Plusvalía en una herencia en Ibi: 50 % en la vivienda y 20 % en lo demás
La plusvalía de una herencia en Ibi tiene dos rebajas distintas. Una, más alta, para la casa donde vivía el fallecido. Otra, menor y con tope, para el resto de inmuebles urbanos.
Las dos dependen del parentesco y las dos hay que pedirlas. Aquí te explicamos cómo funcionan.
Datos revisados en octubre de 2026. Las ordenanzas cambian y se aplica la vigente el día del fallecimiento. El profesional lo confirma con tu caso.
Qué grava y quién paga
La plusvalía municipal grava el aumento de valor del suelo urbano durante los años en que el fallecido fue dueño. La pagan los herederos que reciben el inmueble.
En Ibi el tipo de gravamen es del 30 %, según la modificación publicada en el boletín provincial en mayo de 2022.
Ante quién se declara
Ibi tiene delegada la gestión en Suma Gestión Tributaria, de la Diputación de Alicante. Su ordenanza fija el sistema de declaración ante el organismo gestor.
Los herederos presentan la declaración con el documento de la herencia, y Suma emite después la liquidación. Se puede presentar por su sede electrónica, en sus oficinas o por correo.
No tenemos oficina en Ibi. El profesional colaborador puede presentar la declaración por ti, sin que tengas que desplazarte.
Las dos bonificaciones
Se aplican a las herencias a favor de «los descendientes y adoptados hasta el segundo grado de consanguinidad». También a favor de «los cónyuges y los ascendientes y adoptantes hasta el segundo grado de consanguinidad».
50 % en la vivienda habitual del fallecido
La ordenanza exige que el inmueble haya sido «la vivienda habitual del causante hasta la fecha de devengo del impuesto, al menos, durante los dos últimos años». Se acredita con certificado de empadronamiento.
Tiene en cuenta un caso muy común. Puede que el fallecido se empadronara en casa de un familiar hasta el segundo grado o en una residencia. Entonces cuenta como vivienda habitual la que lo fue durante los dos años anteriores a ese cambio.
20 % en el resto
Para los demás bienes que no fueron vivienda habitual, la rebaja es del 20 %. Tiene un tope: se aplica «hasta el límite conjunto de 50.000,00 euros de valor del suelo para este tipo de bienes».
La ordenanza no explica cómo se reparte ese límite entre varios herederos. El profesional lo comprueba con Suma.
Hay que pedirlas
La ordenanza es clara: «Las bonificaciones serán de aplicación a solicitud del sujeto pasivo». Suma indica que se piden con la declaración o una vez emitida la liquidación, según la ordenanza.
Si Suma no responde en seis meses, la solicitud se entiende denegada. Por eso conviene presentarla pronto y bien documentada.
Más casos en la bonificación de la plusvalía en herencias.
El plazo
La ordenanza no fija plazo propio y rige la ley: seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si se pide antes de que venzan.
Lo explicamos en el plazo de la plusvalía en una herencia.
Si el valor no subió
Si el inmueble vale menos que cuando el fallecido lo adquirió, no hay plusvalía. Y si la ganancia real es menor que la del cálculo objetivo, se puede elegir la real.
Suma advierte que el cálculo real hay que elegirlo en la declaración, con la documentación y en plazo. En herencias se aporta la valoración declarada en el impuesto de sucesiones.
La ordenanza de Ibi conserva un cuadro de coeficientes de 2021. Los máximos legales han cambiado varias veces en 2026, y el profesional comprueba cuál se aplica en la fecha del fallecimiento.
Te lo contamos en cómo se calcula la plusvalía en una herencia.
Ojo con versiones antiguas
En internet circula un texto antiguo de la ordenanza de Ibi, con otro tipo y otra bonificación. Es anterior a la reforma de 2022 y no es el que se aplica a fallecimientos recientes.
A la vez que sucesiones
El impuesto de sucesiones de quien vivía en Ibi corresponde a la Oficina Liquidadora de Xixona, de la Agència Tributària Valenciana. Sus valores sirven después para la plusvalía.
En la Comunitat Valenciana, descendientes, ascendientes y cónyuge tienen una bonificación del 99 % en la parte de la cuota que corresponde a los bienes declarados. Lo explicamos en impuesto de sucesiones en la Comunitat Valenciana.
Juzgado, Registro y notarías, en abogados de herencias en Ibi. La guía general es plusvalía municipal en herencias.
El profesional colaborador te explica sus honorarios antes de empezar.
Preguntas frecuentes
Mi madre pasó sus últimos años en una residencia. ¿Pierde la casa el 50 %?
No necesariamente. La ordenanza cuenta como vivienda habitual la que lo fue durante los dos años anteriores al cambio a la residencia. Hay que acreditarlo con el padrón.
Heredamos el piso y un garaje. ¿Qué rebaja tiene el garaje?
Si no formaba parte de la vivienda habitual, el 20 %, dentro del límite de valor del suelo que fija la ordenanza. El profesional revisa si el garaje va unido al piso.
¿Se aplica sola la bonificación?
No. La ordenanza dice que se aplica a solicitud del heredero. Hay que pedirla.
¿Qué pasa si declaramos fuera de plazo?
Puede haber recargos. Además, Suma advierte que el cálculo real exige declarar en plazo. Conviene declarar dentro de los seis meses o pedir la prórroga.
Si has heredado en Ibi, cuéntanos qué inmuebles hay y te ayudamos a ver qué rebaja puede corresponder.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido