Cómo renunciar a una herencia en España si vives fuera
Sí, puedes renunciar a una herencia española sin viajar. Hay tres caminos: firmar en un consulado de España, hacerlo ante un notario del país donde vives o dar un poder a alguien para que firme por ti.
Cuál conviene depende del país, de los plazos y de lo cómodo que te resulte cada trámite. Lo importante es que el documento llegue a España con todos los requisitos, para que la notaría española lo admita.
Opción 1: en el consulado español
Los consulados de España pueden actuar como notarios para los españoles en el extranjero. Allí puedes firmar directamente la escritura de renuncia, con el mismo valor que si la firmaras en una notaría de aquí.
Es la vía más limpia, porque el documento ya sale en español y no hace falta legalizarlo. El inconveniente es que suele haber que pedir cita con antelación, y en algunos países los consulados están lejos.
Antes de ir, pregunta al consulado qué documentos piden. Lo normal es el pasaporte o DNI, el certificado de defunción y el testamento o la declaración de herederos.
Opción 2: ante un notario del país donde vives
También puedes firmar la renuncia ante un notario o autoridad del país en el que resides. Para que valga en España, el documento necesita normalmente dos cosas:
- Apostilla o legalización. La apostilla es un sello que acredita que el documento es auténtico. Se usa entre los países que han firmado el convenio internacional que la regula. Con el resto, hace falta legalizarlo por vía consular.
- Traducción jurada al español, si el documento no está redactado en nuestro idioma.
Además, el documento extranjero tiene que tener un valor parecido al de una escritura pública española. No todos los países tienen notarios con las mismas funciones. Por eso conviene que alguien en España revise el borrador antes de firmarlo.
Opción 3: un poder para que firme otra persona
La tercera vía es otorgar un poder notarial, un documento por el que autorizas a otra persona a firmar en tu nombre. Puede ser un familiar o un profesional.
El poder tiene que incluir de forma expresa la facultad de renunciar a herencias. Lo más seguro es que mencione esta herencia en concreto. Un poder general para gestiones no sirve.
El poder se firma en el consulado español, que no necesita apostilla, o ante un notario local. En este segundo caso suele hacer falta apostilla y, si no está en español, traducción. Luego tu representante firma la renuncia en cualquier notaría española.
Es útil cuando hay más trámites en España, porque la misma persona puede ocuparse de todo.
La herencia internacional tiene sus propias reglas
Si el fallecido vivía fuera de España o tenía bienes en varios países, puede que no se aplique la ley española a toda la herencia. En la Unión Europea, la regla general es la ley del país donde el fallecido tenía su residencia habitual.
Las normas europeas también permiten, en muchos casos, que el heredero haga la renuncia ante las autoridades de su país de residencia. Lo explicamos en herencias internacionales.
Dentro de España, además, Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia y Baleares tienen derecho civil propio. El abogado confirma qué normas rigen en tu caso.
Qué hacer ahora
- Consigue el certificado de defunción y averigua si había testamento.
- Decide qué vía te resulta más práctica: consulado, notario local o poder.
- Pide a una notaría española que te confirme qué requisitos exige al documento.
- Evita cualquier gesto que pueda parecer que aceptas, como disponer del dinero del fallecido.
- Cuando tengas la renuncia, haz llegar una copia a los demás herederos.
Tienes todos los detalles del trámite en nuestra página de renuncia a la herencia. Si además tienes que firmar otros trámites, te puede servir la guía sobre tramitar la herencia a distancia.
Preguntas frecuentes
¿Necesito un número de identificación español para renunciar?
Para la renuncia pura no suele ser imprescindible, pero algunas notarías lo piden. Si vas a aceptar o a recibir bienes, sí lo necesitarás. Pregúntalo antes de firmar.
¿Puedo renunciar por videollamada?
En España ya existen algunas firmas notariales a distancia, pero no sirven para todos los documentos. Para la renuncia, lo habitual sigue siendo una de las tres vías explicadas.
¿Y si no tengo nacionalidad española pero heredo de un familiar en España?
Puedes renunciar igual, ante el notario de tu país o con un poder. En tu caso no podrás usar el consulado español, salvo excepciones.
Te ayudamos aunque estés lejos
Cuéntanos dónde vives y quién ha fallecido en España. Te ayudamos a situar el primer paso y buscamos al abogado adecuado, que te explica sus honorarios antes de empezar.
Otras dudas que te pueden servir
- ¿Se puede anular una renuncia a la herencia?
- ¿Se puede renunciar solo a una parte de la herencia?
- Renunciar a la herencia a favor de un hermano
- Renunciar a la herencia después de haber usado algo
- ¿Se puede renunciar a la herencia de los padres en vida?
- Renunciar a la herencia en nombre de un hijo menor
- Si renuncio a la herencia, ¿pasa a mis hijos?
- ¿Puedo renunciar a una herencia si tengo deudas?
- ¿Qué pasa si todos los herederos renuncian a la herencia?
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido