
- Empresa familiar o negocio: reducción del 95 % con condiciones, y del 99 % en algunos casos.
- Seguros de vida: reducción total hasta 12.000 euros para el cónyuge, los ascendientes o los descendientes del fallecido.
- Discapacidad: 48.000 euros o 300.000 euros, según el tipo y el grado.
- Fincas rústicas y explotaciones agrarias situadas en Baleares, con condiciones de mantenimiento.
Cada una tiene sus requisitos y plazos de mantenimiento. Si se incumplen, hay que regularizar.
Plazo y forma de presentarlo
El plazo es de seis meses desde el fallecimiento. Se puede pedir una prórroga de otros seis meses si se solicita a tiempo.
La presentación puede ser telemática en la sede de la ATIB o presencial con cita previa. El notario también puede remitir la escritura por vía telemática.
Lo explicamos paso a paso en la página de plazos y presentación.
Baleares tiene derecho civil propio
Además del impuesto, en las islas cambian las reglas de la herencia. La legítima de los hijos, los derechos del viudo y los pactos sucesorios no son los del Código Civil.
Y no son iguales en Mallorca y Menorca que en Eivissa y Formentera. Lo contamos en herencias en Illes Balears.
Cada tema, con más detalle
- Hijos y cónyuge: por qué la familia directa no suele pagar y qué tiene que presentar igualmente.
- Hermanos, sobrinos y tíos: cuándo se aplica el 60 % y cuándo el 35 %.
- Otros herederos: primos, amigos y parejas sin inscribir.
- Vivienda habitual: el tope por islas y los cinco años de mantenimiento.
- Empresa familiar y negocio: reducciones para empresas, participaciones y fincas agrarias.
- Plazos y presentación: modelos, prórroga y dónde se presenta.
- Donaciones: donar en vida a hijos, dinero para vivienda y escritura pública.
Si quieres ver cómo funciona el impuesto en toda España, vuelve a la guía general del impuesto de sucesiones.
Preguntas frecuentes
¿Se aplica la ley balear si los herederos viven en la península?
Sí, si el fallecido residía en Baleares. Lo que cuenta es la residencia habitual de quien fallece, no la de los herederos. Si algún heredero vive fuera de España, en general puede aplicar las reglas baleares, pero presenta el impuesto ante la Agencia Tributaria estatal.
¿Hay que presentar algo si sale a cero?
Sí. La bonificación no exime de presentar la autoliquidación dentro de plazo.
¿Qué pasa con los pactos sucesorios?
Los pactos sucesorios de la ley balear tienen los beneficios fiscales de una herencia. Conviene revisarlos con un profesional antes de firmarlos.
Cómo te ayudamos
Tu Herencia Directa no es un despacho. Te ponemos en contacto con abogados colegiados y gestores que conocen la normativa de las islas.
El profesional calcula el impuesto de cada heredero, revisa los valores de los inmuebles y presenta todo ante la ATIB. Te explica sus honorarios antes de empezar.
Datos revisados en octubre de 2026. La normativa balear ha cambiado varias veces en poco tiempo, así que el profesional confirma qué regla toca en tu caso.
El impuesto en cada provincia
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Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido