Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía al heredar en Nerja: tipo del 21 % y un 95 % menos si la pides a tiempo

En Nerja muchas herencias incluyen un piso cerca de la playa o una casa en el casco. Junto al impuesto de sucesiones, el Ayuntamiento cobra la plusvalía municipal a los herederos.

La ordenanza de Nerja es generosa con la familia directa, pero con una condición que se olvida a menudo: la rebaja hay que pedirla dentro del plazo.

Datos revisados en octubre de 2026. Hemos leído la ordenanza publicada por el Ayuntamiento. Como las ordenanzas cambian, el profesional confirma con tu caso la versión aplicable.

Qué grava y quién la paga

La plusvalía municipal grava la subida del valor del suelo urbano mientras el inmueble fue del fallecido, con un máximo de veinte años.

En una herencia la pagan los herederos que reciben el inmueble, cada uno por su parte. La fecha clave es la del fallecimiento.

Si sois varios hermanos, cada uno paga por su porcentaje. La declaración se puede preparar para todos a la vez.

Tipo y coeficientes en Nerja

La ordenanza fiscal nº 3 de Nerja fija un tipo del 21 %. Está por debajo del máximo que permite la ley.

Para los coeficientes por años de tenencia, la ordenanza se remite al máximo de la ley estatal. Ese máximo ha cambiado varias veces en 2026; el profesional comprueba el aplicable a la fecha del fallecimiento.

La web municipal de tributos ofrece un simulador de la plusvalía. Sirve para hacerse una idea, pero no sustituye a la liquidación. El cálculo paso a paso está en cómo se calcula la plusvalía en una herencia.

Cómo se presenta

Los herederos presentan una declaración ante el Ayuntamiento de Nerja. Con ella, el Ayuntamiento practica la liquidación y la notifica.

Se acompaña el documento de la herencia, salvo que el Ayuntamiento ya lo tenga.

No tenemos oficina en Nerja y no hace falta que pases por ninguna. El abogado o gestor colaborador puede preparar la declaración y la solicitud de bonificación por ti.

La bonificación del 95 % y cómo pedirla

La ordenanza concede una bonificación del 95 % de la cuota, «en todos los supuestos», cuando heredan:

  • «los descendientes y adoptados»
  • «los cónyuges»
  • «los ascendientes y adoptantes»

No exige que la casa fuera vivienda habitual, ni convivencia, ni conservarla unos años.

Lo que sí exige es presentar la solicitud dentro del plazo de seis meses, o de su prórroga. La solicitud se entiende concedida de forma provisional, y el Ayuntamiento puede comprobarla después.

Si heredas con otro parentesco, el profesional revisa tu caso. Más casos en la bonificación de la plusvalía en herencias.

Plazo

Seis meses desde el fallecimiento. A petición de los herederos, ampliables hasta un año.

Como la bonificación va ligada al plazo, conviene no apurar. Te lo explicamos en el plazo de la plusvalía en una herencia.

Si no hubo ganancia

Con la ley actual, si el inmueble no subió de valor no hay impuesto. Se demuestra comparando el valor de compra con el de la herencia, con las escrituras.

Y si la ganancia real es menor que la del método objetivo, se puede tributar por la real. Así se paga lo que corresponde y no más.

Lo vemos con calma en plusvalía de una casa que ha perdido valor.

Herederos que viven fuera

En la costa es frecuente que algún heredero viva en otro país. La plusvalía se presenta igual en Nerja, y los plazos no se alargan por vivir fuera.

Lo práctico es dar un poder para que alguien de confianza o el profesional presente en tu nombre. Para el impuesto de sucesiones, quien no reside en España presenta ante la Agencia Tributaria del Estado.

Usufructo del viudo

Si el viudo recibe el usufructo y los hijos la nuda propiedad, cada uno paga por su derecho. Los dos están dentro de la bonificación, y la ordenanza pide que la solicite cada «sujeto pasivo» o una persona autorizada.

Lo explicamos en la plusvalía y el usufructo del viudo.

Junto al impuesto de sucesiones

El impuesto de sucesiones lo gestiona la Agencia Tributaria de Andalucía. A Nerja le corresponde su oficina de Torrox, a cargo de los registradores.

En Andalucía, descendientes, ascendientes y cónyuge tienen una bonificación del 99 % en la cuota. Más en impuesto de sucesiones en Andalucía.

Para juzgado, Registro y notarías, mira abogados de herencias en Nerja. La guía general está en plusvalía municipal por herencia.

Tu Herencia Directa no es un despacho. Te ponemos en contacto con un profesional colaborador, que te explica sus honorarios antes de empezar.

Preguntas frecuentes

¿La bonificación se aplica sola al presentar la declaración?

No. Hay que pedirla dentro del plazo. Se entiende concedida provisionalmente al solicitarla.

Heredamos un apartamento que no era la casa de mis padres. ¿Hay rebaja?

Sí, si heredáis como descendientes y la pedís dentro del plazo. La ordenanza no exige que fuera la vivienda habitual.

¿El simulador del Ayuntamiento da la cifra definitiva?

No. Es orientativo. La cuota final la fija la liquidación del Ayuntamiento.

Si has heredado en Nerja, cuéntanos el caso y te ayudamos a pedir la bonificación a tiempo.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido