Abogados de herencias en Córdoba

Reclamar la legítima en Córdoba: cuando el reparto no es justo con la ley

En muchas familias cordobesas pasa algo parecido. Uno de los hijos se quedó en el pueblo, cuidó a los padres y llevó las tierras. Al abrir el testamento, se lo lleva casi todo.

Los padres pueden premiar a un hijo. Lo que no pueden es dejar a los demás por debajo de su legítima. Si eso ocurre, la ley permite reclamarla.

Datos revisados en octubre de 2026. El abogado confirma lo que te corresponde con los números de tu familia.

Cuánto se puede favorecer a un hijo

En Andalucía rige el Código Civil, sin derecho civil propio.

Dos tercios de la herencia son para los hijos. De ellos, un tercio se reparte a partes iguales y el otro, el de mejora, se puede dar a uno solo.

El tercio restante es de libre disposición. Puede ir a un hijo, a un nieto o a quien se quiera.

Así que un padre puede dejar a un hijo bastante más que a los otros. Pero cada hijo conserva por ley su parte del tercio que se reparte por igual.

El viudo tiene su usufructo, que también hay que encajar en la cuenta.

Las donaciones en vida también cuentan

Es frecuente que la desigualdad no esté en el testamento, sino en lo que se hizo antes. Por ejemplo, una casa escriturada a nombre de un hijo, tierras cedidas o dinero para un negocio.

Para calcular la legítima, esas donaciones se suman a lo que había al morir. Si con ellas un hermano supera lo que podía recibir, hay que ajustar.

Por eso el primer trabajo del abogado es reconstruir lo que pasó en vida, no solo leer el testamento.

Los pasos para reclamar

  1. Conseguir el testamento y el certificado de últimas voluntades.
  2. Pedir notas simples de los inmuebles y reunir pistas de donaciones.
  3. Hacer el cálculo de la legítima y del exceso.
  4. Enviar una reclamación por escrito a los demás herederos.
  5. Negociar y, si hay acuerdo, firmarlo en notaría.
  6. Si no lo hay, demandar ante el juzgado.

Juzgados y colegios en Córdoba

La demanda va al Tribunal de Instancia del último domicilio del fallecido. La provincia tiene 12 partidos judiciales.

En la capital hay 10 plazas en la Sección Civil. En las demás sedes, de Pozoblanco a Priego de Córdoba, la sección es civil y de instrucción, con entre 1 y 3 plazas.

Hacen falta abogado y procurador. En la provincia hay dos colegios: el de la Abogacía de Córdoba y el Ilustre Colegio de Abogados de Lucena.

El de Lucena abarca su partido judicial: Benamejí, Encinas Reales, Iznájar, Lucena, Palenciana y Rute. El de Córdoba, todo lo demás. Puedes elegir abogado de cualquiera.

Información que conviene reunir

  • Escrituras o notas simples de casas y fincas.
  • Movimientos bancarios relevantes de los últimos años, si se pueden conseguir.
  • Documentos de cesiones de tierras o de explotaciones.
  • La autoliquidación del impuesto de sucesiones que hayan presentado los demás.

Las notas simples se pueden pedir a cualquiera de los 24 Registros de la provincia, o por internet.

Cómo te ayudamos

Tu Herencia Directa no tiene oficina en Córdoba, aunque esta página trate de la provincia. Te ponemos en contacto con abogados colegiados que llevan reclamaciones de legítima.

El abogado puede trabajar a distancia o en su despacho. Hace la cuenta, te dice con claridad si compensa reclamar y busca primero el acuerdo.

El primer contacto no te compromete. El abogado te explica sus honorarios antes de empezar.

Preguntas frecuentes

¿Cuidar a los padres da derecho a más herencia?

No por sí solo. Depende de lo que dispongan en el testamento. Muchos padres usan el tercio de mejora para reconocerlo.

¿Puedo reclamar si mi hermano ya ha vendido la finca?

Sí. Lo que se reclama es el valor que te corresponde, no necesariamente el bien concreto.

¿Hay plazo?

Sí, y varía según la acción. Mejor consultar pronto.

La explicación general está en reclamar la legítima. Si hubo desheredación, mira desheredar a un hijo. Más servicios en herencias en Córdoba.

Si crees que te han dejado por debajo de lo que te toca, cuéntanos el caso.

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Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido