Pineda de Mar: plusvalía al 25% y una rebaja por herencia que depende de los metros del terreno
La plusvalía municipal aparece en casi todas las herencias con un piso, una casa o un local en Pineda de Mar.
Grava el aumento de valor del suelo durante los años en que el fallecido fue propietario, y la pagan los herederos.
Pineda tiene dos rasgos propios: un tipo por debajo del máximo que permite la ley y una rebaja que se mide por metros cuadrados.
La ordenanza aplicable
Es la Ordenança fiscal núm. 4. Su último texto completo se publicó en el Butlletí Oficial de la Província de Barcelona en diciembre de 2024 y rige desde el 1 de enero de 2025.
La modificación de ordenanzas para 2026 no la tocó. Si la muerte fue en 2024 o antes, regía un texto anterior con alguna diferencia en la bonificación, y el profesional lo revisa.
Para 2027 el Ayuntamiento ya ha aprobado inicialmente cambios que incluyen esta ordenanza. Por eso es clave la fecha de la muerte: manda la versión vigente ese día.
Cómo se tramita
La regla general es la autoliquidación, con el modelo del Ayuntamiento y una por cada finca.
Si la gestión está delegada en la Diputació, la ordenanza prevé que el ORGT habilite la presentación por internet.
Lo que se presenta puede ser comprobado después por la Administración, que puede corregirlo.
Tu Herencia Directa no tiene oficina en Pineda de Mar. El profesional colaborador puede ocuparse del trámite contigo sin que tengas que desplazarte.
Plazo
Seis meses desde el fallecimiento, con posible prórroga hasta un año.
La prórroga se pide dentro de los seis primeros meses y se entiende concedida si no hay respuesta en un mes. Más en el plazo de la plusvalía en una herencia.
Tipo de gravamen
Pineda de Mar aplica un 25,00% sobre la base.
La base se calcula con el valor catastral del suelo y unos coeficientes por años de tenencia. Su máximo lo marca la ley, que lo ha modificado varias veces en 2026; el profesional comprueba el aplicable a la fecha de la muerte.
La bonificación por metros
La ordenanza bonifica la herencia «a favor dels fills i adoptats, el cònjuges, els pares i adoptants».
El porcentaje depende de la «Superfície del terreny transmès»:
- Inferior a 200 m2: 95%.
- Entre 200 m2 y 300 m2: 75%.
- Entre 300 m2 y 400 m2: 50%.
- Entre 400 m2 y 500 m2: 25%.
- Superior a 500 m2: 10%.
Se aplica en dos casos. El primero, si es la vivienda habitual del difunto, que el texto relaciona con el lugar donde estaba empadronado. El segundo, si es el inmueble de una actividad económica que el heredero continúa a su nombre.
Otros requisitos que fija el texto:
- La vivienda, un trastero y hasta una plaza de aparcamiento cuentan juntos si están en el mismo edificio o complejo.
- No se pierde el carácter de habitual si la baja del padrón fue por causas de salud del causante acreditadas.
- El inmueble no podía estar cedido, total o parcialmente, a terceros el día de la muerte.
- El heredero debe mantener la propiedad o el derecho tres años, salvo que muera en ese plazo. Si deja de tenerlo antes (por ejemplo, porque lo vende), paga lo bonificado con intereses de demora en el mes siguiente a esa transmisión.
- Se pide con la documentación, dentro del plazo de presentación.
La expresión «terreny transmès» admite dudas cuando se hereda un piso en un edificio. El profesional revisa cómo se mide en tu caso.
Más ejemplos en la bonificación de la plusvalía en herencias.
Si piensas vender pronto
El compromiso de mantener el inmueble tres años es importante. Si la idea es vender el piso heredado, conviene hacer números antes de pedir la rebaja.
Lo explicamos en heredar y vender: qué pasa con la plusvalía.
Sin ganancia no hay impuesto
Si el suelo no ha subido de valor, no hay incremento que gravar. Hay que poder demostrarlo con los valores de adquisición y de transmisión.
Si la ganancia real es menor que la que sale con los coeficientes, la ley permite tributar por la real.
Usufructo del viudo y sucesiones
Cuando el viudo recibe el usufructo y los hijos la nuda propiedad, la plusvalía se reparte entre ellos según el valor de cada derecho.
El impuesto de sucesiones se presenta aparte ante la Agència Tributària de Catalunya. A Pineda le corresponde su oficina territorial de Mataró.
Coordinar ambos impuestos ayuda a no duplicar valoraciones. Tienes el resumen en impuesto de sucesiones en Cataluña.
Para el conjunto de la herencia, mira abogados de herencias en Pineda de Mar y la guía de plusvalía municipal por herencia.
Datos revisados en octubre de 2026. Las ordenanzas fiscales se revisan cada año, y el profesional confirma con tu caso la versión que se aplica.
Preguntas frecuentes
¿La pareja de hecho tiene derecho a la rebaja?
El texto que rige desde enero de 2025 nombra a hijos, cónyuges y padres, y ya no menciona a las parejas de hecho, que sí aparecían en la versión anterior. El profesional revisa vuestro caso antes de autoliquidar.
¿Y si heredo el local donde mi padre tenía su negocio?
Puede bonificarse si sigues con la actividad a tu nombre y cumples el resto de condiciones.
¿Cambiará la ordenanza en 2027?
Hay una modificación en marcha. Para muertes de 2026 se aplica, en principio, el texto actual.
Cuéntanos qué inmuebles hay en la herencia de Pineda de Mar. Te ayudamos a ver el primer paso y a encontrar al profesional que lo lleve.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido