Plusvalía al heredar en Adra: un 25 % de bonificación para la familia directa
Heredar una casa en Adra, sea en el casco, en el puerto o en una de sus barriadas, trae consigo la plusvalía municipal. Es el impuesto que el Ayuntamiento cobra por la subida de valor del suelo urbano.
En las herencias la pagan los herederos, en proporción a lo que recibe cada uno.
Adra prevé en su ordenanza una bonificación para la familia directa.
Datos revisados en octubre de 2026. Las ordenanzas se revisan con frecuencia; el profesional que lleve tu caso confirma la versión aplicable.
La ordenanza en vigor
La aprobó el Pleno el 26 de enero de 2023 y se publicó en el BOP nº 64 de 4 de abril de 2023. Es la que el Ayuntamiento ofrece en su web, en el apartado de impuestos.
Esa versión cambió sobre todo la tabla de coeficientes. El 25 % de bonificación ya figuraba en el texto de 2022.
Declaración ante el Ayuntamiento
Adra no usa la autoliquidación. Los herederos presentan una declaración y el Ayuntamiento calcula la cuota y la notifica con el plazo para pagar.
A la declaración se acompaña el documento de la herencia, normalmente la escritura de aceptación y reparto.
Tu Herencia Directa no tiene oficina en Adra; el abogado o gestor colaborador puede presentarla con tu autorización.
Plazo para presentarla
Tienes seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si se pide.
Más sobre esto en plazo de la plusvalía en una herencia.
Tipo y coeficientes en Adra
El tipo es del 28 %. La base parte del valor del suelo en el catastro, multiplicado por un coeficiente según los años que el fallecido tuvo el inmueble.
La ordenanza tiene su propia tabla, pero si la ley estatal rebaja algún máximo por debajo, se aplica el máximo legal. Esos máximos han cambiado varias veces en 2026, así que el profesional comprueba los de la fecha del fallecimiento.
Lo explicamos en cómo se calcula la plusvalía de una herencia.
La bonificación del 25 %
La ordenanza rebaja un 25 % la cuota en las transmisiones por causa de muerte. Se aplica «a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes».
El texto no menciona requisitos de vivienda habitual ni de valor.
Lo que no aclara es si hay que pedirla o se aplica sola. Por prudencia, lo sensato es solicitarla en la propia declaración y aportar el libro de familia o el documento que acredite el parentesco.
Comparada con otros municipios, es una rebaja moderada. Mira bonificación de la plusvalía en herencias.
Si no hubo ganancia
Aunque haya bonificación, lo primero es comprobar si el suelo se revalorizó. Si no, no hay impuesto.
Y si la ganancia real fue menor que la del cálculo objetivo, se paga solo por la real. Te lo contamos en plusvalía si la casa ha perdido valor.
Usufructo del viudo
Cuando el viudo no separado recibe un usufructo, también tributa en la plusvalía por ese derecho. La bonificación incluye también la constitución de derechos reales de goce.
Coordinar plusvalía y sucesiones
En Andalucía la familia directa tiene una bonificación del 99 % en el impuesto de sucesiones. Lo explicamos en impuesto de sucesiones en Andalucía.
Según el buscador de la Junta, a Adra le corresponde la oficina de Berja para presentar sucesiones en persona. Los dos impuestos usan los mismos datos, así que conviene hacerlos juntos.
Los trámites locales están en herencias en Adra, y la guía general en plusvalía municipal por herencia.
Preguntas frecuentes
¿La bonificación vale para una cochera o un trastero?
El texto habla de las transmisiones de terrenos por causa de muerte en general, sin limitarla a la vivienda. El profesional lo confirma al presentar.
¿Hay que pedir la bonificación?
La ordenanza no lo aclara. Por prudencia, conviene solicitarla en la declaración y acreditar el parentesco.
¿Qué pasa si presento después de los seis meses?
Se puede presentar, pero con recargo. Y si el Ayuntamiento te requiere antes, puede haber sanción.
Si has heredado en Adra y quieres que alguien revise la plusvalía antes de pagar, cuéntanos tu caso. Te ponemos en contacto con un profesional.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido