Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía municipal al heredar en Ingenio: tipo del 15 % y rebaja para la familia

Heredar un piso en Carrizal o una casa en el casco de Ingenio trae, además del impuesto de sucesiones, un trámite con el Ayuntamiento: la plusvalía municipal.

La buena noticia es que la ordenanza de Ingenio fija un tipo bajo, del 15 %. Y para la familia directa prevé una rebaja importante.

Datos revisados en octubre de 2026. Las ordenanzas fiscales se pueden modificar cada año. El profesional que lleve tu caso comprueba la versión que se aplica a la fecha del fallecimiento.

Qué grava y quién la paga

La plusvalía municipal mide lo que ha subido el valor del suelo urbano desde que el fallecido adquirió el inmueble. Como mucho se tienen en cuenta veinte años.

Al heredar, la pagan los herederos que reciben el inmueble, cada uno por su parte. No hace falta vender: el impuesto nace con el fallecimiento.

Si el terreno es rústico a efectos del catastro, no hay plusvalía municipal.

La ordenanza que se aplica en Ingenio

Es la ordenanza IP-2, con el texto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas de 22 de abril de 2024. El Ayuntamiento la mantiene como vigente en su carpeta de ordenanzas de 2026.

El tipo de gravamen es del 15 %, único para cualquier número de años. Se aplica sobre la base del impuesto, que sale del valor catastral del suelo.

Para esa base, la ordenanza se remite a los coeficientes máximos que fija la ley estatal. Ese máximo ha cambiado varias veces a lo largo de 2026. El profesional comprueba cuál toca según la fecha del fallecimiento.

Si quieres ver el cálculo con calma, lo explicamos en cómo se calcula la plusvalía en una herencia.

La bonificación: hasta el 95 %

El artículo 18 de la ordenanza recoge una bonificación «de hasta el 95% de la cuota íntegra». Se aplica a las transmisiones por causa de muerte «a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes».

Copiamos las palabras de la ordenanza porque son las que cuentan. Fíjate en dos cosas.

  • No exige que sea la vivienda habitual, ni convivencia, ni un valor catastral máximo.
  • Tampoco obliga a conservar el inmueble un número de años.

Hay un matiz. El texto dice «de hasta», y no explica cómo se gradúa ni si hay que pedirla. Por prudencia, el profesional confirma con el Ayuntamiento el porcentaje que aplica en tu caso.

Hermanos y sobrinos no aparecen en la lista del artículo 18; el profesional revisa tu caso. Más detalle general en la bonificación de la plusvalía en herencias.

Plazo y forma de presentarla

Tienes seis meses desde el fallecimiento. Se pueden ampliar hasta un año, pero la prórroga hay que pedirla dentro de esos primeros seis meses.

La ordenanza pide presentar ante el Ayuntamiento la declaración en el modelo oficial, con el documento que origina el impuesto. Y establece el sistema de autoliquidación: el heredero calcula e ingresa la cuota en el mismo plazo.

Después, el Ayuntamiento revisa esas autoliquidaciones y puede corregirlas si encuentra un error. Por eso conviene presentarla bien desde el principio.

Tu Herencia Directa no tiene oficina en Ingenio, y tampoco hace falta que vayas a ninguna. El abogado o gestor colaborador puede preparar los papeles y presentarlos por ti.

Cuando la casa no ha ganado valor

Si el inmueble valía lo mismo o menos al fallecer que cuando se compró, no hay incremento y no se paga. Hay que demostrarlo con la escritura de compra y con el valor declarado en la herencia.

Y si la ganancia real es menor que la que sale con los coeficientes, se puede tributar por la real. Se elige el cálculo que salga mejor. Lo contamos en plusvalía de una casa que ha perdido valor.

Viudo con usufructo

Es frecuente que el cónyuge viudo reciba el usufructo y los hijos la nuda propiedad, siempre que no estuvieran separados. Cada uno tributa por el valor de su derecho.

Cónyuge e hijos entran en la bonificación de Ingenio. Aun así, el reparto se revisa antes de firmar.

Mejor junto con el impuesto de sucesiones

El impuesto de sucesiones va a la Agencia Tributaria Canaria, también con seis meses de plazo. Comparte casi todos los papeles con la plusvalía: escritura, valores, certificados.

En Canarias, la ley prevé una bonificación del 99,9 % en la cuota de sucesiones para los grupos de parentesco I, II y III. El detalle está en impuesto de sucesiones en Canarias.

Para el resto de trámites de la herencia en el municipio, consulta abogados de herencias en Ingenio. La explicación general del impuesto está en plusvalía municipal por herencia.

No somos un despacho: te ponemos en contacto con un profesional colaborador, que te explica sus honorarios antes de empezar.

Preguntas frecuentes

¿Pierdo la rebaja si vendo la casa heredada en Ingenio?

La ordenanza no pide mantener el inmueble. La venta, eso sí, genera su propia plusvalía, que paga quien vende.

¿Por qué decís que la bonificación es «de hasta» el 95 %?

Porque así lo escribe la ordenanza. El profesional confirma con el Ayuntamiento el porcentaje que se aplica a tu herencia.

¿Tengo que ir al Ayuntamiento en persona?

No necesariamente. El profesional colaborador puede presentar la declaración y la autoliquidación en tu nombre.

¿Qué pasa si se me pasan los seis meses?

Presentarla tarde suele traer recargos. Si aún estás dentro del plazo, pide la prórroga cuanto antes.

Si estás con una herencia que incluye una vivienda en Ingenio, cuéntanos tu caso y vemos juntos el primer paso.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido