Trámites de la herencia

Modelo 651: qué es y cómo se declara una donación

Cuando unos padres ayudan a un hijo con dinero o le pasan un piso en vida, la operación tiene nombre fiscal: es una donación. Y casi siempre hay que declararla con el modelo 651. A veces se descubre tarde, al preparar una herencia, que una ayuda familiar de hace años nunca se declaró.

Qué es el modelo 651

Es la autoliquidación del impuesto de donaciones. Quien recibe el bien declara lo que le han dado, calcula el impuesto y lo presenta.

No lo presenta quien regala, sino quien recibe. A esa persona se la llama donatario.

El impuesto es estatal, pero su gestión está en manos de las comunidades autónomas. Cada una fija sus reducciones y bonificaciones, y en algunas la donación entre padres e hijos tributa muy poco.

Qué tiene que ver con una herencia

Aunque la donación se hace en vida, tiene efectos cuando llega la herencia.

  • Las donaciones recientes al heredero pueden sumarse a lo heredado al calcular el impuesto de sucesiones.
  • Entre hermanos, lo que uno recibió en vida puede tenerse en cuenta en el reparto. A eso se le llama colación: traer a la cuenta lo ya recibido.
  • Si la donación perjudicó la parte que la ley reserva a otros hijos, puede reducirse.

Por eso, antes de donar, muchas familias comparan qué les conviene más. Lo explicamos en donación o herencia.

Dónde se presenta

Depende de lo que se done.

  • Si es un inmueble, se presenta en la comunidad donde está.
  • Si es dinero u otros bienes, normalmente en la comunidad donde vive quien recibe la donación.

Se puede presentar en la oficina tributaria de esa comunidad o por su sede electrónica. Algunas comunidades usan su propio impreso en lugar del estatal, y en el País Vasco y Navarra rige su sistema foral.

Cómo se hace, paso a paso

  1. Se formaliza la donación. Si es un inmueble, la ley exige escritura ante notario. Si es dinero, muchas comunidades exigen también escritura para aplicar la bonificación.
  2. Se valora lo donado: el saldo transferido, el valor de referencia del inmueble o el valor real del bien.
  3. Se rellena el modelo 651 con los datos de quien dona, de quien recibe y del parentesco.
  4. Se aplican las reducciones o bonificaciones de esa comunidad.
  5. Se presenta y se paga, o se aplaza si la normativa lo permite.
  6. Si es una vivienda, después llegan la plusvalía municipal, el Catastro y el Registro de la Propiedad.

Qué documentos se suelen necesitar

  • DNI de quien dona y de quien recibe.
  • Escritura de donación o documento que la acredite.
  • Justificante de la transferencia, si se dona dinero.
  • Referencia catastral y recibo del IBI, si se dona un inmueble.
  • Libro de familia o documento que pruebe el parentesco, cuando da derecho a reducciones.

El plazo es más corto que en sucesiones

Aquí está el error más frecuente. En la normativa general, la donación se declara en treinta días hábiles desde que se hace, mucho menos que los seis meses de una herencia.

Alguna comunidad lo regula de otra forma, así que el abogado te confirma el plazo con tu caso.

Si se pasa, hay recargos. Y si la bonificación exigía presentar en plazo o firmar escritura, puede perderse.

Otros efectos que no se ven a primera vista

Quien dona un inmueble o acciones puede tener que declarar una ganancia en su renta, aunque no haya cobrado nada.

Si se dona una vivienda, el ayuntamiento puede cobrar la plusvalía municipal a quien recibe.

Además, la donación se hace firme en vida. Si después la relación familiar cambia, deshacerla no es sencillo.

Existen fórmulas alternativas en algunas comunidades, como los pactos sucesorios, que pueden tener un tratamiento distinto.

Por qué puede convenir el consejo de un profesional

El impreso en sí es corto. Lo que pesa son las decisiones de antes: cómo formalizar la entrega, qué comunidad es la competente y cómo afectará a la futura herencia.

Un abogado especialista revisa la operación completa, incluida la renta de quien dona, y te dice si compensa hacerlo así o esperar. Si quieres ver el resto de tributos que rodean a una herencia, tienes el bloque de impuestos de la herencia.

Preguntas frecuentes

¿Hay que declarar una transferencia de dinero de padres a hijos?

Si es una donación, en principio sí, aunque el impuesto salga bajo. Un préstamo familiar es otra cosa, y conviene documentarlo bien.

¿Quién paga el impuesto de donaciones?

Lo paga quien recibe la donación. Quien la hace puede tener otras obligaciones en su declaración de la renta.

¿Qué pasa si nunca se declaró una donación antigua?

Depende del tiempo transcurrido y de la comunidad. Es un punto que conviene revisar con el abogado antes de presentar la herencia.

¿Sirve el modelo 651 para una herencia?

No. Para lo heredado se usa el modelo 650, que tiene sus propias reglas y su propio plazo.

Si estáis pensando en donar o ha aparecido una donación pendiente al preparar una herencia, cuéntanos la situación. Buscamos para tu caso un abogado o gestor colaborador que conozca la normativa de tu comunidad.

Otros trámites de la herencia

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido