Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía en herencias en Alaquàs: una rebaja que baja por tramos de valor catastral

Quien hereda un inmueble urbano en Alaquàs tiene que pasar por la plusvalía municipal. Es el impuesto del Ayuntamiento sobre lo que ha subido el valor del suelo mientras el inmueble fue del fallecido.

La pagan los herederos que reciben el inmueble o un derecho sobre él.

Datos revisados en octubre de 2026. Hemos leído la ordenanza que publica el Ayuntamiento. Su redacción la aprobó el Pleno en diciembre de 2021 y salió en el Boletín Oficial de la Provincia en febrero de 2022. No consta ninguna modificación posterior. Cada año pueden cambiar cosas, se aplica la versión vigente el día del fallecimiento y el profesional lo confirma con tu caso.

Declaración en el Ayuntamiento, y liquida él

En Alaquàs los herederos presentan una declaración. Junto a ella aportan el título de cuando se adquirió el inmueble y el de la herencia.

¿Por qué los dos títulos? Porque la ordenanza obliga al Ayuntamiento a aplicar la forma de cálculo más beneficiosa: la objetiva o la ganancia real. La liquidación que notifica recoge los dos cálculos.

El Ayuntamiento puede comprobar lo declarado antes de liquidar. El modelo del impuesto sirve además como declaración al Catastro del cambio de titular.

No tenemos oficina en Alaquàs ni hace falta que vayas a ninguna oficina nuestra. El profesional colaborador puede preparar y presentar la declaración con tu autorización.

Plazo de seis meses y prórroga sin intereses

La ordenanza da seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año a petición de quien tiene que pagar.

La prórroga se pide antes de que venzan los seis meses. Según la ordenanza, se entiende concedida sin respuesta expresa y no genera intereses de demora.

Más detalles en el plazo de la plusvalía en herencias.

El tipo: 30 %

El tipo de gravamen es del 30 %, el máximo legal. Se aplica a una base calculada con el valor catastral del suelo y los años de tenencia.

Los coeficientes de esa base tienen un tope legal que ha cambiado varias veces en 2026. El profesional comprueba el aplicable a la fecha del fallecimiento. Lo explicamos en cómo se calcula la plusvalía de una herencia.

Una bonificación escalonada

Alaquàs bonifica la herencia de la «vivienda habitual de la persona causante» según el valor catastral del suelo. Los tramos, tal como aparecen en la ordenanza:

  • «Hasta 25.000»: 95 %.
  • «De 25.001 € hasta 50.000 €»: 75 %.
  • «De 50.000 € hasta 75.000 €»: 50 %.
  • «Superior a 75.001 €»: 25 %.

Los tramos se tocan en 50.000 € y el último empieza en 75.001 €. Si el valor cae justo en esas cifras, el profesional comprueba cómo lo aplica el Ayuntamiento.

A quién y con qué requisitos

La ordenanza la concede «a favor de los y las descendientes o en adopción, cónyuges y ascendientes o adoptantes hasta el segundo grado». No queda claro si lo del segundo grado vale solo para los ascendientes o también para los descendientes; el profesional lo revisa.

Los requisitos, copiados del texto:

  • Mantener la propiedad «en los siguientes tres años al fallecimiento», salvo que fallezca el heredero. Si no, hay que pagar lo bonificado con intereses en un mes.
  • Vivienda habitual es aquella en que el causante figure empadronado «a la fecha de su fallecimiento». También cuenta si vivía en una residencia o centro equivalente.
  • La pareja inscrita en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad Valenciana se equipara al cónyuge.
  • El heredero debe estar al corriente de sus deudas con la Hacienda Municipal.

Un punto a favor: «esta bonificación se aplicará de oficio», después de que el Ayuntamiento compruebe los requisitos.

Tienes más contexto en la bonificación de la plusvalía por herencia.

Si no hubo ganancia

Si el suelo no ganó valor, no hay impuesto. Hay que declararlo y aportar la documentación que lo pruebe.

Y como el Ayuntamiento compara el cálculo objetivo con la ganancia real, se queda con el más favorable. Mira plusvalía cuando la casa ha perdido valor.

Usufructo del viudo

El cónyuge viudo, si no estaban separados, tributa por el usufructo que reciba. Los hijos tributan por la nuda propiedad. Cada derecho se valora por separado.

Junto con sucesiones, mejor

El impuesto de sucesiones en la Comunitat Valenciana vence también a los seis meses. Prepararlo a la vez que la plusvalía ahorra papeleo repetido y evita que los valores no coincidan.

Lo tienes en sucesiones en la Comunitat Valenciana. El juzgado, el Registro y la oficina de sucesiones están en herencias en Alaquàs. La guía general, en plusvalía municipal por herencia.

Preguntas frecuentes

Mi madre vivía en una residencia cuando murió. ¿Su casa cuenta como vivienda habitual?

La ordenanza admite una residencia o centro equivalente. El profesional comprueba cómo se acredita en tu caso.

¿Tengo que pedir la bonificación?

No. El texto dice que se aplica de oficio, tras comprobar los requisitos. Conviene aportar bien la documentación.

Tengo un recibo municipal sin pagar. ¿Afecta?

Puede afectar. La ordenanza exige al heredero estar al corriente con la Hacienda Municipal.

Mi pareja de hecho falleció. ¿Tengo derecho a la rebaja?

Si estabais inscritos en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad Valenciana, la ordenanza te equipara al cónyuge.

Si te toca resolver la plusvalía de una herencia en Alaquàs, cuéntanos tu situación. Te ponemos en contacto con un profesional que lo lleve junto al resto.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido