Plusvalía municipal por herencia

Heredar en Las Gabias: cómo funciona la plusvalía municipal

Las Gabias cambió en 2025 la forma de pagar la plusvalía: los herederos ya no calculan la cuota, la declaran y el Ayuntamiento la liquida. La rebaja familiar existe, pero es modesta.

Aquí tienes lo esencial para una familia que hereda una casa en el municipio.

Datos revisados en octubre de 2026. La ordenanza se puede modificar; el profesional confirma con tu caso el texto vigente.

El impuesto, sin rodeos

La plusvalía municipal grava lo que se ha revalorizado el suelo de un inmueble urbano mientras perteneció al fallecido.

En la herencia la pagan los herederos, cada uno por la parte que recibe. Si el inmueble está en Las Gabias, se aplica la ordenanza de Las Gabias, viviera donde viviera el fallecido.

La ordenanza actual se publicó en el BOP de Granada nº 105, de 3 de junio de 2022. La modificó el BOP nº 2, de 7 de enero de 2025, que cambió la forma de presentarla.

Tipo y coeficientes

  • Tipo: el 30 %, el máximo legal.
  • Coeficientes: los máximos que fija la ley estatal. Esa ley ha cambiado varias veces en 2026, y el profesional comprueba los aplicables a la fecha del fallecimiento.

Bonificación: un 20 % para la familia directa

La ordenanza reduce un 20 % la cuota en las herencias a favor de «cónyuges, ascendientes o adoptantes así como descendientes y adoptados».

La ordenanza añade que se entenderá «exclusivamente por descendiente o ascendiente aquellas personas que tienen un vínculo de parentesco por consanguinidad de un grado en línea recta». Si tienes dudas sobre si tu caso encaja, el profesional lo revisa.

No exige vivienda habitual, ni valor catastral máximo, ni convivencia, ni mantener el inmueble.

Se aplica de oficio, con una condición importante: declarar en plazo y por iniciativa propia, sin esperar a un requerimiento del Ayuntamiento.

Es una rebaja menor que la de otros municipios de la provincia. Para entender el abanico de bonificaciones, mira bonificación de la plusvalía por herencia.

El plazo de seis meses

Corre desde el día del fallecimiento. Se puede ampliar hasta un año si se pide antes de que acaben los seis meses.

Perder el plazo tiene aquí un coste doble: recargos y la pérdida de la rebaja del 20 %.

Cómo se declara tras el cambio de 2025

  1. Presentas la declaración ante el Ayuntamiento de Las Gabias, en su registro o en la sede electrónica municipal.
  2. Acompañas la escritura de partición. Si todavía no se ha firmado, vale el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el testamento.
  3. El Ayuntamiento hace el cálculo, aplica la rebaja si procede y te notifica la liquidación con su plazo de pago.

No necesitas pasar por ninguna oficina nuestra; Tu Herencia Directa no tiene oficina en Las Gabias. El profesional colaborador puede presentar la declaración por vía electrónica.

Cuando no hay ganancia

Si el suelo valía más cuando el fallecido lo compró que cuando murió, no hay impuesto. Hay que declararlo en plazo con todos los títulos de adquisición y de transmisión: si falta alguno de adquisición, no se puede acreditar.

Y si la ganancia real es menor que la que dan los coeficientes, se puede pedir que se tome la real. Se paga por el cálculo más bajo. Para esta opción, el plazo para aportar los títulos de adquisición se puede ampliar a petición del heredero.

Lo vemos paso a paso en cómo se calcula la plusvalía en una herencia.

El reparto entre hermanos

Si los herederos disuelven la comunidad y cada uno se queda bienes en proporción a su cuota, en principio ese reparto no está sujeto a plusvalía. Sí lo está la parte en que alguien recibe de más y compensa a los demás con dinero.

Si hay usufructo de viudedad

Cuando el cónyuge viudo recibe el usufructo y los hijos la nuda propiedad, cada derecho se valora y tributa por separado. La rebaja se aplica a cada uno si está entre los parientes que cita la ordenanza.

Lo explicamos en la plusvalía y el usufructo del viudo.

Por qué hacerlo a la vez que sucesiones

El impuesto de sucesiones también vence a los seis meses y se presenta ante la Agencia Tributaria de Andalucía. Plusvalía y sucesiones parten de los mismos datos: fecha del fallecimiento, bienes y reparto.

Hacerlas juntas reduce el riesgo de errores y de olvidos. El impuesto autonómico está resumido en impuesto de sucesiones en Andalucía.

Para el Registro, el juzgado y el resto de pasos, consulta abogados de herencias en Las Gabias. La guía general: plusvalía municipal por herencia.

Preguntas frecuentes

¿Sigue habiendo autoliquidación en Las Gabias?

No. Desde la modificación publicada en enero de 2025 se presenta una declaración y el Ayuntamiento liquida.

¿Cómo sé si me han aplicado la rebaja?

La verás en la liquidación que te notifiquen. Si no aparece y cumples los requisitos, el profesional puede reclamarla.

¿Y si vendemos la casa al poco de heredarla?

La venta genera otra plusvalía, que paga quien vende. Lo explicamos en heredar y vender.

Cuéntanos qué habéis heredado en Las Gabias y te ayudamos a situar el primer paso.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido