Plusvalía de una herencia en Paiporta: tipo del 27 % y 95 % de rebaja en la vivienda habitual
Entre los trámites de una herencia en Paiporta está la plusvalía municipal, si se hereda un inmueble urbano. Es el impuesto que el Ayuntamiento cobra por la subida de valor del suelo mientras fue del fallecido.
Lo asumen los herederos que reciben el inmueble, o un derecho sobre él, en proporción a lo que reciben.
Datos revisados en octubre de 2026. Hemos leído la ordenanza publicada íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia en enero de 2024. El propio Ayuntamiento se remite a ella en un decreto de marzo de 2026, y no consta ninguna modificación posterior. Aun así, las ordenanzas cambian; se aplica la vigente el día del fallecimiento y el profesional lo confirma con tu caso.
Declaración y liquidación municipal
La ordenanza es clara: «Se establece el régimen de Liquidación». Los herederos presentan una declaración en el modelo del Ayuntamiento, con la escritura o el título de la herencia.
Si quieren que se calcule por la ganancia real, añaden el título de adquisición. Si no encuentran las escrituras antiguas, la ordenanza admite un informe pericial de un técnico competente sobre el valor del suelo.
El Ayuntamiento puede pedir aclaraciones y comprobar los valores. Después notifica la liquidación.
No tenemos oficina en Paiporta ni necesitas ir a ninguna oficina nuestra. El profesional colaborador puede preparar y presentar la declaración con tu autorización.
Seis meses, y la prórroga a tiempo
En herencias, el plazo es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año a petición de los herederos.
La ordenanza advierte que la prórroga pedida después de esos seis meses se desestima, porque ya se han generado recargos. Lo explicamos en el plazo de la plusvalía en herencias.
Tipo de gravamen: 27 %
Paiporta aplica un tipo del 27 % sobre la base, que depende del valor catastral del suelo y de los años de tenencia. Las cuotas muy pequeñas no se liquidan.
Los coeficientes para esa base tienen un máximo legal que ha cambiado varias veces en 2026, y el Ayuntamiento publicó en marzo de 2026 los que aplica ese año. El profesional comprueba los aplicables a la fecha del fallecimiento. Más en cómo se calcula la plusvalía de una herencia.
La bonificación del 95 %
El artículo sobre bonificaciones dice, copiado tal cual:
«Se establece una bonificación del 95 % de la cuota íntegra del impuesto». Se aplica «en la transmisión del bien inmueble que haya constituido la vivienda habitual del causante». Y debe ser por causa de muerte «a favor de su cónyuge, descendientes y ascendientes en primer grado, adoptados y adoptantes».
Hay cosas que el artículo no resuelve:
- No define qué se entiende por vivienda habitual.
- No dice si la rebaja se aplica sola o hay que pedirla.
- No fija un plazo para conservar la vivienda.
Si heredan nietos o abuelos, el profesional revisa con el Ayuntamiento cómo lee la expresión «en primer grado». Y lo prudente es pedir la bonificación de forma expresa al presentar la declaración.
Más sobre estas rebajas en la bonificación de la plusvalía por herencia.
Cuando no hubo ganancia
Si el suelo no subió de valor, no hay impuesto, aunque hay que declararlo y acreditarlo.
Y si la ganancia real es menor que la del cálculo objetivo, se puede pagar por la real. Lo tienes en plusvalía cuando la casa ha perdido valor.
Usufructo del viudo
Si el viudo, no separado, recibe el usufructo, tributa por él, y los hijos por la nuda propiedad. La ordenanza incluye al cónyuge, pero habla de «la transmisión del bien inmueble» y no nombra derechos como el usufructo. Si el viudo recibe solo el usufructo, el profesional comprueba con el Ayuntamiento si entra en la rebaja.
Hazlo junto con sucesiones
El impuesto de sucesiones valenciano también vence a los seis meses. Preparar las dos declaraciones a la vez evita que los valores no cuadren.
Lo tienes en el impuesto de sucesiones en la Comunitat Valenciana. El juzgado, el Registro y la oficina de sucesiones de Paiporta están en herencias en Paiporta. La guía general, en plusvalía municipal por herencia.
Preguntas frecuentes
Las escrituras de compra se perdieron con la DANA. ¿Qué hacemos?
La ordenanza admite, si no se tienen las escrituras, un informe pericial de un técnico competente sobre el valor del suelo. El profesional te orienta.
¿La rebaja alcanza al local de abajo?
El artículo habla del inmueble que fue la vivienda habitual del causante. Cualquier otro inmueble lo revisa el profesional.
¿Hace falta pedir la bonificación?
La ordenanza no lo aclara. Por prudencia, conviene solicitarla al presentar la declaración.
¿Puede el Ayuntamiento cambiar el valor que declaremos?
Sí, puede comprobar valores y pedir aclaraciones antes de liquidar.
Si en tu herencia hay un inmueble en Paiporta, cuéntanos tu caso. Buscamos al profesional que lleve la plusvalía junto al resto.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido