Plusvalía por herencia en Loja: declaración, tipo del 15 % y rebaja familiar
Loja tiene una forma de cobrar la plusvalía distinta de la de otros municipios cercanos. Aquí los herederos no calculan el impuesto: presentan una declaración y es el Ayuntamiento quien hace las cuentas.
Te explicamos cómo funciona y qué rebajas prevé su ordenanza.
Datos revisados en octubre de 2026. La ordenanza se puede modificar; el profesional confirma con tu caso el texto en vigor.
La plusvalía, explicada sin tecnicismos
Cuando alguien fallece y deja un inmueble urbano, el Ayuntamiento cobra un impuesto por lo que ha subido el valor del suelo desde que lo adquirió.
Lo pagan los herederos, cada uno según lo que recibe. Da igual que la casa se quede en la familia o que se venda después.
En Loja se regula en su Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. El texto actual rige desde el BOP de Granada nº 88, de 10 de mayo de 2022. Su último cambio, sobre la gestión, salió en el BOP nº 13, de 22 de enero de 2025.
Tres rebajas propias de la ordenanza
La ordenanza lojeña incluye tres rebajas sobre el cálculo general:
- Tipo de gravamen del 15 %, el mismo para todos los casos.
- Coeficientes: parte de los máximos que fija la ley estatal y les aplica una reducción propia. Esa ley ha cambiado varias veces en 2026, y el profesional comprueba los aplicables a la fecha del fallecimiento.
- Valor del suelo: al valor catastral del terreno se le aplica también un coeficiente reductor del 15 %.
A esto se suma la bonificación por herencia que vemos a continuación.
La rebaja del 50 % para la familia
La cuota baja a la mitad en las herencias «a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes».
No se exige que fuera la vivienda habitual, ni convivencia, ni un valor catastral máximo, ni conservar el inmueble durante años.
La ordenanza no dice de forma expresa si se aplica sola. Sí dice que la declaración debe incluir la solicitud de beneficios fiscales con sus justificantes. Lo prudente es pedirla en la propia declaración.
Para comparar con otras ordenanzas, mira la guía de la bonificación de la plusvalía por herencia.
Plazo
Seis meses desde el fallecimiento. Se puede pedir prórroga hasta un año, siempre antes de que acaben los seis meses iniciales.
Ojo con el retraso: el derecho a que se calcule con la ganancia real decae si la declaración no se presenta en plazo. Más en el plazo de la plusvalía en herencias.
Cómo se presenta en Loja
Desde la modificación de 2025, el impuesto ya no se autoliquida. El proceso es este:
- Los herederos presentan una declaración ante el Ayuntamiento de Loja.
- Con ella aportan la escritura de partición o, si todavía no existe, el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el testamento.
- Incluyen la solicitud de la bonificación familiar y, si procede, la del cálculo real.
- El Ayuntamiento practica la liquidación y la notifica con el plazo para pagar.
No tienes que acudir a ninguna oficina nuestra: no tenemos oficina en Loja. El profesional colaborador prepara la declaración y la presenta.
Si no hubo subida de valor
Si el suelo valía más cuando se compró que cuando falleció su dueño, no hay impuesto. Para acreditarlo hay que declarar la transmisión y aportar todos los títulos de compra y de herencia.
Y si sí hubo ganancia, pero menor que la que dan los coeficientes, puedes pedir que se tome la real. Se queda el cálculo más favorable.
Lo contamos paso a paso en cómo se calcula la plusvalía en una herencia.
Viudos con usufructo
Si el cónyuge recibe el usufructo y los hijos la nuda propiedad, el impuesto se divide según el valor de cada derecho. La rebaja se aplica a cada uno si está entre los parientes que cita la ordenanza.
El abogado comprueba que el reparto entre usufructo y nuda propiedad esté bien valorado en la declaración.
Por qué conviene llevarla junto con sucesiones
El impuesto de sucesiones también vence a los seis meses. Se presenta ante la Agencia Tributaria de Andalucía.
Plusvalía y sucesiones usan los mismos datos de la herencia. Prepararlas juntas evita que una declaración diga una cosa y la otra, otra distinta.
Resumen de la norma autonómica: impuesto de sucesiones en Andalucía. Para el resto de trámites en la ciudad: abogados de herencias en Loja. Y la explicación general: plusvalía municipal por herencia.
Preguntas frecuentes
¿Hay que calcular la cuota a mano?
No. En Loja se presenta una declaración y el Ayuntamiento hace el cálculo y te lo notifica.
¿Pierdo la rebaja si no la pido?
La ordenanza no lo aclara. Para no correr riesgos, conviene solicitarla en la declaración con los justificantes del parentesco.
¿Puedo recurrir la liquidación?
Sí, si crees que el cálculo está mal. Lo explicamos en recurrir la liquidación de la plusvalía.
Cuéntanos qué habéis heredado en Loja y te ayudamos a dar el primer paso con un profesional.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido