¿Puedo vender mi parte de la herencia sin permiso de mis hermanos?
Sí, puedes vender tu parte de la herencia sin pedir permiso a tus hermanos. Lo que no puedes es vender por tu cuenta un bien concreto, como el piso de tus padres. Y hay un detalle importante: si vendes a un extraño, tus hermanos pueden quedarse con esa venta pagando el mismo precio.
Es una salida que se plantea cuando la herencia lleva tiempo bloqueada y alguien quiere pasar página. Conviene entender bien qué se vende y qué no.
Qué es exactamente «tu parte»
Mientras la herencia no se reparte, ningún heredero es dueño de un bien concreto. Todos sois dueños, en conjunto, de todo. Lo que tienes es un porcentaje sobre el total: un tercio, un cuarto, la mitad.
Ese derecho sobre el conjunto se llama cuota hereditaria. Y eso es lo que puedes vender. El comprador ocupa tu lugar en la herencia: participará en el reparto y recibirá lo que te habría tocado a ti.
Lo que no puedes hacer
- Vender el piso entero. Para eso necesitas la firma de todos los herederos.
- Vender «tu mitad del piso» antes del reparto. Hasta que no se reparte, nadie sabe qué bienes te tocarán.
- Alquilar la vivienda heredada a tu nombre sin contar con los demás.
El derecho de tus hermanos a quedarse con la venta
Si vendes tu cuota a alguien que no es heredero, los demás herederos pueden recuperarla. Para ello deben pagar al comprador el mismo precio y los gastos de la compra. Esto se llama derecho de retracto.
Tienen un mes para ejercerlo desde que se les comunica la venta. La ley lo pone así para que un extraño no entre en una herencia familiar sin que los herederos puedan evitarlo.
En la práctica, conviene ofrecer primero la venta a tus propios hermanos. Así evitas que la venta a un tercero se deshaga después.
Lo que debes saber antes de vender
- Al vender, aceptas la herencia. Vender tu cuota supone aceptar. Si hubiera deudas, respondes de ellas. Revisa antes si la herencia tiene cargas, sobre todo si hay deudas.
- El precio suele ser menor. Quien compra una cuota compra también el conflicto familiar. Por eso suele pagar menos de lo que valdría tu parte una vez repartida.
- Hay que hacerlo ante notario. La venta se formaliza en escritura pública.
- Tiene impuestos. Además del impuesto de sucesiones por heredar, la venta puede tributar en tu declaración de la renta. El profesional te lo calcula antes de firmar.
- El impuesto de sucesiones sigue siendo tuyo. Vender la cuota no te libra de pagar lo que te corresponde por haber heredado.
Otras salidas que conviene comparar
Vender tu cuota no siempre es la mejor opción. Antes de hacerlo, merece la pena valorar estas alternativas:
- Pedir a un notario que obligue a decidir al heredero que no contesta. Lo explicamos en heredero que no acepta ni renuncia.
- Solicitar un contador-partidor que haga el reparto aunque no firmen todos.
- Si ya se ha repartido y la casa ha quedado a medias, pedir la extinción del condominio.
- Acordar con tus hermanos la venta de la vivienda heredada y repartir el dinero.
Qué hacer ahora
- Calcula, aunque sea a grandes rasgos, qué porcentaje de la herencia te corresponde.
- Averigua si hay deudas o hipotecas pendientes.
- Ofrece primero la compra a tus hermanos, por escrito.
- Si no les interesa, compara ofertas y pide asesoramiento sobre los impuestos.
- Formaliza la venta ante notario y comunícala a los demás herederos.
Preguntas frecuentes
¿Necesito la firma de mis hermanos para vender mi cuota?
No. Pero conviene comunicarles la venta, porque tienen derecho a quedarse con ella al mismo precio.
¿Y si ya se ha repartido y la casa está a nombre de todos?
Entonces ya no vendes una cuota de herencia, sino tu porcentaje de la casa. Si lo vendes a alguien de fuera, tus hermanos, como copropietarios, también pueden quedarse con esa venta pagando el mismo precio.
¿Puedo regalar mi parte a un hermano?
Sí. Tiene sus propias consecuencias fiscales y legales, distintas de una renuncia. Conviene estudiarlo antes con un profesional.
Si estás pensando en vender tu parte porque tu hermano no firma, mira antes qué pasa si un hermano se niega a firmar la herencia.
Cuéntanos cómo está tu herencia y qué te gustaría hacer con tu parte. Te ayudamos a ordenar las opciones y te ponemos en contacto con un abogado que las estudie contigo.
Otras dudas que te pueden servir
- Heredero con demencia que no puede firmar
- Heredero con deudas que no acepta la herencia
- Herencia con un heredero menor de edad
- Heredero que no aparece o no está localizable
- Un heredero no quiere pagar los gastos de la herencia
- Herencia sin repartir durante años
- Qué pasa si el heredero no contesta a la interpelación notarial
- Quién administra la herencia mientras nadie acepta
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido