Plusvalía municipal por herencia

Torremolinos: qué pagan los herederos de plusvalía y cómo pedir la bonificación

Si heredas un piso en Torremolinos, el Ayuntamiento te pedirá la plusvalía municipal aunque no pienses venderlo.

Es el impuesto que grava cuánto ha subido el valor del suelo urbano durante los años en que el inmueble fue del fallecido, con un máximo de veinte años. En la herencia lo pagan los herederos.

La ordenanza de Torremolinos rebaja mucho la factura si se hereda la vivienda habitual y se cumplen unas condiciones de padrón. Te las contamos con su letra.

Datos revisados en octubre de 2026. Usamos la Ordenanza Fiscal número 29, con la modificación publicada en el boletín provincial a finales de 2024. Cambia con frecuencia; en principio se aplica la vigente en la fecha del fallecimiento, y el profesional lo confirma.

Tu Herencia Directa no tiene oficina en Torremolinos. El abogado o gestor colaborador te atiende a distancia o en su despacho.

Cómo se presenta

La regla general es la declaración. Se presenta ante el Ayuntamiento o ante la Administración que tenga delegada la gestión del impuesto.

Se acompaña del último recibo del IBI y de una copia del documento notarial, judicial o administrativo de la herencia.

Si al acabar el plazo no hay todavía escritura, los herederos presentan una declaración responsable con los inmuebles urbanos del fallecido en Torremolinos.

A esa declaración se unen el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el testamento, si lo hay.

La ordenanza permite también autoliquidar, ingresando la cuota en los mismos plazos. En ese caso, el Ayuntamiento puede revisar después el cálculo y corregirlo.

Plazo: seis meses y una prórroga

Hay seis meses desde el fallecimiento. Dentro de ese tiempo se puede pedir una prórroga de hasta otros seis meses.

La solicitud lleva el certificado de defunción, los herederos, los inmuebles y el recibo del IBI. Si en un mes no hay respuesta, se entiende concedida.

Pedida después de los seis primeros meses, no sirve. Tienes más detalle en el plazo de la plusvalía por herencia.

Tipo de gravamen

Torremolinos aplica un tipo del 28 %, el mismo para cualquier periodo de generación.

La base se obtiene del valor catastral del suelo con los coeficientes máximos que fija la ley, según la modificación de 2024. Esos máximos han cambiado varias veces en 2026; el profesional comprueba los de la fecha del fallecimiento.

Si se acredita que el incremento real fue menor, se tributa por ese incremento. Y si el suelo no ganó valor, no hay impuesto.

Lo explicamos en cómo se calcula la plusvalía por herencia.

La bonificación por tramos

El artículo 7 bonifica la herencia de la vivienda habitual del causante. Se aplica a favor «de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes».

El porcentaje depende del valor catastral:

  • «El 95 por ciento si el valor catastral es inferior o igual a 100.000 euros».
  • «El 50 por ciento si el valor catastral es superior a 100.000 euros e inferior o igual a 200.000 euros».
  • «El 25 por ciento si el valor catastral es superior a 200.000 euros».

Los requisitos están escritos uno a uno:

  1. Los herederos deben «demostrar una convivencia con el causante, al menos con dos años de antelación a la fecha del devengo», con el padrón municipal.
  2. La vivienda tiene que constar en el padrón como habitual del fallecido con al menos dos años de antelación.
  3. Hay que estar al corriente de pago de los tributos municipales.
  4. Se aplica «a solicitud del sujeto pasivo», en el mismo plazo de la declaración.

Si se pide fuera de plazo, se considera extemporánea. Tampoco se aplica si no se declara y la liquidación sale de una comprobación o inspección, ni si la declaración se presenta fuera de plazo.

Hay una última condición. Si el inmueble se transmite en los dos años siguientes, hay que devolver la bonificación con intereses de demora, salvo que sea por otra herencia.

Más en la bonificación de la plusvalía por herencia.

Si piensas vender

Vender la vivienda heredada antes de dos años obliga a reintegrar lo bonificado. Además, la venta trae su propia plusvalía, que pagan los herederos como vendedores.

Antes de poner el piso en venta, conviene que el profesional haga los números. Lo explicamos en heredar y vender: qué pasa con la plusvalía.

El usufructo del viudo

Cuando el cónyuge viudo recibe el usufructo y los hijos la nuda propiedad, cada parte tributa por separado. El usufructo viudal solo existe si no estaban separados.

La ordenanza incluye la constitución de derechos reales de goce sobre la vivienda habitual. Lo detallamos en plusvalía y usufructo del viudo.

A la vez que sucesiones

En Torremolinos, el impuesto de sucesiones corresponde a la Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía, en Málaga capital.

Los dos plazos empiezan con el fallecimiento y comparten papeles. Por eso es sensato llevarlos juntos. Consulta el impuesto de sucesiones en Andalucía.

Para juzgado, Registro y notarías, mira abogados de herencias en Torremolinos. La guía general está en plusvalía municipal por herencia.

Te ponemos en contacto con un abogado o gestor colaborador, que presta el servicio y explica sus honorarios antes de empezar.

Preguntas frecuentes

No vivía con mi padre: ¿tengo bonificación en Torremolinos?

La ordenanza exige demostrar convivencia con el causante al menos dos años antes, con el padrón. El profesional revisa tu situación concreta.

¿Dónde miro el valor catastral para saber el tramo?

En el recibo del IBI o en una certificación del Catastro de la vivienda.

¿La bonificación se aplica sola?

No. Hay que pedirla en el plazo de la declaración. Fuera de plazo no se admite.

¿Puedo recurrir si no estoy de acuerdo con la liquidación?

Sí. Lo explicamos en recurrir la liquidación de la plusvalía.

Escríbenos con la fecha del fallecimiento y los inmuebles, y te ayudamos a ordenar el primer paso.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido