Plusvalía de una herencia en Cáceres: rebaja del 70 % al 40 % según el valor del suelo
Heredar la casa de un padre o una madre en Cáceres trae, además del impuesto de sucesiones, un impuesto del Ayuntamiento: la plusvalía municipal.
Mide lo que ha subido el valor del suelo urbano durante los años en que el inmueble fue del fallecido.
La pagan los herederos que se quedan con el inmueble. En Cáceres tiene una rebaja con condiciones muy concretas, que conviene leer despacio.
Datos revisados en octubre de 2026.
Qué ordenanza rige
El Pleno de Cáceres aprobó la modificación de su ordenanza el 21 de julio de 2022.
El texto definitivo se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres el 7 de octubre de 2022.
La web municipal la presenta como vigente y en el boletín no hemos visto cambios posteriores.
Recuerda que se aplica la ordenanza vigente en la fecha del fallecimiento. El profesional lo comprueba si hay dudas de fechas.
Cómo se tramita en Cáceres
Los herederos presentan ante el Ayuntamiento una declaración en el modelo municipal, con el documento de la herencia.
Con esos datos, el Ayuntamiento practica la liquidación y la notifica con el plazo de ingreso y los recursos.
El Ayuntamiento puede comprobar los datos declarados y corregir la liquidación si encuentra errores.
No tenemos oficina en Cáceres. Un abogado o gestor colaborador puede preparar la declaración y atenderte a distancia o en su despacho, según prefieras.
El plazo
Hay 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año a solicitud de los herederos.
Si se presenta tarde, se aplican los intereses y recargos de la Ley General Tributaria.
Detalles en el plazo de la plusvalía en herencias.
Tipo del 30 %
El tipo de gravamen en Cáceres es el 30 %, igual para cualquier periodo de tenencia.
La base puede salir del método objetivo, con coeficientes sobre el valor catastral del suelo, o de la ganancia real si es menor.
El máximo de esos coeficientes lo marca la ley y ha cambiado varias veces en 2026. El profesional comprueba cuáles tocan según la fecha de la muerte.
Te lo contamos en cómo se calcula la plusvalía en una herencia.
La rebaja por la vivienda habitual
La ordenanza bonifica la herencia de la vivienda habitual del causante.
Los beneficiarios que nombra son, literalmente, «el cónyuge o pareja de hecho y los descendientes menores de 31 años, por naturaleza o adopción».
El porcentaje depende del valor catastral del terreno:
- Hasta 20.000 €: 70 %.
- De 20.000,01 a 25.000 €: 60 %.
- De 25.000,01 a 30.000 €: 50 %.
- De 30.000,01 € en adelante: 40 %.
Se mira el valor catastral del terreno, «con independencia del valor atribuido al derecho».
Vivienda habitual es la que fue residencia del fallecido «durante un plazo continuado de, al menos, dos años».
Hay excepciones justificadas, como fallecer antes de ese plazo o cambiar de domicilio por matrimonio, separación o trabajo.
También se incluyen hasta dos plazas de garaje, los trasteros y los anexos comprados con la vivienda.
Es una bonificación rogada: hay que pedirla y solo vale si la declaración se presenta en plazo.
La ordenanza remite para ese plazo a un artículo que no es el de los plazos. Parece una errata; el profesional lo tiene en cuenta.
Más en la bonificación de la plusvalía en herencias.
Cuando el suelo no ha ganado valor
Si al heredar el inmueble vale menos que cuando lo adquirió el fallecido, no hay plusvalía.
Si la ganancia real es inferior a la objetiva, se tributa por la real. Hay que acreditarlo con las escrituras.
Lo explicamos en qué pasa si la casa perdió valor.
Si después pensáis vender, mira heredar y vender: dos plusvalías.
El Registro y sucesiones
La ordenanza remite a la Ley Hipotecaria. Según esa ley, el Registro de la Propiedad no inscribe la herencia si no se acredita que se ha presentado la declaración de la plusvalía.
Por eso conviene llevarla a la vez que la escritura y el impuesto de sucesiones.
Sucesiones se presenta ante la Junta de Extremadura. Los grupos I y II (descendientes, ascendientes y cónyuge) tienen una reducción de 500.000 € y una bonificación del 99 % si presentan en plazo.
Más en el impuesto de sucesiones en Extremadura y en herencias en Cáceres.
Para el panorama general, ve a plusvalía municipal por herencia.
La ordenanza puede modificarse cualquier año. El profesional confirma con tu caso qué texto aplica.
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje me corresponde?
Depende del valor catastral del terreno del inmueble: del 70 % si no pasa de 20.000 € al 40 % a partir de 30.000,01 €.
Heredo la casa de mi padre y ya cumplí treinta y un años. ¿Hay rebaja?
La ordenanza habla de «descendientes menores de 31 años». El profesional revisa tu caso concreto antes de presentar.
¿Hay que pedirla?
Sí. Es rogada y exige presentar la declaración dentro del plazo.
Escríbenos con lo que sepas de la herencia y del inmueble. Te orientamos sobre el primer paso y te ponemos en contacto con quien pueda llevarla.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido