Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía al heredar en San Vicente del Raspeig: 25 %, 50 % o 95 % de bonificación

En San Vicente del Raspeig, la plusvalía de una herencia tiene una rebaja para la familia en cualquier inmueble, y mayor si se trata de la vivienda del fallecido.

La plusvalía municipal grava la subida de valor del suelo urbano. En las herencias la pagan los herederos que reciben el inmueble.

Aquí te explicamos quién la gestiona, el plazo, el tipo y los tres escalones de la bonificación.

Datos revisados en octubre de 2026. Las ordenanzas pueden cambiar; el profesional que lleve tu caso confirma la versión aplicable.

Ordenanza aplicable

Es una ordenanza nueva, publicada definitivamente en el BOP de Alicante el 10 de marzo de 2022. Sustituyó por completo a la anterior.

No consta ninguna modificación posterior. Para un fallecimiento anterior a esa fecha, podría regir el texto antiguo.

Quién la gestiona

En San Vicente del Raspeig la plusvalía la lleva Suma Gestión Tributaria, el organismo de la Diputación de Alicante.

Es un sistema de declaración: entregas los datos con el documento de la herencia, y Suma practica la liquidación.

Se presenta por la sede electrónica de Suma, en sus oficinas o por correo.

Tu Herencia Directa no tiene oficina en San Vicente. Si lo autorizas, el profesional colaborador puede presentar la declaración por ti.

Plazo

La ordenanza no fija plazo propio y remite a la ley: seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si se pide. Suma indica lo mismo.

Más en plazo de la plusvalía en una herencia.

Tipo y coeficientes

El tipo es del 28 %.

Para la base, la ordenanza aplica «el coeficiente máximo autorizado» por la ley. Ese máximo ha cambiado varias veces en 2026, así que el profesional comprueba el de la fecha del fallecimiento.

Lo explicamos en cómo se calcula la plusvalía de una herencia.

Bonificación en tres escalones

Se aplica a las herencias «a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes». Se equipara al cónyuge la pareja inscrita en el Registro de Uniones de Hecho que convivía con el fallecido.

  • 25 % de la cuota, como regla general, en cualquier inmueble heredado por esos parientes.
  • 50 % si el bien es la vivienda habitual del causante al fallecer. Además, su valor catastral del suelo debe ser «superior a 6.000 € e inferior o igual a 18.000 €».
  • 95 % si, además de ser la vivienda habitual, «tenga un valor inferior o igual a 6.000 €».

La vivienda habitual se acredita con el certificado de empadronamiento.

Fíjate en un detalle: para el 95 % el texto dice solo «un valor». Por el contexto parece el mismo valor catastral del suelo, pero lo confirma el profesional.

Si la vivienda habitual supera los 18.000 euros de valor del suelo, el texto no le asigna un escalón propio. El profesional revisa qué porcentaje aplica Suma.

Más sobre estas rebajas en bonificación de la plusvalía en herencias.

Si no hubo ganancia

Cuando el suelo no ha subido de valor, no hay impuesto. Hay que acreditarlo con las escrituras de compra y la valoración de la herencia.

Y si la ganancia real es menor que la objetiva, se tributa por la real. Suma advierte que ese sistema solo se aplica si se elige en la declaración y se presenta en plazo.

Te lo contamos en plusvalía si la casa ha perdido valor.

Usufructo del viudo

El cónyuge no separado que recibe el usufructo también tributa por ese derecho. La bonificación alcanza la constitución de derechos reales de goce.

Sucesiones y Registro

Si el fallecido vivía en San Vicente, el buscador oficial asigna el impuesto de sucesiones a la Delegación de la Agència Tributària Valenciana en Alicante, para presentarlo en persona.

En la Comunitat Valenciana, descendientes, cónyuge y ascendientes tienen una bonificación del 99 % de la cuota en lo que corresponde a los bienes declarados. Lo tienes en impuesto de sucesiones en la Comunitat Valenciana.

El Registro de la Propiedad no inscribe la herencia sin la declaración de plusvalía. El resto de trámites locales está en herencias en San Vicente del Raspeig, y la guía general en plusvalía municipal por herencia.

Preguntas frecuentes

Heredo un garaje que no es la vivienda, ¿tiene rebaja?

El 25 % se aplica a las herencias de esos parientes sin limitarlo a la vivienda. El profesional lo confirma al declarar.

¿Dónde veo el valor catastral del suelo?

En el recibo del IBI o en la certificación catastral. Ese dato decide si toca el 50 % o el 95 %.

¿La bonificación se aplica sola?

La ordenanza remite a las normas de Suma. Lo prudente es pedirla en la declaración, con el padrón y el parentesco.

Si has heredado en San Vicente del Raspeig y quieres revisar la plusvalía, cuéntanos tu caso. Te ponemos en contacto con un profesional.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido