Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía de una herencia en Collado Villalba: 40 % de bonificación para la vivienda habitual

Heredar una vivienda en Collado Villalba supone, casi siempre, pasar por la plusvalía municipal. El Ayuntamiento aplica el tipo máximo legal y una bonificación parcial, centrada en la vivienda habitual del fallecido.

Conviene saber qué exige la ordenanza para no perder esa rebaja por no pedirla o por vender demasiado pronto.

Datos revisados en octubre de 2026. Las ordenanzas fiscales pueden cambiar; el profesional que lleve tu caso confirma el texto vigente en la fecha del fallecimiento.

Un impuesto sobre el suelo

La plusvalía grava el aumento de valor del suelo urbano desde que el fallecido adquirió el inmueble. En una herencia la pagan los herederos, según la parte de cada uno.

Cómo se presenta en Villalba

La ordenanza, aprobada en 2022 tras la reforma estatal, prevé que los herederos presenten una declaración y que el Ayuntamiento practique la liquidación. También permite autoliquidar por el método objetivo.

En la sede electrónica municipal hay un trámite propio para la plusvalía «mortis causa».

Con la declaración se aporta el DNI, la copia simple del documento de la herencia y el último recibo del IBI. También el escrito o justificante del impuesto de sucesiones.

Tu Herencia Directa no tiene oficina en Collado Villalba. El profesional colaborador puede hacer el trámite en tu nombre.

Plazo

Tienes seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año a solicitud de los herederos.

Te lo detallamos en el plazo de la plusvalía en una herencia.

Tipo y coeficientes

El tipo de gravamen es del 30 %. La base parte del valor catastral del suelo, multiplicado por un coeficiente según los años de tenencia.

La ordenanza remite a los coeficientes del artículo 107.4 de la ley estatal, que en 2026 han cambiado varias veces. El profesional comprueba los vigentes en la fecha del fallecimiento.

Lo explicamos en cómo se calcula la plusvalía de una herencia.

La bonificación del 40 %

La ordenanza dice que «las transmisiones por causa de muerte referentes a la vivienda habitual del causante disfrutarán de una bonificación del 40 por ciento de la cuota del Impuesto».

Se aplica «siempre que los adquirentes sean los descendientes o ascendientes en primer grado, por naturaleza o adopción, el cónyuge o la pareja de hecho».

Cómo se acredita:

  • El parentesco, con el Libro de Familia.
  • La pareja de hecho, con certificado del Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid.
  • La vivienda habitual, con el padrón: es aquella en que figure empadronado el fallecido. Si por edad o salud vivía en una residencia, un centro de cuidados o con un familiar por acogimiento, cuenta la vivienda anterior.

Hay un requisito más, del que la ordenanza exceptúa a los descendientes. En los demás casos, «el adquirente debe haber convivido con el causante durante los dos años anteriores al fallecimiento».

Esos mismos adquirentes deben mantener la vivienda cinco años, salvo que fallezcan antes. Si no, se paga lo bonificado con intereses de demora.

La bonificación es rogada: se pide al presentar la declaración, dentro del plazo. Más en bonificación de la plusvalía en herencias.

Si no hubo ganancia

Si el suelo no ganó valor entre la compra y el fallecimiento, no hay impuesto. Y si la ganancia real es menor que la calculada con coeficientes, se paga por la real.

Ver plusvalía si la casa ha perdido valor.

Usufructo del viudo

El cónyuge viudo no separado que recibe el usufructo de la vivienda también tributa por ese derecho. El profesional revisa cómo se aplica la bonificación en ese caso y los requisitos de convivencia.

Coordinar con sucesiones

En la Comunidad de Madrid, descendientes, cónyuge y ascendientes tienen un 99 % de bonificación en el impuesto de sucesiones. Te lo contamos en impuesto de sucesiones en Madrid.

La plusvalía de Villalba pide la documentación de sucesiones, así que tramitar ambos a la vez ahorra pasos. Los trámites locales están en herencias en Collado Villalba y la guía general en plusvalía municipal por herencia.

Preguntas frecuentes

¿Los hijos tienen que haber vivido con su padre o su madre?

No. La ordenanza exceptúa a los descendientes del requisito de convivencia de dos años.

¿Hay bonificación por una segunda residencia en la sierra?

La de esta ordenanza se refiere a la vivienda habitual del fallecido. Para otros inmuebles, el profesional revisa tu caso.

¿Qué pasa si no pido la bonificación?

Es rogada, así que hay que solicitarla al presentar la declaración en plazo.

Si has heredado en Collado Villalba, cuéntanos tu caso y te ponemos en contacto con un profesional que revise la plusvalía y la bonificación.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido