Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía por herencia en Soria: ordenanza de 2025, tipo del 18 % y rebaja del 25 %

Al recibir en herencia un piso o una casa en Soria capital, hay que pagar al Ayuntamiento la plusvalía municipal.

Es el impuesto que grava lo que se ha revalorizado el terreno urbano desde que el fallecido lo adquirió.

Corresponde pagarlo a los herederos que reciben el inmueble.

La ordenanza soriana se modificó en 2025 y tiene una rebaja más modesta que la de otras capitales.

Una ordenanza modificada en 2025

El Pleno aprobó la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 22 en julio de 2025. Se publicó definitivamente en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria el 26 de septiembre de 2025 y rige desde entonces.

La ordenanza que se aplica es la vigente en la fecha del fallecimiento. Si tu familiar murió antes de esa publicación, el profesional comprueba la versión anterior.

Dos maneras de presentarla

Lo gestiona el Ayuntamiento de Soria, y la ordenanza admite dos vías:

  • Declaración: el heredero presenta el modelo municipal con los documentos de la herencia y el Ayuntamiento notifica la liquidación.
  • Autoliquidación: el heredero calcula e ingresa la cuota. En ese caso hay que hacer una autoliquidación por cada finca, aunque estén en la misma escritura.

Presentar la autoliquidación tarde, sin requerimiento previo, supone el recargo de la Ley General Tributaria.

El Ayuntamiento puede comprobar lo presentado y corregirlo.

Nosotros no tenemos oficina en Soria. El profesional que lleve el caso puede elegir la vía y tramitarla a distancia.

Plazos

Con declaración: seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si el heredero lo pide.

Con autoliquidación hay reglas propias para la prórroga. Se pide antes de que acaben los seis meses y está ligada a la firma del documento de aceptación de la herencia.

No se admite si ese documento ya existía dentro del plazo. Y en ningún caso se pasa de un año desde el fallecimiento.

Lo explicamos en el plazo de la plusvalía en una herencia.

Tipo de gravamen

El tipo es del 18 %.

Los coeficientes del método objetivo están en una tabla propia de la ordenanza. Los máximos legales han cambiado varias veces en 2026, así que el profesional comprueba cuál se aplica según la fecha de la muerte.

Si la ganancia real es menor, se puede tributar por ella, aportando los títulos. Lo detallamos en cómo se calcula la plusvalía en una herencia.

Rebaja del 25 %

El artículo 8.3 prevé «una bonificación del 25% de la cuota íntegra del impuesto» para «la transmisión de la vivienda habitual realizada a título lucrativo por causa de muerte».

Los beneficiarios son, según el texto, «descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes».

La ordenanza no define qué es vivienda habitual a estos efectos ni dice si la rebaja se aplica sola. El profesional lo aclara con el Ayuntamiento antes de presentar.

Compara con otras ciudades en la guía de bonificación de la plusvalía en herencias.

Si el inmueble no subió de valor

Si el terreno no ha ganado valor, no se paga. Se acredita con los títulos de adquisición y de herencia; si la Administración comprobó un valor mayor, cuenta ese.

Más en qué pasa si la casa perdió valor.

Usufructo del cónyuge viudo

Si el cónyuge no estaba separado y recibe el usufructo, tributa por ese derecho; los hijos, por la nuda propiedad. La rebaja habla de la «transmisión de la vivienda habitual» y no menciona el usufructo; el profesional comprueba cómo la aplica el Ayuntamiento.

Junto con sucesiones

El impuesto de sucesiones corresponde al Servicio Territorial de Hacienda de Soria, de la Junta de Castilla y León.

Llevar ambos a la vez permite usar la misma documentación y vigilar los dos plazos.

Más en impuesto de sucesiones en Castilla y León y en abogados de herencias en Soria.

Datos revisados en octubre de 2026. La ordenanza puede volver a modificarse; el profesional confirma la versión aplicable con tu caso.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se rebaja la plusvalía de la casa familiar en Soria?

Un 25 % de la cuota, si era la vivienda habitual y la heredan descendientes y adoptados, cónyuges o ascendientes y adoptantes.

¿Puedo autoliquidar o tengo que esperar a la liquidación?

La ordenanza admite las dos vías. El profesional te dice cuál conviene.

¿Cuánto puede durar la prórroga como máximo?

Nunca más allá de un año desde el fallecimiento.

¿Dónde está la explicación general?

En plusvalía municipal por herencia.

Si nos cuentas qué habéis heredado en Soria, te ayudamos a ordenar los pasos y a encontrar al profesional adecuado.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido