Abogados de herencias en Melilla

Extinción de condominio en Melilla: una casa, varios dueños

Tres hermanos heredan la casa de su madre en Melilla. Una hermana vive allí, otro en Almería y el tercero en el extranjero. Ninguno quiere vender, pero tampoco pueden seguir así para siempre.

Esa es la situación típica de una extinción de condominio: uno se queda la casa y compensa a los demás. Te contamos cómo se hace en Melilla.

Datos revisados en octubre de 2026. El profesional confirma cómo se formaliza y cómo tributa vuestro caso.

Qué es y qué no es

Mientras la casa es de varios, cada uno tiene una parte. Ninguno puede venderla entera ni hipotecarla sin los demás.

Con la extinción del condominio, uno de ellos pasa a ser dueño único. A los demás les paga en dinero o les compensa con otros bienes de la herencia.

No es una compraventa entre hermanos, aunque haya dinero de por medio. Por eso, bien planteada, en general tributa de forma más favorable.

Antes de firmar, comprueba esto

  • Que la herencia esté aceptada y el modelo 650 presentado. Se puede hacer todo en la misma escritura.
  • Si el viudo tiene un usufructo, que se tenga en cuenta. Quien se queda la casa la recibe con ese usufructo, salvo pacto distinto.
  • Si queda hipoteca, qué dice el banco.
  • Que la descripción de la casa en el Registro y en el Catastro coincida con la realidad.

Firmar cuando los dueños viven lejos

Si algún copropietario vive fuera de la ciudad, no hace falta reunir a todos en la misma notaría.

  • Desde la península: firmando en una notaría de su ciudad o dando un poder.
  • Desde otro país: ante el consulado español o un notario de allí, con apostilla o legalización y traducción jurada si hace falta.
  • Si no es residente en España: necesitará NIE. Y conviene revisar cómo tributa en su país lo que recibe.

Registro, Catastro y valor

En Melilla hay un único Registro de la Propiedad, que también lleva el Registro Mercantil y de Bienes Muebles. Ahí se inscribe a nombre del nuevo dueño único.

El cambio en el Catastro se tramita con la Gerencia Territorial de Melilla.

El valor importa. Hacienda puede compararlo con el valor de referencia del Catastro, y una tasación independiente ayuda a que nadie se sienta perjudicado.

Cómo se calcula lo que recibe cada uno

Se parte del valor que todos aceptan para la casa. A cada copropietario le corresponde la parte de ese valor que equivale a su cuota.

Si el que se queda la casa no tiene el dinero, a veces se compensa con otros bienes de la herencia, como una cuenta o un local. Así nadie tiene que pedir un préstamo.

Si no hay acuerdo

Ningún dueño está obligado a seguir en la copropiedad. Cualquiera puede pedir la división.

Si la casa no se puede dividir y nadie se la queda pagando a los demás, se vende, a veces en subasta, y se reparte el dinero. Suele salir peor que un acuerdo.

Qué tribunal lleva el asunto lo comprueba el abogado.

Si uno vende su parte a un tercero, los demás pueden quedársela en su lugar pagando lo mismo. Es el retracto de comuneros.

Cómo te ayudamos

Esta página trata de Melilla, pero Tu Herencia Directa no tiene oficina en la ciudad. Te ponemos en contacto con abogados colegiados y gestores especializados en herencias.

El profesional te atiende a distancia o en su despacho. Coordina la firma de todos, prepara la escritura y se ocupa del impuesto, el Registro y el Catastro.

El primer contacto no compromete. Los honorarios te los explica el abogado antes de empezar.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga los gastos de la escritura?

Lo habitual es pactarlo. Muchas veces los asume quien se queda la casa, pero no es obligatorio.

¿Podemos hacerlo años después de heredar?

Sí. La copropiedad puede terminar en cualquier momento, aunque el tratamiento fiscal puede variar según cómo se haga.

La explicación general está en extinción de condominio de una vivienda heredada. Vuelve a herencias en Melilla para otros servicios.

Cuéntanos quiénes sois los dueños y dónde vive cada uno, y te ayudamos a organizarlo.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido