Plusvalía al heredar en Cuenca: una ordenanza sin bonificación para herencias
Al heredar una vivienda en Cuenca capital, los herederos tienen que pasar por la plusvalía municipal. Es el impuesto del Ayuntamiento sobre la subida de valor del suelo mientras el inmueble fue del fallecido.
Lo pagan los herederos que reciben el inmueble, cada uno por su porcentaje.
Hay un dato que conviene saber pronto: la ordenanza de Cuenca no tiene bonificación para herencias. Otras ciudades rebajan la cuota a hijos y cónyuge; la ordenanza de Cuenca no lo hace.
Datos revisados en octubre de 2026. Hemos leído la Ordenanza Fiscal nº 5 que publica el Ayuntamiento. Las ordenanzas se modifican, así que el profesional que lleve tu caso confirma la versión vigente.
La ordenanza aplicable
Es la Ordenanza Fiscal nº 5, modificada por el Pleno en febrero de 2022 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca en abril de ese año. El Ayuntamiento sigue remitiendo a esa versión en sus decretos de coeficientes de 2026.
Si cambiara, se aplicaría la vigente en la fecha del fallecimiento.
Cómo se tramita
El Ayuntamiento gestiona el impuesto por declaración: los herederos presentan el modelo municipal y el Ayuntamiento practica la liquidación y la notifica.
Antes de liquidar puede requerir datos o documentos y comprobar valores. Si se aparta de lo declarado, debe decirlo en la propuesta para que puedas alegar.
No necesitas acercarte a ninguna oficina nuestra, porque Tu Herencia Directa no tiene oficina en Cuenca. El profesional colaborador puede presentarlo por ti, a distancia.
Plazo
Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si el heredero lo pide. Pídelo antes de que acabe el primer plazo.
Más en el plazo de la plusvalía en una herencia.
El tipo y los coeficientes
El tipo de gravamen es del 30 %, el máximo legal. La base se obtiene del valor catastral del suelo y de un coeficiente según los años de tenencia.
El Ayuntamiento publica decretos con los coeficientes de cada periodo, porque la ley los ha cambiado varias veces en 2026. El profesional comprueba el aplicable a la fecha de la muerte. Lo explicamos en cómo se calcula la plusvalía de una herencia.
Sin bonificación: qué opciones quedan
Que no haya rebaja no significa que siempre se pague mucho. Hay tres vías que conviene revisar:
- Que no haya ganancia. Si el suelo no vale hoy más que cuando se adquirió, no hay impuesto. Hay que declararlo y aportar los títulos de compra y herencia; si no se presenta en plazo, la ordenanza lo considera infracción.
- Pagar por la ganancia real. Si la diferencia real entre compra y herencia es menor que el cálculo con coeficientes, la ley permite tributar por la real.
- La exención del casco antiguo. Está prevista para bienes de interés cultural o situados en el Plan Especial del Casco Antiguo. Exige obras de conservación, mejora o rehabilitación en los últimos cinco años.
Para esa exención, la ordenanza pide que las obras las hayan hecho a su cargo los sujetos pasivos, que en una herencia son los herederos. Se acreditan con la licencia de obra mayor y no pueden haber tenido ayudas públicas. Si las pagó el fallecido, el profesional revisa si cabe. Además, su presupuesto debe superar una vez y media el valor catastral.
Lo desarrollamos en plusvalía si la casa ha perdido valor. Sobre bonificaciones en otros municipios, mira bonificación de la plusvalía en herencias.
El usufructo del viudo
Si el cónyuge viudo no separado recibe el usufructo, tributa por ese derecho y los hijos por la nuda propiedad. Sin bonificación, el reparto entre usufructo y nuda propiedad influye en cuánto paga cada uno.
Lo explicamos en plusvalía con usufructo del viudo.
Mejor junto con sucesiones
Los dos impuestos vencen a los seis meses y usan los mismos valores. En Castilla-La Mancha, descendientes, ascendientes y cónyuge sí tienen bonificación en sucesiones; la ves en impuesto de sucesiones en Castilla-La Mancha.
Los trámites de la provincia están en herencias en Cuenca y la guía general, en plusvalía municipal por herencia.
Preguntas frecuentes
¿De verdad no hay rebaja para los hijos en Cuenca?
La ordenanza que publica el Ayuntamiento no incluye bonificación por herencia. El profesional confirma que no haya cambiado en la fecha del fallecimiento.
¿Puedo negarme a pagar si el piso vale menos que cuando lo compraron mis padres?
Si se acredita que no hubo incremento de valor, no hay impuesto. Pero hay que declararlo en plazo con los títulos.
Las casas colgadas y el casco antiguo, ¿tienen algo especial?
Puede aplicarse la exención por obras de rehabilitación, si las hicieron a su cargo los propios herederos y se cumplen todos los demás requisitos.
Si heredas en Cuenca y quieres que alguien mire si hay forma legal de pagar menos plusvalía, cuéntanos el caso. Te ponemos en contacto con un profesional.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido