Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía al heredar en Santander: tipo del 21 % y una bonificación con muchos requisitos

Si has heredado un piso o una casa en Santander, el Ayuntamiento te va a pedir la plusvalía municipal. Es el impuesto que grava lo que ha subido el suelo urbano desde que el fallecido lo adquirió.

En una herencia la pagan los herederos que reciben el inmueble, cada uno por su parte. No la paga la herencia en bloque ni el banco.

Datos revisados en octubre de 2026. El Ayuntamiento revisa sus ordenanzas fiscales con frecuencia. El profesional que lleve tu caso comprueba la versión que se aplica, que es la vigente en la fecha del fallecimiento.

La ordenanza que rige en Santander

Es la Ordenanza Fiscal nº 5-I, que el Ayuntamiento publica como texto del ejercicio 2026. Procede del acuerdo del Pleno de febrero de 2022, publicado en el Boletín Oficial de Cantabria en mayo de ese año.

Desde entonces no consta ningún cambio en este impuesto. Aun así, conviene confirmarlo antes de presentar.

Declaración o autoliquidación: tú eliges

Santander deja dos caminos. Puedes presentar una declaración en el modelo oficial y esperar a que el Ayuntamiento calcule la cuota. O puedes hacer la autoliquidación en la sede electrónica y pagar la carta de pago por internet o en una entidad colaboradora.

En los dos casos hay que aportar papeles. Si ya hay escritura de aceptación y adjudicación, basta con ella. Si todavía no se ha firmado, la ordenanza pide el certificado de defunción y el de últimas voluntades. También el testamento o la declaración de herederos y los títulos de compra de los inmuebles.

Ojo: lo que presentes no queda cerrado. Los servicios de gestión o inspección del Ayuntamiento pueden verificar y comprobar las declaraciones y autoliquidaciones.

Tu Herencia Directa no tiene oficina en Santander. No hace falta que te acerques a ninguna oficina nuestra: el abogado o gestor colaborador puede preparar y presentar la plusvalía con tu autorización.

Seis meses, y la prórroga cuesta intereses

El plazo es de seis meses desde el fallecimiento. Se puede pedir prórroga hasta un año. La ordenanza aclara que la prórroga empieza a contar cuando terminan los seis meses y que obliga a pagar el interés de demora.

Tienes más detalle en el plazo de la plusvalía en una herencia.

El tipo: un 21 % único

El tipo en Santander es único, del 21 %, para cualquier número de años. La base parte del valor catastral del suelo y de un coeficiente según los años que el fallecido tuvo el inmueble.

Los máximos de esos coeficientes los fija la ley. En 2026 han cambiado varias veces, así que el profesional comprueba los aplicables a la fecha del fallecimiento. Te lo explicamos en cómo se calcula la plusvalía de una herencia.

La bonificación del 95 %: solo para casos muy concretos

La ordenanza bonifica un 95 % de la cuota en la vivienda habitual del fallecido y sus anejos inseparables. Pero exige que se cumplan todos estos requisitos a la vez:

  • Que el heredero sea «descendiente, ascendiente, o cónyuge del causante». Se equipara al cónyuge «la pareja estable inscrita en el Registro público competente».
  • Que «los ingresos brutos por todos los conceptos, excluyendo los del fallecido, no excedan del resultado de multiplicar por 2» el IPREM del último ejercicio con declaración de la renta.
  • Que «el contribuyente y la persona fallecida se encuentren al corriente del cumplimiento de sus obligaciones económicas tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Santander».
  • Que «el valor catastral del suelo sea inferior o igual a 70.000 euros», contando el suelo del inmueble entero y no solo tu parte.
  • Que haya sido la vivienda habitual del fallecido «durante los dos años anteriores al fallecimiento», lo que se acredita con el padrón u otras pruebas.
  • Que se solicite «en el plazo reglamentario para la presentación de la declaración o autoliquidación», incluida «la prórroga solicitada correctamente y en plazo».
  • Que exista «aceptación y adjudicación concreta del inmueble». No se aplica si el sujeto pasivo es «una comunidad hereditaria proindiviso o herencia yacente».

Si el fallecido vivía en una residencia, o en una casa que no era suya, se puede aplicar al inmueble donde residió más tiempo en los cinco años anteriores. Ese inmueble no puede haber estado alquilado ni cedido.

El requisito de ingresos es muy exigente. La ordenanza no aclara si cuenta solo lo que gana el heredero o también su familia; el profesional lo confirma con el Ayuntamiento. Más contexto en la bonificación de la plusvalía en herencias.

Si el piso no ganó valor

La bonificación no es la única salida. Si el suelo no se revalorizó entre la compra y el fallecimiento, no hay impuesto.

Y si la ganancia real es menor que la del cálculo objetivo, se puede pedir tributar por la real. En Santander hay que aportar los títulos de compra y, si el fallecido también heredó, la declaración de sucesiones de entonces. Lo vemos en plusvalía si la casa ha perdido valor.

Viudo con usufructo

Cuando el cónyuge viudo no separado recibe el usufructo, ese derecho también paga plusvalía. La bonificación de Santander incluye la constitución de un derecho real de goce sobre la vivienda, con los mismos requisitos.

Por qué hacerlo junto con sucesiones

En Cantabria, descendientes, ascendientes y cónyuge tienen una bonificación del 100 % de la cuota del impuesto de sucesiones. Lo explicamos en impuesto de sucesiones en Cantabria.

Los vecinos de Santander pueden presentar sucesiones por internet o en la Oficina Liquidadora de Santander de la Agencia Cántabra. Los valores que declares allí sirven luego para la plusvalía, así que conviene prepararlos a la vez.

Tienes los trámites de la provincia en herencias en Cantabria y la guía general en plusvalía municipal por herencia.

Preguntas frecuentes

¿Puedo aplicar la bonificación si somos tres hermanos y aún no hemos repartido?

No mientras la herencia siga sin repartir. La ordenanza exige la adjudicación concreta del inmueble y excluye a la comunidad hereditaria.

¿Cuenta el garaje?

La bonificación alcanza a la vivienda y a sus «anejos inseparables». Si el garaje lo es, lo valora el profesional con la escritura.

¿Qué pasa si no cumplo el límite de ingresos?

Pagas la cuota sin esa rebaja. Aun así, merece la pena revisar si hubo ganancia real.

Si estás con una herencia en Santander, cuéntanos tu caso y te ponemos en contacto con un profesional que lo revise antes de presentar.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido