Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía al heredar en Alcorcón: autoliquidación y una bonificación con lista cerrada de herederos

La plusvalía municipal es el impuesto que el Ayuntamiento de Alcorcón cobra cuando un inmueble urbano cambia de dueño, también por herencia.

Grava la revalorización del suelo durante los años en que perteneció al fallecido, y la pagan los herederos que lo reciben.

Datos revisados en octubre de 2026. Alcorcón cambió la forma de gestionarla en 2025, y la ordenanza que publica como vigente para 2026 es la misma. Se aplica la versión en vigor el día del fallecimiento, y el profesional lo comprueba con tu caso.

De la declaración a la autoliquidación

Hasta 2024, en Alcorcón se presentaba una declaración y el Ayuntamiento liquidaba. A partir de 2025 los herederos presentan una declaración autoliquidación en el modelo municipal y pagan a la vez la cuota.

Lo ingresado es provisional mientras el Ayuntamiento no compruebe que se ha aplicado bien la ordenanza. Si no es así, puede corregirlo.

Cuando el caso es complicado, la ordenanza permite pedir una autoliquidación asistida por el personal municipal, con cita previa en la Oficina de Atención Tributaria.

Esa es una oficina del Ayuntamiento. Nosotros no tenemos oficina en Alcorcón: el profesional colaborador puede preparar la autoliquidación contigo a distancia.

Plazo y prórroga

Para las herencias, seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año.

Basta con pedir la prórroga dentro de los seis meses y adjuntar copia del certificado de defunción. La mera solicitud implica su concesión automática.

Más información en el plazo de la plusvalía en una herencia.

Tipos

La escala de Alcorcón baja con los años de propiedad:

  • 30 % con menos de un año y de uno hasta cinco años.
  • 29 % de seis hasta diez años.
  • 28 % de once hasta quince años.
  • 27 % de dieciséis hasta veinte años.

La ordenanza incluye un cuadro de coeficientes y aplica el legal si una ley lo rebaja. Como los máximos han cambiado varias veces en 2026, no damos cifras: el profesional comprueba los de la fecha del fallecimiento.

Quién tiene la bonificación del 95 %

Alcorcón bonifica un 95 % la herencia de la vivienda habitual del causante, pero solo para los herederos que la ordenanza enumera:

  • «Cónyuge». Se equipara la pareja inscrita en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid.
  • «Descendientes, por naturaleza o adopción, menores de 25 años».
  • «Descendientes incapacitados judicialmente».
  • «Descendientes discapacitados con una minusvalía superior al 65 % y con rentas anuales inferiores a 8.000 €».

Además, esos herederos deben figurar empadronados en el inmueble con una antigüedad mínima de dos años. Y no se puede transmitir el inmueble en los cuatro años siguientes.

No se pierde si el fallecido o el heredero estaba empadronado en una residencia de mayores y esa era su última vivienda habitual.

Dos matices más del texto: la bonificación «se aplicará de oficio» y «solo se aplicará sobre la cuota de legítima que por ley corresponda a cada heredero».

Los locales donde el fallecido ejercía su negocio tienen también un 95 % para descendientes y cónyuge, si mantienen el local y la actividad cuatro años.

Si en tu familia hay herederos que no aparecen en esa lista, el profesional revisa con el Ayuntamiento cómo se aplica. Lo explicamos en la bonificación de la plusvalía en herencias.

Cuando no hubo ganancia

Si el suelo no se ha revalorizado, no hay impuesto. Si la ganancia real es menor que la calculada por el método objetivo, puedes optar por la real.

Para ello se aportan la escritura de la herencia y la de adquisición del fallecido. Te lo contamos en qué pasa si la casa ha perdido valor.

El Ayuntamiento ofrece además una calculadora de plusvalía para 2026, con dos versiones según la fecha del fallecimiento.

El usufructo del viudo

Si el cónyuge recibe el usufructo, tributa por su valor y los hijos por la nuda propiedad. La lista de beneficiarios incluye al cónyuge, con el requisito del empadronamiento.

Con el impuesto de sucesiones

Quien vivía en Alcorcón presenta sucesiones ante la Comunidad de Madrid, cuya oficina liquidadora de Alcorcón atiende el municipio. Los plazos son paralelos y los valores deben coincidir.

Lo explicamos en sucesiones en la Comunidad de Madrid. Los demás trámites están en abogados de herencias en Alcorcón, y el marco general en plusvalía municipal por herencia.

Preguntas frecuentes

¿Tiene rebaja un hijo mayor de 25 años en Alcorcón?

La lista de la ordenanza solo menciona a descendientes menores de 25 años, incapacitados judicialmente o con discapacidad superior al 65 % y rentas bajas. El profesional lo comprueba con el Ayuntamiento.

¿Y los padres del fallecido?

La lista de la ordenanza para la vivienda habitual no los menciona. El profesional lo confirma con el Ayuntamiento antes de autoliquidar.

¿Hay que pedir la bonificación?

La ordenanza dice que se aplica de oficio, pero conviene acreditar el empadronamiento al autoliquidar.

Cuéntanos quiénes heredáis y quién vivía en la casa. Te ayudamos a ver si encaja la rebaja y a dar el primer paso.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido