Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía al heredar en Mazarrón: ordenanza nueva, tipo del 30 % y sin bonificación

Si has heredado un piso en el Puerto, una casa en el casco o un apartamento en la costa de Mazarrón, casi seguro que toca pagar la plusvalía municipal.

Es un impuesto del ayuntamiento que grava lo que ha subido el valor del suelo mientras el inmueble fue del fallecido. Lo pagan los herederos que reciben el inmueble.

Mazarrón tiene una particularidad importante: su ordenanza actual no recoge ninguna rebaja para herencias. Por eso conviene revisar bien el cálculo.

Datos revisados en octubre de 2026.

Una ordenanza estrenada a finales de 2025

El Pleno de Mazarrón aprobó definitivamente una ordenanza nueva el 16 de diciembre de 2025. Se publicó entera en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el 22 de diciembre y entró en vigor al día siguiente.

Esa ordenanza deroga la que se aprobó en febrero de 2022.

En plusvalía manda la fecha del fallecimiento. Si la muerte fue anterior a la ordenanza nueva, puede aplicarse la versión antigua. Es algo que el profesional comprueba con prudencia antes de presentar nada.

Quién lo gestiona: la Agencia Tributaria regional

En Mazarrón la plusvalía no se tramita en una ventanilla municipal. La gestiona la Agencia Tributaria de la Región de Murcia (ATRM), que publica una lista oficial de municipios donde se encarga de ella.

La ordenanza obliga a hacer una autoliquidación: los herederos calculan el impuesto e ingresan el importe.

La ATRM pide presentarla por vía telemática, en el procedimiento 1195 de la sede electrónica de la Comunidad. Si no eres profesional, puedes hacerla de forma presencial y asistida en cualquier oficina de la ATRM, mejor con cita previa.

Si todavía no hay escritura de herencia, se acompaña un escrito de los herederos con el certificado de defunción, el testamento y las escrituras del inmueble.

La autoliquidación no es la última palabra. El organismo gestor la comprueba y puede corregirla con una liquidación provisional.

Un apunte sobre nosotros: no tenemos oficina en Mazarrón. El abogado o gestor colaborador puede llevar la autoliquidación a distancia o desde su despacho.

Plazo: seis meses y prórroga

Hay seis meses desde el fallecimiento para autoliquidar.

Antes de que acaben, se puede pedir una prórroga de hasta otros seis meses. Se entiende concedida por el tiempo solicitado si la petición llega a tiempo.

Más detalle en el plazo de la plusvalía en herencias.

El tipo: 30 %

La ordenanza de Mazarrón fija un tipo único del 30 %.

Se aplica a la base imponible, que sale del método objetivo o de la ganancia real.

Los coeficientes máximos del método objetivo los marca la ley. Han cambiado varias veces en 2026, así que el profesional comprueba los aplicables a la fecha del fallecimiento.

Lo explicamos paso a paso en cómo se calcula la plusvalía en una herencia.

¿Hay rebaja para los herederos?

No. La ordenanza de Mazarrón dice textualmente que la cuota líquida «será coincidente con la cuota íntegra».

Es decir, no hay bonificación por parentesco ni por vivienda habitual. Muchos municipios de la Región sí la tienen, y es fácil dar por hecho lo contrario.

Por eso aquí pesa más que en otros sitios revisar si hubo ganancia real y qué método de cálculo sale mejor.

Si quieres comparar con otros municipios, mira la bonificación de la plusvalía en herencias.

Cuando el inmueble no ganó valor

Si el suelo valía menos al heredar que cuando el fallecido lo adquirió, no hay incremento y no se paga.

Y si la ganancia real es menor que la que sale por el método objetivo, se puede pedir que se tribute por la real. Esa petición se hace dentro del plazo de presentación.

Hacen falta los títulos de compra y de herencia con sus valores. Si la adquisición fue por herencia, sirve la declaración del impuesto de sucesiones.

Más información en qué pasa si la casa perdió valor.

Viudo con usufructo

Cuando el cónyuge viudo, no separado, recibe el usufructo, ese derecho también puede tributar en la plusvalía.

En Mazarrón tampoco tiene rebaja. Lo vemos en la plusvalía y el usufructo del viudo.

Junto con el impuesto de sucesiones

El impuesto de sucesiones es de la Comunidad y también lo gestiona la ATRM. En Murcia, los descendientes, los ascendientes y el cónyuge (o la pareja de hecho acreditada) tienen una deducción autonómica del 99 % de la cuota.

Su plazo es el mismo: seis meses desde el fallecimiento. Preparar los dos a la vez evita pedir los mismos papeles dos veces.

Todo en el impuesto de sucesiones en la Región de Murcia.

Para el resto de trámites, consulta abogados de herencias en Mazarrón o la página general de plusvalía municipal por herencia.

Las ordenanzas cambian a menudo. El profesional confirma con tu caso qué versión y qué cifras se aplican.

Preguntas frecuentes

Heredo la casa donde vivía mi madre en Mazarrón. ¿Tengo descuento en la plusvalía?

Con la ordenanza actual, no. No contempla bonificación para herencias, ni siquiera para la vivienda habitual.

¿Tengo que ir al ayuntamiento?

No hace falta. La plusvalía la gestiona la Agencia Tributaria de la Región de Murcia y se presenta por vía telemática o con asistencia en sus oficinas.

Mi padre murió antes de diciembre de 2025. ¿Qué ordenanza se aplica?

La vigente en la fecha del fallecimiento. El profesional revisa qué texto estaba en vigor ese día.

Cuéntanos qué habéis heredado y cuándo falleció tu familiar. Te ayudamos a situar el primer paso y a encontrar quien lleve la plusvalía junto con el resto de la herencia.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido