Plusvalía municipal por herencia

Lorca: la rebaja de la plusvalía al heredar depende del valor del suelo

En Lorca, la rebaja de la plusvalía para la familia no es un porcentaje fijo. Depende de cuánto valga el suelo de la vivienda según el Catastro.

Y tiene una condición que pesa: quien hereda la casa debe haber convivido con el fallecido y seguir empadronado allí cinco años. Te lo explicamos con calma.

Datos revisados en octubre de 2026, con la ordenanza número 6 que el Ayuntamiento publica como vigente. Las ordenanzas cambian; el profesional confirma la versión aplicable a la fecha del fallecimiento.

Qué se paga y por qué

La plusvalía municipal grava la subida del valor del suelo urbano durante los años en que el inmueble fue del fallecido. Al heredar, la pagan los herederos que reciben cada bien.

La fecha clave es la del fallecimiento: ese día nace el impuesto, aunque la escritura llegue después.

Declaración en el Ayuntamiento

En Lorca no hay que calcular la cuota. Los herederos presentan una declaración y la Administración Tributaria Municipal practica la liquidación, con el plazo de pago y los recursos.

No presentarla es una infracción tributaria. Por eso conviene hacerlo aunque se crea que no hay nada que pagar.

Tipo del 30 %

El tipo de gravamen es del 30 %. La base sale de unos coeficientes cuyo máximo fija la ley; ese máximo ha cambiado varias veces en 2026 y el profesional comprueba el aplicable.

La bonificación por tramos

La rebaja alcanza a la vivienda habitual del fallecido, a los locales de su negocio y a los derechos de uso sobre ellos. Es para «los descendientes, ascendientes, por naturaleza o adopción, y del cónyuge».

El porcentaje depende del valor catastral del suelo de esos bienes:

  • 95 % si el valor catastral del suelo es inferior o igual a 20.000 euros.
  • 75 % si supera 20.000 euros y no excede de 31.000 euros.
  • 50 % si supera 31.000 euros y no excede de 56.000 euros.
  • 15 % si supera 56.000 euros.

La pareja de hecho inscrita en el registro de la Comunidad Autónoma de Murcia se equipara al cónyuge.

Lo que exige la ordenanza

En la vivienda habitual, el texto pide que el adquirente haya «convivido con el causante los dos años anteriores al fallecimiento». Además debe «mantener la adquisición y continuar empadronado en dicha vivienda durante los cinco años siguientes, salvo que falleciese dentro de ese plazo».

En los locales del negocio, el sucesor debe mantener el local y la actividad durante cinco años.

Si se vende antes o cambia el empadronamiento, hay que devolver lo bonificado con intereses de demora en un mes, con una autoliquidación.

Son requisitos exigentes. Antes de decidir quién se queda la casa, conviene revisarlos con el profesional. Más en bonificación de la plusvalía en herencias y en heredar y vender: qué pasa con la plusvalía.

Plazo y forma de pedirla

La declaración se presenta en los seis meses siguientes al fallecimiento. Se puede prorrogar hasta un año si se pide antes de que venza; la prórroga se da por concedida con la solicitud.

La bonificación se pide en ese mismo plazo. La ordenanza la entiende pedida y concedida provisionalmente, a falta de que el Ayuntamiento compruebe los requisitos.

Detalles en plazo de la plusvalía en una herencia.

Si el inmueble no ganó valor

Si el suelo valía menos al fallecer que cuando se adquirió, no hay incremento y no hay impuesto. Hay que declararlo en plazo con los documentos que lo prueban.

Y si la ganancia real es menor que la del cálculo con coeficientes, la ley permite tomar la real.

Junto con el impuesto de sucesiones

En la Región de Murcia, descendientes, ascendientes y cónyuge (o pareja de hecho acreditada) se aplican una deducción del 99 % en sucesiones. El plazo también es de seis meses y se presenta ante la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, que tiene oficina en Lorca. Lo tienes en impuesto de sucesiones en la Región de Murcia.

Juzgado, Registros y notarías de la ciudad están en abogados de herencias en Lorca. La visión general, en plusvalía municipal por herencia.

No tenemos oficina en Lorca. El profesional colaborador te atiende a distancia o en su despacho y te explica sus honorarios antes de empezar.

Preguntas frecuentes

No vivía con mi madre. ¿Tengo rebaja por su casa?

Para la vivienda habitual, la ordenanza exige haber convivido con ella los dos años anteriores. El profesional revisa vuestro caso.

¿Dónde veo el valor catastral del suelo?

En el recibo del IBI o en una certificación catastral. Ese dato decide el tramo.

Si vendo la casa a los tres años, ¿qué pasa?

La ordenanza obliga a devolver lo bonificado con intereses si no se mantiene cinco años.

Si tenéis una herencia en Lorca, contadnos qué hay en ella y os ayudamos a situar el primer paso.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido