Plusvalía por herencia en La Laguna: una rebaja que depende de tu renta
La ordenanza de plusvalía de La Laguna tiene algo poco habitual: la rebaja por herencia no depende solo del parentesco. También cuenta lo que ganó el heredero el año anterior al fallecimiento.
Por eso dos hermanos que heredan el mismo piso pueden pagar cuotas distintas. Te contamos cómo funciona.
Datos revisados en octubre de 2026. Se aplica la ordenanza vigente el día del fallecimiento; el profesional comprueba con tu caso que no haya cambiado.
El impuesto en pocas palabras
La plusvalía municipal grava la subida de valor del suelo urbano durante los años en que el inmueble fue del fallecido. En una herencia la pagan quienes lo reciben.
En San Cristóbal de La Laguna el tipo es del 30%. Sobre la cuota resultante se aplican, si encajas, las bonificaciones del artículo 11 de la ordenanza.
Cómo se tramita aquí
Lo gestiona el Ayuntamiento, a través de su Sección de Gestión Tributaria. Como regla general es un impuesto de autoliquidación: el heredero calcula e ingresa la cuota.
Hay una excepción importante. Cuando procede alguna de las bonificaciones por herencia, la ordenanza la saca del régimen de autoliquidación.
Con la declaración de una herencia se aportan el certificado de defunción y el de últimas voluntades. También la escritura de aceptación o, en su defecto, el testamento o la declaración de herederos, y la declaración del impuesto de sucesiones.
Si el Ayuntamiento no está conforme con lo presentado, puede rectificarlo y practicar una liquidación definitiva, con intereses si los hubiera.
No tenemos oficina en La Laguna. El abogado o gestor colaborador puede preparar y presentar todo por la sede electrónica.
La bonificación por tramos de renta
La renta que cuenta es «la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del adquirente» del año anterior al fallecimiento.
Si eres «descendiente de la persona fallecida, de primer grado o adoptado»:
- Vivienda habitual: 95% con ingresos de hasta 15.000 euros; 75% entre 15.001 y 30.000; 40% entre 30.001 y 60.000.
- Otros bienes: 50% hasta 30.000 euros; 25% entre 30.001 y 60.000.
Si eres «el cónyuge, ascendiente de primer grado del causante, o adoptante»:
- Vivienda familiar: 95% hasta 15.000 euros; 60% entre 15.001 y 30.000; 40% entre 30.001 y 60.000.
- Otros bienes: 50% hasta 30.000 euros; 25% entre 30.001 y 60.000.
En todos los casos, la ordenanza dice: «No se establece bonificación cuando los ingresos anuales del adquirente superen los 60.001 €».
Qué es vivienda habitual para la ordenanza
La ordenanza recoge tres supuestos, todos referidos al heredero:
- «aquélla en la que el adquirente haya convivido con el causante en los dos años anteriores al fallecimiento».
- La vivienda «en la que hubiera residido el adquirente los dos últimos años».
- «aquella que éste necesite utilizar como residencia permanente una vez adquirida «mortis causa» por carecer de vivienda propia».
Para cónyuge y padres la ordenanza habla de «vivienda familiar», pero no define esa expresión. Es un matiz que el profesional revisa antes de pedir la rebaja.
Requisitos para no perderla
- Pedirla expresamente al presentar la declaración, dentro de plazo.
- Aportar certificado del Padrón y la última declaración de la renta, o autorizar al Ayuntamiento a consultarlos.
- Mantener la titularidad del inmueble durante 5 años.
Si hay una nueva transmisión entre vivos antes de esos cinco años, por ejemplo una venta, hay que «reintegrar al Ayuntamiento el importe bonificado». Si piensas vender pronto, conviene hacer números antes. Lo tratamos en heredar y vender: la plusvalía.
Plazo
Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si lo pides. Fuera de plazo no se concede la bonificación. Más en plazo de la plusvalía en una herencia.
Si el piso vale menos que cuando se compró
Si no hubo incremento de valor, no se paga. La ordenanza pide declarar y autoliquidar sin ingreso, aportando los títulos que documenten la adquisición y la herencia.
Y si la ganancia real es menor que la objetiva, puedes optar por la real. Los coeficientes del cálculo objetivo los fija la ley y en 2026 han cambiado varias veces. El profesional usa los de la fecha del fallecimiento.
Te lo explicamos en cómo se calcula la plusvalía en una herencia.
Junto con sucesiones, mejor
El impuesto de sucesiones va a la Agencia Tributaria Canaria y comparte casi todos los documentos. En Canarias, la familia cercana tiene una bonificación del 99,9% en esa cuota. Lo tienes en impuesto de sucesiones en Canarias.
Para juzgado, Registros y notarías de la ciudad, entra en abogados de herencias en La Laguna. La guía general está en plusvalía municipal en herencias.
Nosotros no somos un despacho: te ponemos en contacto con un profesional, que te explica sus honorarios antes de empezar.
Preguntas frecuentes
Somos tres hermanos con rentas distintas. ¿Pagamos lo mismo?
No necesariamente. Cada uno aplica el tramo que corresponde a su propia base imponible. El profesional calcula cada parte.
Mi nieta hereda la casa de su abuela. ¿Tiene bonificación?
La ordenanza entiende por descendiente, a estos efectos, al pariente «de un grado en línea recta». El profesional estudia si el caso concreto encaja.
¿Qué documento acredita la renta?
La última declaración de la renta presentada, o tu autorización para que el Ayuntamiento la consulte.
Quiero vender a los dos años. ¿Qué pasa con la rebaja?
Si transmites entre vivos antes de cinco años, tendrás que devolver lo bonificado. Conviene saberlo antes de poner el piso en venta.
Cuéntanos qué habéis heredado en La Laguna y vemos contigo en qué tramo encaja cada heredero.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido