Abogados de herencias en Melilla

Renunciar a una herencia en Melilla, también si vives fuera

Hay herencias que no compensan. Otras veces sí compensan, pero el heredero vive lejos, no quiere complicaciones o prefiere que todo quede para un hermano.

Si quien quiere renunciar vive en la península o en otro país, se puede hacer sin viajar, pero hay que hacerlo bien.

Datos revisados en octubre de 2026. Esto es orientativo; el abogado revisa tu caso antes de firmar.

Lo que significa renunciar

Quien renuncia no hereda nada: ni bienes ni deudas. Es como si nunca hubiera sido llamado a la herencia.

La renuncia es total e irrevocable. No se puede elegir qué bienes se aceptan y cuáles no, y una vez firmada no se puede deshacer.

Solo se puede renunciar si antes no se ha aceptado. Usar el dinero del fallecido o vender algo suyo puede contar como aceptación.

Cómo se firma desde fuera de Melilla

  • Desde la península: en cualquier notaría de España. No hace falta que sea de Melilla.
  • Desde otro país: ante el consulado español o ante un notario de ese país. En este segundo caso, el documento suele necesitar apostilla o legalización y, si no está en español, traducción jurada.
  • Con poder: también se puede dar un poder especial a alguien para que renuncie en tu nombre.

Lo detallamos en renunciar a una herencia desde el extranjero.

Qué pasa con tu parte

Depende de si hay testamento.

Con testamento, se mira primero si el fallecido nombró un sustituto. Si no, tu parte suele ir a los demás herederos.

Sin testamento, tu parte pasa a los otros herederos de tu mismo grado, por ejemplo tus hermanos. Tus hijos no te representan.

Solo si renuncian todos los del mismo grado entran los del grado siguiente, como los nietos, por derecho propio.

Renunciar para favorecer a alguien

Si renuncias para que tu parte vaya a un hermano concreto, o a cambio de algo, la ley lo trata como si aceptaras y después se la dieras.

Eso supone pagar sucesiones por tu parte y que tu hermano pague, además, como si recibiera una donación.

Si lo que quieres es que acabe en un hermano, el abogado estudia la forma menos costosa de conseguirlo.

Cuando hay deudas

Renunciar te libra de las deudas del fallecido. Pero antes de hacerlo, conviene comparar con la aceptación a beneficio de inventario.

Con el inventario respondes solo hasta donde llegan los bienes. Si sobra algo después de pagar, es para los herederos.

Si quien renuncia es un menor

Los padres necesitan autorización judicial para renunciar en nombre de un hijo menor, salvo que tenga dieciséis años o más y lo consienta.

La autorización se pide al tribunal de instancia de donde vive el menor. Si vive en Melilla, es su Sección Civil y de Instrucción.

Una lista antes de decidir

  • Consigue el certificado de últimas voluntades y, si existe, el testamento.
  • Pregunta si hay seguros de vida a tu nombre: se cobran al margen de la herencia, aunque renuncies.
  • Haz una idea, aunque sea aproximada, de bienes y deudas.
  • No uses tarjetas ni cuentas del fallecido mientras decides.

Cómo te ayudamos

No tenemos oficina en Melilla; esta página explica cómo se hace allí. Te ponemos en contacto con un abogado colegiado que conoce las herencias con familia repartida.

Puede atenderte a distancia o en su despacho. Valora si te conviene renunciar, prepara el documento y coordina la firma donde estés.

Hablar con nosotros no te compromete. El abogado te explica sus honorarios antes de empezar.

Preguntas frecuentes

¿Renunciar tiene coste fiscal?

La renuncia pura no tributa para quien renuncia. Quien recibe tu parte paga según su parentesco, o según el tuyo si es más lejano. Su bonificación puede ser distinta de la tuya.

¿Hay un plazo para renunciar?

No hay uno corto fijado, pero los demás pueden requerirte para que te pronuncies. Si callas, se entiende que aceptas.

La guía general está en renuncia a la herencia. Vuelve a herencias en Melilla para ver otros servicios.

Cuéntanos desde dónde quieres renunciar y te explicamos cómo hacerlo.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido