Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía por herencia en Silla: una rebaja que depende del valor catastral del suelo

Cuando en la herencia hay un piso o una casa en Silla, el Ayuntamiento cobra la plusvalía municipal. Es un impuesto sobre lo que ganó de valor el suelo urbano mientras el inmueble fue del fallecido.

Lo pagan los herederos que lo reciben, cada uno por su parte.

Datos revisados en octubre de 2026. Hemos leído el texto íntegro de la ordenanza publicado en el Boletín Oficial de la Provincia en mayo de 2022. También la reforma de la bonificación de diciembre de 2023, aplicable a partir de enero de 2024. No hay cambios posteriores en esta ordenanza. Rige la versión vigente el día del fallecimiento, y el profesional lo confirma con tu caso.

La bonificación: cuanto menor el valor del suelo, mayor la rebaja

La rebaja es para las herencias a favor de «los descendents i adoptats, els cònjuges i els ascendents i adoptants», tal como la escribe la ordenanza en valenciano. Puede llegar al 95 % de la cuota.

El porcentaje depende del valor catastral del suelo:

  • Hasta 5.000 euros: 95 %.
  • De más de 5.000 hasta 10.000 euros: 70 %.
  • De más de 10.000 hasta 15.000 euros: 50 %.
  • Más de 15.000 euros: 25 %.

La ordenanza no exige que sea la vivienda habitual ni que se mantenga el inmueble un tiempo.

Hay dos cosas que no aclara. Una, si el valor del suelo es el de todo el inmueble o el de la parte de cada heredero. Otra, si la rebaja hay que pedirla. Por prudencia, se pide en la declaración y el profesional revisa el cálculo.

Un detalle de fechas: hasta 2023 la rebaja era un 95 % fijo. Para un fallecimiento anterior a 2024 rige la redacción de entonces. Más en la bonificación de la plusvalía en herencias.

El tipo: 28,87 %

Silla aplica un tipo del 28,87 % sobre la base imponible.

La base sale del valor catastral del suelo y de unos coeficientes con un máximo legal que ha cambiado varias veces en 2026. El profesional comprueba el aplicable a la fecha del fallecimiento. Lo explicamos en cómo se calcula la plusvalía de una herencia.

Declaración y liquidación

Silla sigue el régimen de liquidación. Los herederos presentan una declaración en el modelo municipal, con las escrituras de compra y de herencia.

Si falta alguna, la ordenanza admite un informe pericial de un técnico competente, visado por su colegio.

El Ayuntamiento puede comprobar los valores. Si no acepta los declarados, envía una propuesta de liquidación provisional con diez días hábiles para alegar.

No tenemos oficina en Silla. El abogado o gestor colaborador puede presentar la declaración y atender la propuesta si llega.

El plazo y la prórroga

Hay seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año.

La prórroga se pide dentro de los seis meses. Si se pide tarde, la ordenanza la desestima porque ya corren los recargos. Más en el plazo de la plusvalía en una herencia.

Si no hubo ganancia

Si el suelo no se revalorizó, no hay impuesto. Y si la ganancia real es menor que la objetiva, se puede optar por la cifra más baja.

Lo explicamos en la plusvalía cuando la casa ha perdido valor.

El usufructo del viudo

Si el cónyuge viudo, no separado, recibe el usufructo, ese derecho también tributa. En principio la escala de rebajas le alcanza, porque la ordenanza incluye los derechos reales de goce y cita a los cónyuges.

Mejor junto a sucesiones

Sucesiones también vence a los seis meses. Coordinar los dos impuestos evita valores distintos en cada uno.

Consulta el impuesto de sucesiones en la Comunitat Valenciana, los trámites locales en herencias en Silla y lo general en plusvalía municipal por herencia.

Preguntas frecuentes

¿Dónde veo el valor catastral del suelo?

En el recibo del IBI o en la certificación catastral, que separa el suelo de la construcción.

¿La rebaja vale para un local que no era vivienda?

La ordenanza no la limita a la vivienda habitual. Lo que cuenta es el parentesco y el valor del suelo.

¿Pagamos al presentar la declaración?

No. El Ayuntamiento liquida y notifica la cuota con su plazo de pago.

¿Qué pasa si no pedimos la prórroga a tiempo?

Ya no se concede. Se puede presentar fuera de plazo, con recargos.

¿Hay un inmueble en Silla en la herencia? Cuéntanos el caso y te ponemos en contacto con un profesional que calcule la rebaja que os corresponde.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido