Plusvalía de una herencia en El Campello: la ordenanza cambió en abril de 2026
En El Campello la plusvalía municipal de las herencias cambió hace poco. La nueva ordenanza entró en vigor el 3 de abril de 2026 y modificó el tipo y la bonificación.
Es un impuesto sobre la subida de valor del suelo urbano y lo pagan los herederos que reciben el inmueble. Antes de calcular nada, hay que saber qué versión toca.
Datos revisados en octubre de 2026. Las ordenanzas cambian y se aplica la que estaba vigente el día del fallecimiento. El profesional que lleve tu caso lo confirma.
Qué versión se aplica
El impuesto se devenga en la fecha del fallecimiento. Por eso la fecha decide la ordenanza:
- Fallecimientos desde el 3 de abril de 2026: tipo del 30 % y bonificación del 95 % solo para la vivienda habitual.
- Fallecimientos anteriores, desde mayo de 2022: tipo del 15 % y bonificación del 75 % para descendientes, cónyuges y ascendientes, sin exigir vivienda habitual.
Si el fallecimiento fue antes de abril de 2026 y aún no se ha declarado, el profesional revisa con cuidado qué texto aplicar.
Quién gestiona el impuesto
La gestión, la inspección y el cobro los lleva Suma Gestión Tributaria, de la Diputación de Alicante, que tiene oficina de atención en el municipio.
El sistema es de declaración: los herederos la presentan ante Suma y Suma practica la liquidación. Puede comprobar los datos y corregirlos si no cuadran.
Tu Herencia Directa no tiene oficina en El Campello. El profesional colaborador puede presentar la declaración en tu nombre.
Plazo
La ordenanza remite al plazo de la ley: seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si se pide.
Más detalle en plazo de la plusvalía en una herencia.
La bonificación de 2026, palabra por palabra
El artículo 8 da un 95 % de bonificación en las herencias «a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes».
Añade una precisión. Por descendiente o ascendiente se entiende «exclusivamente» a quien tiene «un vínculo de parentesco por consanguinidad de un grado en línea recta».
Y pone un requisito. El inmueble «habrá sido la vivienda habitual del causante hasta la fecha de devengo del impuesto y, al menos, durante dos años». Se acredita con el certificado de empadronamiento.
Hay una excepción. Cuenta como vivienda habitual la última si después el padrón pasó «a un centro asistencial de personas mayores o al domicilio de la persona de cuyos cuidados depende». También si lo exigió la Ley de Dependencia.
Ojo con una posible errata: el texto dice «la última en que moró el causahabiente», cuando por sentido parece referirse al fallecido. Si tu caso depende de esto, el profesional lo aclara con Suma.
Más en bonificación de la plusvalía en herencias.
Cálculo y coeficientes
El tipo se aplica sobre una base calculada con el valor catastral del suelo y un coeficiente por años de tenencia. Esos coeficientes tienen un máximo legal que ha cambiado varias veces en 2026.
El profesional comprueba el aplicable a tu fecha. Lo explicamos en cómo se calcula la plusvalía de una herencia.
Elegir el cálculo real
Si el suelo no ganó valor, no hay impuesto. Hay que declararlo en plazo con el título de adquisición y, en herencias, con la declaración de sucesiones.
Si la ganancia real es menor que la objetiva, también se puede pagar por la real. Pero la ordenanza exige «elegir este sistema de cálculo en la declaración» y presentarla en plazo con la documentación.
Más en plusvalía si la casa ha perdido valor.
Usufructo del cónyuge
La bonificación cubre también la constitución de derechos reales de goce. El viudo no separado que recibe el usufructo de la vivienda habitual puede tenerla, con los mismos requisitos.
Junto con sucesiones
La declaración de sucesiones se usa en la plusvalía, así que ambos impuestos deben ir coordinados. En la Comunitat Valenciana, hijos, nietos, cónyuge, padres y demás descendientes o ascendientes tienen en sucesiones una bonificación del 99 % de la cuota de los bienes declarados.
Más en impuesto de sucesiones en la Comunitat Valenciana. Registro, notarías y juzgado de la zona están en herencias en El Campello, y la guía general en plusvalía municipal por herencia.
Preguntas frecuentes
Heredo de mi abuela. ¿Tengo el 95 %?
El texto de 2026 limita descendientes y ascendientes a un grado de consanguinidad en línea recta. El profesional lo revisa con Suma antes de declarar.
Mi padre murió en 2025 y aún no hemos declarado. ¿Qué ordenanza se aplica?
En principio la vigente en la fecha del fallecimiento, es decir, la de 2022. El profesional lo confirma con tu caso.
Mi madre vivía en una residencia. ¿Pierdo la bonificación?
No necesariamente. La ordenanza prevé ese caso si se empadronó en un centro asistencial de mayores.
Si has heredado en El Campello, cuéntanos tu caso y te ponemos en contacto con un profesional que aplique la versión correcta de la ordenanza.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido