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Declaración de herederos en A Coruña: quién hereda si no hay testamento

Si tu familiar murió sin testamento, nadie puede tocar sus bienes hasta saber quién hereda. Ese documento es la declaración de herederos, y casi siempre se hace ante notario.

En la provincia de A Coruña el procedimiento es el mismo que en el resto de España. Lo que cambia, si el fallecido era gallego, son algunas reglas sobre el viudo.

Datos revisados en octubre de 2026. Esto es una explicación general; el profesional la confirma con tu caso.

Primero, comprobar que no hay testamento

Antes de nada se pide el certificado de últimas voluntades. Se solicita pasados quince días hábiles desde el fallecimiento.

Si aparece un testamento, no hace falta declaración de herederos: se parte del testamento. Si no aparece, toca hacerla.

A veces aparece un testamento antiguo que nadie recordaba. Merece la pena esperar al certificado antes de dar nada por hecho.

Quién hereda sin testamento si el fallecido era gallego

La ley gallega remite al Código Civil para el orden de los herederos. Por tanto, heredan por este orden:

  1. Los hijos y descendientes.
  2. A falta de ellos, los padres y demás ascendientes.
  3. Después, el viudo o la viuda.
  4. Luego, hermanos y sobrinos, y otros parientes hasta el cuarto grado.

Si hay hijos o padres, el viudo no recibe bienes en propiedad, pero conserva su legítima si no estaban separados. En Galicia es el usufructo de una cuarta parte de la herencia si hay hijos, y de la mitad si no los hay.

La pareja de hecho inscrita en el Registro de Galicia con voluntad de equipararse tiene los derechos que la ley gallega da al cónyuge, como la legítima. Si hereda además como cónyuge sin testamento lo confirma el abogado.

Lo explicamos en herencia sin testamento en Galicia.

Si no queda ningún pariente

Cuando no hay familiares con derecho, hereda la Comunidad Autónoma de Galicia, no el Estado. Es un procedimiento administrativo.

La ley prevé que destine esos bienes a asistencia social o cultura, preferentemente en el lugar donde vivía el fallecido.

Qué notaría elegir

No vale cualquier notaría. Puede ser una del último domicilio del fallecido, del lugar donde estaba la mayor parte de sus bienes o del sitio donde murió. También una de un distrito colindante.

En la provincia, las notarías dependen del Colegio Notarial de Galicia, que tiene su sede en A Coruña.

En la práctica, si tu padre vivía en Santiago, lo normal es acudir a una notaría de Santiago o de un distrito vecino.

Documentos que suelen pedir

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • DNI del fallecido, si lo tenéis.
  • Libro de familia o certificados de nacimiento de los herederos.
  • Certificado de matrimonio, si había viudo.
  • Certificado de empadronamiento del último domicilio.

Además hacen falta dos testigos que conocieran al fallecido y a su familia. No pueden ser herederos.

Si algún hijo nació fuera de España, su certificado tendrá que venir legalizado o apostillado y, en su caso, traducido.

Pasos

  1. Pedir el certificado de últimas voluntades.
  2. Reunir la documentación familiar.
  3. Iniciar el acta en la notaría elegida, con los testigos.
  4. Esperar el plazo que la ley marca antes de cerrarla.
  5. Firmar el acta final, que dice quiénes son los herederos.

Con ese acta ya se puede hacer el inventario, pagar el impuesto y repartir.

Herencias con varias generaciones

En el rural coruñés es frecuente que las fincas sigan a nombre de los abuelos. Entonces hace falta, primero, aclarar la herencia de los abuelos y, después, la de los padres.

A veces se pueden tramitar a la vez en la misma notaría. El profesional estudia el orden más corto.

Te ayudamos a empezar

Esta página es de A Coruña, pero Tu Herencia Directa no tiene oficina en la provincia. Te ponemos en contacto con abogados colegiados y gestores especializados en herencias.

El profesional puede atenderte a distancia o en su despacho, y se coordina con la notaría.

Te explica sus honorarios antes de empezar. El primer contacto no te compromete.

Preguntas frecuentes

¿Se puede hacer la declaración de herederos en el juzgado?

No. Hoy la hace el notario para cualquier pariente. Si no hay parientes, la tramita la Comunidad Autónoma por vía administrativa. El juzgado solo entra si hay pleito.

Mis hermanos viven fuera de Galicia. ¿Tienen que venir?

No siempre. Pueden firmar un poder ante un notario de donde vivan.

¿Cuánto tarda?

Depende de la notaría y de que estén los papeles. El profesional te da una idea realista con tu caso.

La guía general está en declaración de herederos. Para otros trámites, vuelve a herencias en A Coruña.

Cuéntanos quién ha fallecido y qué familia queda, y te decimos por dónde empezar.

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Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido