Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía por herencia en Yecla: tipo del 28 % y 95 % de rebaja en la vivienda habitual

La ordenanza de Yecla rebaja la plusvalía de la vivienda habitual un 95 % cuando heredan el cónyuge, los hijos o los padres. Pero tiene dos condiciones de forma que conviene cuidar.

La primera, presentar en plazo. La segunda, hacerlo por iniciativa propia, antes de que llegue un requerimiento.

Datos revisados en octubre de 2026, con la ordenanza fiscal número 6 publicada en el BORM en 2022 y la reforma de su gestión de mayo de 2024. Rige la versión vigente el día del fallecimiento, y el profesional comprueba si ha cambiado algo.

Lo básico

La plusvalía municipal grava la subida del valor del suelo urbano desde que el fallecido adquirió el inmueble. La pagan los herederos, cada uno por lo que recibe.

El impuesto se devenga con el fallecimiento.

Autoliquidación tras la reforma de 2024

Con la reforma de 2024, los herederos practican una autoliquidación ante el «Organismo Gestor del Impuesto» y la ingresan. La ordenanza no dice qué organismo es; el profesional lo confirma.

Si aún no hay escritura de herencia, se acompaña un escrito de los herederos con certificado de defunción, testamento y escrituras.

El organismo gestor comprueba después la autoliquidación y puede corregirla con una liquidación provisional.

Tipo del 28 %

El tipo de gravamen es del 28 %. La base se calcula con coeficientes cuyo máximo fija la ley; ese máximo ha cambiado varias veces en 2026 y el profesional comprueba el aplicable a la fecha del fallecimiento.

La bonificación del 95 %

La ordenanza concede el 95 % de la cuota a «los sujetos pasivos que sean cónyuges, ascendientes o adoptantes así como descendientes y adoptados». Se aplica en la transmisión de la vivienda habitual, cuando la adquieren «los descendientes, ascendientes, o el cónyuge».

Precisa que descendiente o ascendiente es, «exclusivamente», el pariente por consanguinidad «de un grado en línea recta», según las reglas del Código Civil.

Y fija una condición clara: solo se concede si la autoliquidación se presenta «voluntariamente y no como consecuencia de un requerimiento», y dentro de plazo.

Más sobre estas rebajas en bonificación de la plusvalía en herencias.

¿Se aplica sola o hay que pedirla?

Aquí el texto se contradice. El artículo 10 dice: «Dicha bonificación se aplicará de oficio».

El artículo 13.2, en su redacción de 2024, dice que la bonificación «deberá solicitarse en el mismo plazo de seis meses prorrogables por otros seis». Y añade que la solicitud se entiende «realizada y provisionalmente concedida, cuando, dentro de dichos plazos, el sujeto pasivo practique la autoliquidación del tributo».

Ese artículo remite además al «artículo 13» cuando la rebaja está en el 10, lo que parece una errata. No nos toca decidir cuál de los dos manda: lo prudente es pedirla expresamente al autoliquidar, en plazo, y que el profesional revise el caso. La ordenanza tampoco define cuánto tiempo hay que haber vivido en la casa.

Plazo

La autoliquidación se presenta en seis meses desde el fallecimiento. Antes de que venzan, se puede pedir prórroga de hasta otros seis meses, que se entiende concedida por el tiempo solicitado.

Detalles en plazo de la plusvalía en una herencia.

Sin ganancia, sin impuesto

Si el suelo no subió de valor, no hay plusvalía: se presenta la documentación que lo prueba junto con la autoliquidación. Y si la ganancia real es menor que la que dan los coeficientes, la ley permite tomar la real.

Si te llega una liquidación que no cuadra, puedes pedir la rectificación o recurrir; lo explicamos en recurrir la liquidación de la plusvalía.

Y el impuesto de sucesiones

En la Región de Murcia, los herederos de los grupos I y II —descendientes, cónyuge y ascendientes— se deducen el 99 % de la cuota. Se presenta en seis meses ante la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, que tiene oficina en Yecla. Lo tienes en impuesto de sucesiones en la Región de Murcia.

Juzgado, Registro y notarías de la ciudad, en abogados de herencias en Yecla. Visión general en plusvalía municipal por herencia.

No tenemos oficina en Yecla. Un profesional colaborador te atiende a distancia o en su despacho, y te explica sus honorarios antes de empezar.

Preguntas frecuentes

¿Los nietos tienen la bonificación en Yecla?

La ordenanza limita descendientes y ascendientes al primer grado. Si heredan nietos, el profesional estudia el caso.

¿Qué pasa si presento después de un requerimiento del Ayuntamiento?

Según el texto, la bonificación solo se concede si la presentación es voluntaria y en plazo.

¿Hace falta pedirla aunque diga «de oficio»?

El artículo 10 dice «de oficio» y el 13.2 dice «deberá solicitarse». Por esa contradicción, conviene pedirla expresamente al autoliquidar; el profesional lo revisa con vuestro caso.

Si tenéis una herencia en Yecla, contadnos qué incluye y os ayudamos a situar el primer paso.

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