Benalmádena: plusvalía municipal cuando heredas y la bonificación por vivienda habitual
En Benalmádena, ya sea en Arroyo de la Miel, en la costa o en el pueblo, heredar un inmueble urbano obliga a pasar por la plusvalía municipal.
Es un impuesto del Ayuntamiento que grava la subida de valor del suelo mientras el inmueble fue del fallecido, con un máximo de veinte años. En una herencia la pagan los herederos.
Benalmádena tiene dos rasgos propios: las herencias no se tramitan en ventanilla y su bonificación se fija en la vivienda habitual del heredero.
Datos revisados en octubre de 2026. Usamos el texto refundido que publica el Ayuntamiento, con la última modificación de enero de 2024. La ordenanza cambia a menudo; en principio vale la vigente en la fecha del fallecimiento, y el profesional lo confirma.
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Declaración, y nunca en ventanilla
En Benalmádena el sistema es de declaración: los herederos la presentan y el Ayuntamiento practica la liquidación.
La ordenanza es tajante con las herencias. No se tramitan presencialmente las transmisiones que tengan su origen en actos mortis causa.
La documentación se presenta por el Registro del Ayuntamiento, por su sede electrónica o por los demás medios que admite la ley.
Los profesionales colegiados, y quienes deban relacionarse con la Administración por medios electrónicos, usan siempre la sede electrónica.
Con la declaración se acompaña el documento en el que consta la herencia: la escritura o, si aún no la hay, lo que el profesional indique.
Seis meses, prorrogables hasta un año
El plazo para declarar es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año a solicitud de los herederos.
La prórroga hay que pedirla. Si el reparto se complica, conviene hacerlo pronto y no apurar el último día.
Más detalle en el plazo de la plusvalía por herencia.
Tipo y cálculo
El tipo de gravamen de la ordenanza es del 27,5 %.
La base parte del valor catastral del suelo y de los coeficientes máximos que fija la ley. Esos máximos han cambiado varias veces en 2026, así que el profesional comprueba los aplicables a la fecha del fallecimiento.
Hay una regla local que puede ayudar. Si hubo una revisión catastral general, para este impuesto el valor del suelo se reduce un 40 % en cada uno de los cinco primeros años de los nuevos valores.
Si el suelo no ganó valor, no hay plusvalía. Si ganó menos de lo que da la fórmula, se puede optar por tributar por la ganancia real.
Lo explicamos en cómo se calcula la plusvalía por herencia y en qué pasa si el inmueble perdió valor.
La bonificación del 95 %: vivienda habitual del heredero
El artículo 12 bonifica el 95 % de la cuota en las herencias. Se aplica, según su texto, a favor «de los descendientes y adoptados» y «del cónyuge o persona con la que se tuviera análoga relación de afectividad».
La condición clave es que se trate de «la vivienda habitual del contribuyente». En este impuesto, el contribuyente es el heredero, no el fallecido.
La ordenanza define vivienda habitual como aquella en la que el contribuyente haya estado empadronado «de forma ininterrumpida durante, al menos, los dos años anteriores».
La pareja de hecho entra si demuestra convivencia con el causante al menos los dos años anteriores al fallecimiento, con el padrón municipal.
La bonificación incluye los aparcamientos y trasteros «físicamente vinculados a la vivienda habitual», aunque sean fincas registrales independientes.
Además, quien la pide debe estar al corriente de pago con el Ayuntamiento. Los requisitos se acreditan con documentos.
Esta redacción es distinta de la de muchos municipios, que se fijan en la vivienda del fallecido. Por eso el profesional confirma cómo la aplica el Ayuntamiento en tu caso. Tienes más contexto en la bonificación de la plusvalía por herencia.
Y si la vivienda era del padre viudo
Cuando muere uno de los cónyuges, el viudo suele recibir el usufructo y los hijos la nuda propiedad. Cada parte tributa por separado, y el usufructo viudal solo corresponde si no estaban separados.
La bonificación de Benalmádena alcanza también a la constitución de derechos reales de goce, siempre con sus requisitos. Lo vemos en plusvalía y usufructo del viudo.
Llevarla junto a sucesiones
Para Benalmádena, la oficina del impuesto de sucesiones que corresponde es la de la Agencia Tributaria de Andalucía a cargo de los Registradores de la Propiedad del municipio. También se puede presentar por internet.
Como los dos plazos arrancan con el fallecimiento, es más cómodo prepararlos juntos. Lo resumimos en el impuesto de sucesiones en Andalucía.
Para juzgado, Registros y notarías, consulta abogados de herencias en Benalmádena. La explicación general está en plusvalía municipal por herencia.
Te ponemos en contacto con un abogado o gestor colaborador. El profesional presta el servicio y explica sus honorarios antes de empezar.
Preguntas frecuentes
¿Puedo ir al Ayuntamiento a presentar la plusvalía de la herencia?
No en ventanilla. La ordenanza obliga a usar el Registro del Ayuntamiento, la sede electrónica u otro medio legal.
Vivía con mi madre en su piso: ¿tengo el 95 %?
Si eras su descendiente y llevabas al menos dos años empadronado allí sin interrupción, encajas en la redacción de la ordenanza. El profesional revisa los demás requisitos.
¿Entran el garaje y el trastero?
Sí, si están físicamente vinculados a la vivienda habitual, aunque sean fincas registrales distintas.
¿Y si la liquidación me parece excesiva?
Se puede recurrir. Lo explicamos en recurrir la liquidación de la plusvalía.
Si heredas en Benalmádena y no sabes por dónde empezar, escríbenos.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido