Trámites de la herencia

Cuaderno particional: el documento que reparte la herencia

Cuando ya se sabe quiénes heredan, aparece la pregunta que más conversaciones genera en una familia: ¿qué se queda cada uno? Es normal que ese momento remueva cosas y que cueste ponerse de acuerdo.

La respuesta se escribe en un documento con un nombre poco amable, el cuaderno particional. No es más que el papel donde se apunta todo lo que había, cuánto vale y qué recibe cada heredero.

Bien hecho, evita malentendidos durante años. Mal planteado, puede bloquear la herencia o salir caro en impuestos. Aquí te explicamos cómo funciona sin tecnicismos.

Qué recoge el cuaderno particional

Aunque cada cuaderno se adapta a su herencia, casi todos siguen el mismo orden:

  • Inventario. La lista de lo que dejó el fallecido: vivienda, cuentas, coche, acciones, objetos de valor. También lo que debía, como préstamos o facturas pendientes.
  • Valoración. El precio que se da a cada bien con un criterio razonable y comprobable. Los juristas lo llaman «avalúo».
  • Liquidación. Se restan las deudas y los gastos. Si el fallecido estaba casado en gananciales, primero se aparta la mitad que ya pertenecía al viudo o la viuda.
  • División. Se calcula cuánto corresponde a cada heredero según el testamento o, si no lo hubo, según la ley.
  • Adjudicación. Se concreta qué bienes se lleva cada uno. Si a alguien le toca más de lo suyo, se indica cómo compensa a los demás.

Cuándo hace falta

El cuaderno es necesario cuando hay varios herederos y bienes que repartir. Sin él, todo queda en común y nadie puede disponer de nada por separado.

También lo piden en la práctica el Registro de la Propiedad, los bancos y otras entidades para cambiar la titularidad de cada bien.

Si hay un solo heredero no hay nada que repartir. Basta con una escritura en la que acepta la herencia y se adjudica todos los bienes.

Y si el propio testamento ya dice qué bien va para cada persona, ese reparto se respeta. Aun así, hay que formalizarlo e inventariar lo que el testamento no mencione.

Cómo se prepara, paso a paso

  1. Reunir los documentos básicos. Certificado de defunción, de últimas voluntades y testamento o declaración de herederos.
  2. Hacer el inventario. Se piden certificados de saldos bancarios, notas del registro de cada inmueble, recibos del IBI y datos de vehículos y deudas.
  3. Valorar los bienes. Para inmuebles conviene conocer el valor de referencia que fija Hacienda y, si hace falta, una tasación.
  4. Liquidar lo que corresponda. Separar los gananciales, restar deudas y tener en cuenta lo que algún heredero recibió en vida.
  5. Proponer un reparto. Se preparan lotes equilibrados y se comentan con todos los herederos hasta llegar a un acuerdo.
  6. Revisar los impuestos. El reparto afecta al impuesto de sucesiones, a la plusvalía municipal y, si los lotes no son iguales, puede tener otros efectos.
  7. Firmar ante notario. El cuaderno se incorpora a la escritura de aceptación y adjudicación de herencia, que firman todos los herederos.
  8. Poner los bienes a nombre de cada uno. Registro, Catastro, bancos y Tráfico. Lo explicamos en cambio de titularidad de bienes heredados.

Documentos que suelen hacer falta

  • DNI de todos los herederos.
  • Certificado de defunción y certificado de últimas voluntades.
  • Copia autorizada del testamento o declaración de herederos.
  • Certificado de matrimonio o libro de familia y, si existen, capitulaciones matrimoniales.
  • Escrituras o notas simples de los inmuebles y último recibo del IBI.
  • Certificados de saldos y posiciones de cada banco a la fecha del fallecimiento.
  • Documentación de vehículos, préstamos, seguros y otras deudas.
  • Justificantes de donaciones que el fallecido hizo en vida a alguno de los herederos.

Lo que conviene saber

Hace falta que firmen todos. El reparto amistoso exige unanimidad. Si alguien no está de acuerdo, hay otras vías, como el contador-partidor, que es una persona encargada de hacer el reparto.

Lo que se dio en vida puede contar. Si un hijo recibió una donación importante de sus padres, a menudo se suma a la cuenta para que el reparto sea justo. Es lo que se llama «colación».

Los lotes deben ser parecidos si se puede. La ley busca que cada heredero reciba bienes de naturaleza similar. Pero, si todos están de acuerdo, pueden repartir como quieran.

El impuesto tiene su propio plazo. El impuesto de sucesiones se presenta en seis meses desde el fallecimiento, con posibilidad de pedir prórroga dentro de los cinco primeros. El reparto puede firmarse más tarde, pero conviene coordinarlo. Más información en impuesto de sucesiones.

Se puede repartir por partes. Si un bien está pendiente, como un inmueble con problemas, se puede repartir el resto y dejarlo para más adelante.

Estas son las reglas generales del Código Civil. Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia y Baleares tienen derecho civil propio con particularidades en el reparto. El abogado lo confirma con tu caso.

Cómo te ayudamos

Redactar un cuaderno particional no es rellenar un formulario. Hay que cuadrar valores, prever impuestos y, sobre todo, encontrar un reparto que la familia pueda firmar.

Tu Herencia Directa no es un despacho. Escuchamos tu caso, te ayudamos a situar el primer paso y te ponemos en contacto con un abogado o gestor especialista en herencias de tu provincia.

El profesional colaborador puede encargarse de:

  • Reunir la documentación y elaborar el inventario.
  • Proponer lotes equilibrados y explicar a cada heredero lo que le corresponde.
  • Calcular los impuestos de cada opción antes de firmar.
  • Preparar la escritura y coordinar la cita con la notaría.
  • Hacer los cambios de titularidad una vez firmado.

El primer contacto no te compromete a nada. El abogado te explica el alcance de su trabajo y sus honorarios antes de empezar, y es él quien presta el servicio.

Preguntas frecuentes

¿El cuaderno particional es obligatorio?

Si hay varios herederos y quieren tener cada bien a su nombre, en la práctica sí. Sin reparto, todo sigue siendo de todos.

¿Puede hacerlo la familia sin ayuda?

Legalmente sí, pero la notaría y Hacienda revisarán los valores y los cálculos. Un error puede generar impuestos que no esperabais.

¿Hay un plazo para repartir la herencia?

No hay un plazo para el reparto en sí. Lo que sí tiene plazo es el impuesto de sucesiones, y conviene no perderlo.

¿Qué pasa con la casa si la queremos todos o no la quiere nadie?

Se puede adjudicar a uno que compense a los demás, venderla y repartir el dinero o mantenerla en común. Si se queda en común, a la larga suele resolverse con una extinción de condominio.

¿Se puede cambiar el reparto una vez firmado?

Solo en casos concretos. Lo explicamos en la guía sobre cambiar el reparto ya firmado.

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Más dudas frecuentes

Otras preguntas habituales cuando llega el momento de repartir:

Un reparto que todos puedan firmar

Si no sabéis por dónde empezar a repartir, cuéntanos qué hay en la herencia y cuántos herederos sois. Te ayudamos a ordenar el primer paso con calma.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido