Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía al heredar en San Bartolomé de Tirajana y Maspalomas: tramos y plazos

Un apartamento en Playa del Inglés, una casa en Maspalomas o un local en San Fernando. Si forman parte de una herencia, el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana cobrará la plusvalía municipal.

Su ordenanza tiene una particularidad: la rebaja para la familia no es un porcentaje fijo, sino una escala que va bajando por tramos. Y alcanza también a las parejas de hecho inscritas.

Datos revisados en octubre de 2026. Se aplica la ordenanza vigente el día del fallecimiento, que puede cambiar; el profesional lo confirma con vuestro caso.

Qué es este impuesto

La plusvalía grava lo que ha ganado de valor el suelo de un inmueble urbano desde que el fallecido lo adquirió hasta su muerte.

La pagan los herederos que reciben el inmueble, cada uno por su parte. No tiene nada que ver con que la vivienda se venda o no después.

Autoliquidación ante el Ayuntamiento

San Bartolomé de Tirajana exige el impuesto en régimen de autoliquidación. Los herederos presentan ante el Ayuntamiento una declaración-liquidación con el modelo municipal y, a la vez, ingresan la cuota.

Esa autoliquidación vale como liquidación provisional. El Ayuntamiento puede comprobar después que se aplicaron bien las normas y corregirla si no es así.

Con ella se acompañan los documentos de la herencia que originan el impuesto.

Tipo y bonificación por tramos

El tipo de gravamen es del 24%.

La ordenanza dice que «se concederá una bonificación» en las transmisiones por causa de muerte. Es para las hechas a favor de «los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes, así como a las parejas de hecho debidamente inscritas».

El porcentaje depende del importe, según esta escala de la ordenanza:

  • Hasta 1.265,13 euros: 90%.
  • De 1.265,14 a 2.794,71 euros: 80%.
  • De 2.794,71 a 4.591,73 euros: 70%.
  • De 4.591,74 a 6.653,20 euros: 60%.
  • De 6.653,21 a 8.985,13 euros: 50%.
  • De 8.985,14 a 22.610,08 euros: 40%.
  • De 22.610,08 a 79.069,15 euros: 30%.
  • De 79.069,16 a 120.202,42 euros: 20%.
  • Más de 120.202,42 euros: sin bonificación.

Dos avisos de prudencia. El texto no dice expresamente a qué importe se refieren los tramos; parece la cuota del impuesto, pero lo confirma el profesional. Y la cifra de 2.794,71 euros aparece en dos tramos, lo que parece una errata.

La ordenanza no exige que sea la vivienda habitual ni que se conserve el inmueble unos años. Más sobre estas rebajas en la bonificación de la plusvalía en herencias.

Los coeficientes

La base del método objetivo se calcula con unos coeficientes cuyo máximo fija la ley estatal. Ese máximo ha cambiado varias veces en 2026.

La ordenanza se remite a los que estén vigentes, así que el profesional comprueba cuáles tocan según la fecha del fallecimiento. Lo explicamos en cómo se calcula la plusvalía en una herencia.

El plazo y la prórroga

Hay seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año.

La prórroga se pide antes de que venza el plazo y se entiende concedida sin respuesta expresa. A la solicitud se unen el certificado de defunción, el testamento y la relación de herederos con sus datos.

Si no os da tiempo a reunir la escritura de herencia, pedirla a tiempo evita presentar fuera de plazo. Más en el plazo de la plusvalía en una herencia.

Cuando no hubo ganancia

Si el suelo valía menos al morir el titular que cuando lo adquirió, no hay incremento y no se paga.

En San Bartolomé hay que demostrarlo: se presenta la autoliquidación sin ingreso, declarando la transmisión y aportando los títulos de adquisición y de transmisión.

Y si la ganancia real es menor que la del método objetivo, se puede tributar por la real. Lo vemos en plusvalía de una casa que ha perdido valor.

Usufructo del viudo

Cuando el cónyuge que sobrevive, no separado, recibe el usufructo y los hijos la nuda propiedad, cada uno tributa por el valor de su derecho. El profesional calcula cómo se aplica la bonificación a cada uno.

Junto al impuesto de sucesiones

El impuesto de sucesiones se presenta ante la Agencia Tributaria Canaria, con los modelos 660 y 650, en seis meses. En Canarias hijos, cónyuge, padres, hermanos y sobrinos tienen una bonificación del 99,9 % en la cuota.

Como la documentación es casi la misma, tiene sentido preparar los dos impuestos a la vez. Lo resumimos en impuesto de sucesiones en Canarias.

Juzgado, Registros y notarías del municipio están en abogados de herencias en San Bartolomé de Tirajana. La guía general es plusvalía municipal en herencias.

Conviene aclararlo: no tenemos oficina en Maspalomas ni en San Bartolomé de Tirajana. Te ponemos en contacto con un abogado o gestor colaborador, que trabaja a distancia o en su despacho y te explica sus honorarios antes de empezar.

Preguntas frecuentes

¿La pareja de hecho tiene bonificación?

La ordenanza la incluye expresamente si está «debidamente inscrita».

Heredamos un apartamento turístico en Playa del Inglés. ¿Hay rebaja?

El artículo de la bonificación no distingue por el uso ni exige vivienda habitual. Se aplica la escala por tramos y el profesional calcula el porcentaje.

¿Por qué la rebaja puede ser cero?

Porque la escala termina en «más de 120.202,42 euros», sin bonificación.

¿Podemos pagar más tarde y pedir la rebaja después?

Lo prudente es presentar la autoliquidación en plazo, con la bonificación ya aplicada y los documentos que la justifican.

Si os ha tocado una herencia con inmuebles en el sur de Gran Canaria, escribidnos y os ayudamos a ordenar el primer paso.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido