Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía al heredar en Teruel: bonificación del 95 % para la familia directa

En la ciudad de Teruel, heredar un piso o una casa supone en principio pagar la plusvalía municipal. Pero su ordenanza es de las más favorables para la familia directa.

Hijos, cónyuge y padres tienen una rebaja del 95 % sobre la cuota. Te explicamos cómo funciona, el plazo y qué conviene preparar.

Datos revisados en octubre de 2026. Las ordenanzas fiscales pueden modificarse. Se aplica la vigente en la fecha del fallecimiento, y el profesional lo confirma con tu caso.

Qué es y quién la paga

La plusvalía municipal grava la subida de valor del suelo urbano durante los años en que el inmueble fue del fallecido. Se cuentan como máximo veinte años.

La pagan los herederos que reciben el inmueble, cada uno según su parte. No importa que se venda o no.

En Teruel la regula la Ordenanza fiscal número 6. Su última modificación la aprobó el Pleno el 25 de febrero de 2022. El texto íntegro salió en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel nº 78, de 26 de abril de 2022. Es la que enlaza hoy la sede electrónica.

El tipo de gravamen es del 30 %. La ordenanza trae un cuadro de coeficientes, pero los máximos los fija la ley estatal y han cambiado varias veces en 2026. El profesional comprueba los aplicables a la fecha del fallecimiento.

Cómo se tramita en Teruel

Lo gestiona el propio Ayuntamiento, a través de su Unidad de Gestión Tributaria. Los herederos presentan una declaración en el modelo oficial, con las escrituras o la declaración del impuesto de sucesiones.

Con esos datos, el Ayuntamiento calcula la cuota y la notifica. Al hacerlo puede comprobar y corregir lo declarado.

La declaración se puede presentar por la sede electrónica, con identificación Cl@ve, o en el Registro General del Ayuntamiento.

No tenemos oficina en Teruel. No necesitas pasar por ninguna oficina nuestra: el abogado o gestor colaborador puede hacerlo por ti en la sede electrónica.

Las bonificaciones de la ordenanza

La ordenanza recoge tres rebajas para herencias. Las copiamos tal como las describe:

  1. Un 95 % de la cuota en las herencias «a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes del finado».
  2. Otro 95 % para las viviendas que los ascendientes dejan a sus descendientes «cualquiera que fuera su grado» y a sus adoptados. Se exige que «estos no la tuvieran en propiedad» y que se destine a vivienda habitual.
  3. Un 75 % para los locales afectos a actividades empresariales o profesionales ejercidas a título individual, que pasan al cónyuge, descendientes o ascendientes y adoptantes.

Para el local, la rebaja solo es definitiva si quien lo recibe mantiene el bien y continúa la actividad durante cinco años. Hay una excepción: que fallezca antes.

La ordenanza no dice expresamente si las rebajas se aplican solas o hay que pedirlas. Por prudencia, el profesional las solicita en la declaración con su documentación. Más ejemplos en la bonificación de la plusvalía en herencias.

Plazo y prórroga

La declaración se presenta en seis meses desde el fallecimiento. Se puede pedir prórroga hasta un año.

Teruel tiene una regla cómoda: si pasa un mes desde que pides la prórroga sin que te notifiquen nada, se entiende concedida por el tiempo pedido. Más detalle en el plazo de la plusvalía en una herencia.

Si la ganancia fue menor, o no la hubo

Si el suelo no subió de valor, no hay impuesto. Y si subió menos de lo que marcan los coeficientes, el heredero puede pedir que se calcule por la ganancia real.

Para ello hay que aportar las escrituras de adquisición y transmisión, la declaración del impuesto de sucesiones y el último recibo del IBI. Puede hacerse en el plazo de la declaración o al recurrir la liquidación en reposición.

La sede avisa de un detalle: si el fallecido había heredado el inmueble, solo se admiten los valores que constaban en la fecha de aquella herencia. Lo vemos en cómo se calcula la plusvalía en una herencia.

El usufructo de viudedad

Cuando se aplica el derecho civil aragonés, el viudo tiene en general el usufructo de viudedad sobre los bienes del cónyuge fallecido, salvo que se excluyera o limitara. La primera bonificación de Teruel incluye también la constitución o transmisión de derechos reales de goce.

Cómo se reparte la cuota entre viudo e hijos lo calcula el profesional con las edades y los valores.

Junto con el impuesto de sucesiones

El impuesto de sucesiones se presenta ante la Administración Tributaria de Aragón, con autoliquidación obligatoria aunque no haya nada que pagar. El plazo es de seis meses, y la prórroga puede pedirse dentro de esos seis meses.

En Aragón, la vivienda del fallecido tiene una reducción del 100 % hasta 200.000 euros si se conserva cinco años. Lo explicamos en impuesto de sucesiones en Aragón.

Para los demás pasos en la provincia, mira herencias en Teruel. La explicación general está en plusvalía municipal en herencias.

Tu Herencia Directa no es un despacho: te ponemos en contacto con un profesional colaborador, que te explica sus honorarios antes de empezar.

Preguntas frecuentes

¿El 95 % vale para cualquier inmueble heredado de mis padres?

La primera bonificación de la ordenanza habla de transmisiones de terrenos urbanos por causa de muerte a esos familiares, sin limitarlo a la vivienda. El profesional revisa cada inmueble.

Heredo el bar de mi padre. ¿Hay rebaja?

La ordenanza prevé un 75 % para locales de actividades ejercidas a título individual, si mantienes el local y la actividad cinco años.

Pedí la prórroga y no me han contestado. ¿Qué hago?

Según la ordenanza, si pasa un mes sin notificación, se entiende concedida por el tiempo que pediste.

¿Puedo presentarla sin ir al Ayuntamiento?

Sí. La sede electrónica permite hacerlo con Cl@ve, y el profesional puede presentarla en tu nombre.

Si has heredado en Teruel, escríbenos y te ayudamos a pedir la bonificación que te corresponde.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido