Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía al heredar en Azuqueca de Henares: autoliquidación y bonificación del 40 %

Si te toca heredar un piso en Azuqueca de Henares, tendrás que ocuparte de la plusvalía municipal. Es el impuesto del Ayuntamiento sobre la subida de valor del suelo durante los años en que el inmueble fue del fallecido.

Lo pagan los herederos que reciben la vivienda o el derecho sobre ella, cada uno por su parte.

Datos revisados en octubre de 2026. Hemos leído la ordenanza que publica el Ayuntamiento. También su última modificación, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara el 30 de diciembre de 2024. Puede volver a cambiar, y el profesional que lleve tu caso lo comprueba.

Autoliquidación: lo calculas tú

En Azuqueca el impuesto se exige por autoliquidación. Los herederos presentan en el Ayuntamiento el modelo municipal con el cálculo hecho y pagan la cuota en ese momento.

A la autoliquidación se acompañan los documentos de la herencia y, en las herencias, la declaración del impuesto de sucesiones. Las bonificaciones se justifican con sus propios documentos.

Que la calcules tú no impide que el Ayuntamiento la revise: puede comprobar que se han aplicado bien las normas del impuesto y corregirla.

Tu Herencia Directa no tiene oficina en Azuqueca. El abogado o gestor colaborador puede preparar el cálculo y presentarlo por ti.

Plazo

Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si el heredero lo solicita. Pide la prórroga antes de que acaben los seis meses.

Ver el plazo de la plusvalía en una herencia.

Tipo de gravamen

La ordenanza fija un tipo del 25,90 %, por debajo del máximo legal. Se aplica sobre una base que resulta del valor catastral del suelo y de un coeficiente según los años de tenencia.

El máximo de esos coeficientes lo fija la ley y ha cambiado varias veces en 2026. El profesional comprueba cuál rige en la fecha de la muerte. Lo explicamos en cómo se calcula la plusvalía de una herencia.

La bonificación del 40 %

Azuqueca bonifica el 40 % de la cuota en las herencias «de la vivienda habitual que lo fuera del causante». Los beneficiarios son «los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes».

La condición de permanencia está escrita así: «siempre que tal adquisición se mantenga durante los cinco años siguientes la fallecimiento del causante, salvo que falleciese dentro de ese plazo».

Si no se mantiene, hay que pagar lo que se dejó de ingresar más los intereses de demora.

Vivienda habitual es aquella en la que el fallecido estuvo empadronado sin interrupción al menos los dos años anteriores. Si la había comprado hace menos, cuenta desde la compra.

Para aplicarla hay que aportar la documentación y presentar la autoliquidación dentro de plazo. La Oficina Virtual del Ayuntamiento la clasifica como bonificación rogada, así que conviene pedirla expresamente. Además, la ordenanza fiscal general del Ayuntamiento exige estar al corriente de pagos con él para cualquier beneficio fiscal potestativo.

Más en bonificación de la plusvalía en herencias.

Sin ganancia, sin impuesto

Si el suelo no vale más que cuando se adquirió, no hay plusvalía. La declaración que lo acredita se presenta en el mismo plazo, con los títulos de compra y de herencia.

Y si la ganancia real es menor que la del cálculo objetivo, se puede pagar por la real. Ver plusvalía si la casa ha perdido valor.

Si queréis vender el piso

La bonificación exige mantener la vivienda cinco años. Si los herederos piensan venderla antes, el cálculo cambia: habrá que devolver la rebaja con intereses.

Antes de decidir, lee plusvalía al heredar y vender y pide que el profesional haga números.

Sucesiones y el resto de la herencia

La plusvalía se apoya en la declaración de sucesiones, así que lo lógico es llevarlas juntas. El impuesto autonómico está resumido en impuesto de sucesiones en Castilla-La Mancha.

Para juzgado, Registro y notaría, mira herencias en Azuqueca de Henares. La visión general, en plusvalía municipal por herencia.

Preguntas frecuentes

¿El 40 % vale para el garaje o una segunda vivienda?

La ordenanza habla de la vivienda habitual del fallecido. Cualquier otro inmueble lo revisa el profesional con la ordenanza delante.

Si mi madre vivía en una residencia, ¿su piso cuenta como vivienda habitual?

La ordenanza se fija en el empadronamiento de los dos últimos años. Depende de dónde estuviera empadronada; el profesional lo comprueba.

¿Cada hermano autoliquida por separado?

Cada heredero es sujeto pasivo por su parte. Lo habitual es preparar todas las autoliquidaciones a la vez con la misma documentación.

Si heredas en Azuqueca de Henares y quieres que alguien haga bien la autoliquidación, cuéntanos tu caso. Te ponemos en contacto con un profesional.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido