Cartagena: plusvalía de la herencia, 95 % en la vivienda y 10 % en el resto
En Cartagena la plusvalía de una herencia tiene dos escalones de rebaja. La vivienda donde vivía el fallecido se bonifica mucho; el resto de inmuebles, muy poco.
Y hay un detalle que conviene saber pronto: la rebaja exige que el fallecido estuviera empadronado en Cartagena y al corriente con el Ayuntamiento.
Datos revisados en octubre de 2026, con la ordenanza que el Órgano de Gestión Tributaria publica para 2026. Las ordenanzas se retocan a menudo; el profesional confirma la versión vigente en la fecha del fallecimiento.
Qué es y quién paga
La plusvalía municipal grava lo que ha subido el valor del suelo urbano desde que el fallecido compró o heredó el inmueble. En una herencia la pagan los herederos que reciben cada bien.
Nace el día del fallecimiento, aunque la escritura se firme meses después.
Autoliquidación, también en herencias
En Cartagena el impuesto se paga siempre por autoliquidación: los propios herederos calculan la cuota, la presentan en las oficinas municipales y la ingresan.
La ordenanza añade que en las herencias se puede optar por la asistencia de la Oficina Liquidadora para hacer ese cálculo. No detalla cuál es; el profesional lo confirma.
Hay reglas propias que conviene conocer:
- La autoliquidación debe incluir todos los inmuebles del término que recibe cada heredero.
- Todos los herederos deben figurar en el mismo documento y acogerse al mismo sistema.
- Al presentarla se elige el método de cálculo.
Se acompaña el título de la herencia y el documento del impuesto de sucesiones. Después, el Ayuntamiento comprueba la autoliquidación y puede corregirla si encuentra errores.
El tipo: 30 %
El tipo de gravamen es del 30 %. La base se obtiene con unos coeficientes cuyo máximo fija la ley. Ese máximo ha cambiado varias veces en 2026, así que el profesional comprueba el aplicable a la fecha del fallecimiento.
Las dos bonificaciones
La rebaja es para «el cónyuge o los ascendientes o descendientes por naturaleza o adopción en primer grado». La rebaja se mide en dos escalones:
- 95 % cuando el bien sea la vivienda habitual del causante hasta el fallecimiento y, al menos, durante los dos años anteriores, acreditado con empadronamiento ininterrumpido.
- 10 % en las restantes transmisiones de inmuebles de esa herencia para los mismos herederos.
También cuenta como vivienda habitual la última en que vivió el fallecido si después se empadronó en una residencia de mayores. O en casa de quien le cuidaba por dependencia. Es un matiz importante para muchas familias.
Si la vivienda eran varios inmuebles agrupados de hecho, solo se bonifica aquel en que estaba empadronado.
Requisitos para no perderla
La bonificación es rogada y queda condicionada a varias cosas, según el texto:
- Presentar y pagar la autoliquidación dentro del plazo.
- Que el fallecido estuviera al corriente de pago con el Ayuntamiento.
- Que el fallecido estuviera empadronado en Cartagena.
Lo resumimos en bonificación de la plusvalía en herencias.
Cambios en trámite para 2027
El Pleno aprobó el 1 de octubre de 2026, de forma provisional, la modificación de las ordenanzas fiscales para 2027 (BORM de 7 de octubre de 2026). En la plusvalía no cambia el tipo ni la bonificación.
Lo que añade es que no está sujeta la extinción del condominio cuando cada partícipe recibe lo que le corresponde por su parte, sin excesos. Puede interesar si los herederos deshacen después el proindiviso.
Aún no es definitiva. Si se aprueba, en principio regirá desde su entrada en vigor, y el profesional confirma qué texto se aplica a vuestro caso.
Plazo
Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos seis meses. La petición indica el fallecido, los herederos, los bienes y el motivo, con el certificado de defunción.
Más en plazo de la plusvalía en una herencia.
Si no hubo ganancia
Si el suelo valía menos al fallecer que al adquirirse, no hay impuesto. Hay que declararlo y aportar los títulos; en herencias se compara con el valor declarado en sucesiones.
Si la ganancia real es menor que la que resulta de los coeficientes, se toma la real a petición de los herederos. Lo explicamos en plusvalía de una casa que ha perdido valor.
Un apunte útil cuando hay varios herederos: si uno cumple con diligencia y otro no, al cumplidor no se le exige responsabilidad por el incumplimiento ajeno.
Junto con sucesiones
En la Región de Murcia, descendientes (nietos incluidos), ascendientes y cónyuge tienen una deducción del 99 % en el impuesto de sucesiones. Se autoliquida en seis meses ante la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, que tiene oficina en Cartagena. Detalles en impuesto de sucesiones en la Región de Murcia.
El juzgado, los Registros y las notarías de la ciudad están en abogados de herencias en Cartagena. La guía general es plusvalía municipal por herencia.
No tenemos oficina en Cartagena. El profesional colaborador te atiende a distancia o en su despacho y te explica sus honorarios antes de empezar.
Preguntas frecuentes
Mi madre pasó sus últimos años en una residencia. ¿Pierde la casa la rebaja?
La ordenanza considera vivienda habitual la última en que vivió si se empadronó después en un centro de mayores. El profesional revisa los requisitos.
¿Los nietos tienen bonificación?
El texto habla de descendientes en primer grado. Si heredan nietos, el profesional estudia el caso.
Tenemos un piso en la playa además de la casa familiar. ¿Se bonifica?
Para los mismos herederos, el resto de inmuebles tiene una rebaja del 10 %.
Si tenéis una herencia en Cartagena, contadnos qué bienes incluye y os ayudamos a no perder la bonificación.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido