Plusvalía por una herencia en Aspe: escala de tipos y 95 % para la familia
Si has heredado una vivienda en Aspe, la plusvalía municipal tiene dos datos que conviene conocer desde el principio. El tipo cambia según cuánto tiempo la tuvo el fallecido, y la familia directa tiene una rebaja muy alta.
La ordenanza que se aplica hoy se publicó en junio de 2024.
Datos revisados en octubre de 2026. Las ordenanzas cambian y se aplica la vigente el día del fallecimiento. El profesional lo confirma con tu caso.
En qué consiste
La plusvalía municipal grava el aumento de valor del suelo urbano entre la adquisición del inmueble por el fallecido y la herencia. Pagan los herederos, cada uno por su parte.
Los terrenos que el Catastro considera rústicos quedan fuera. Pisos, casas, locales y solares urbanos, no.
Una escala de tipos
La ordenanza de Aspe no fija un único tipo, sino uno por periodo:
- 30 % para un periodo de hasta cinco años.
- 29 % hasta diez años.
- 28 % hasta quince años.
- 27 % hasta veinte años.
El periodo es el tiempo entre la adquisición del fallecido y su fallecimiento. Cuanto más antiguo, menor el tipo.
La bonificación
La ordenanza establece «la bonificación del 95% de la cuota íntegra del impuesto» en las herencias a favor de «descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes».
No pide vivienda habitual ni mantener el inmueble. Se aplica igual a la casa familiar que a un local o a una cochera.
Suma, que gestiona el impuesto, indica que la bonificación se pide con la declaración o una vez emitida la liquidación, según la ordenanza. Si no contesta en seis meses, se entiende denegada.
Más en la bonificación de la plusvalía en herencias.
Dónde se declara
La ordenanza dice que los herederos presentan la declaración «ante el Ayuntamiento», según su modelo. A la vez, el impuesto figura entre los que Suma Gestión Tributaria, de la Diputación de Alicante, gestiona para Aspe.
Suma explica que, cuando la gestión está delegada, la declaración se hace en Suma: por su sede electrónica, en sus oficinas o por correo. El profesional confirma la vía antes de presentar.
Se acompaña la escritura de herencia o, mientras no exista, el testamento o la declaración de herederos y el certificado de últimas voluntades.
No tenemos oficina en Aspe. El abogado o gestor colaborador puede presentar la declaración en tu nombre.
Plazo
Para las herencias, la ordenanza da seis meses desde el fallecimiento, «prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo».
La prórroga hay que pedirla antes de que acaben los seis meses. Más detalle en el plazo de la plusvalía en una herencia.
Fallecimientos de la primera mitad de 2024
El texto vigente entra en vigor al día siguiente de publicarse el texto íntegro. Su disposición final menciona una publicación de abril de 2024, y el texto definitivo apareció en junio.
Si el fallecimiento fue en esos meses, el profesional comprueba qué redacción se aplica.
Si no hubo ganancia
Una vivienda puede valer hoy menos que cuando se adquirió. En ese caso no hay plusvalía, aunque hay que declararlo y probarlo con los títulos de adquisición y herencia.
Si la ganancia real es menor que la del cálculo objetivo, se puede elegir la real. Suma pide escogerla en la declaración, con la documentación, y presentarla en plazo.
Los coeficientes del cálculo objetivo los fija la ley, y en 2026 han cambiado varias veces. El profesional aplica los de la fecha del fallecimiento.
Te lo contamos en cómo se calcula la plusvalía en una herencia.
Sucesiones, en Novelda
El impuesto de sucesiones de quien vivía en Aspe se presenta en la Oficina Liquidadora de Novelda, de la Agència Tributària Valenciana. Los valores declarados allí sirven luego para la plusvalía.
En la Comunitat Valenciana, los grupos I y II tienen una bonificación del 99 % de la parte de la cuota que corresponde a los bienes declarados. Lo explicamos en impuesto de sucesiones en la Comunitat Valenciana.
Registro, juzgados y notaría, en abogados de herencias en Aspe. La guía general es plusvalía municipal en herencias.
El profesional colaborador te explica sus honorarios antes de empezar.
Preguntas frecuentes
Mi abuelo compró la casa hace cuarenta años. ¿Qué tipo se aplica?
La escala de la ordenanza llega hasta los veinte años, con un 27 %. La ley trata igual los periodos de veinte años o más, y el profesional lo confirma con Suma.
¿La rebaja vale también para el viudo?
Sí. La ordenanza incluye a los cónyuges, también cuando reciben un usufructo. Lo explicamos en plusvalía y usufructo del viudo.
¿Tengo que ir a una oficina de Suma?
No es necesario. La declaración se puede presentar por la sede electrónica, y el profesional puede hacerlo por ti.
¿Qué pasa si vendemos la casa al poco de heredarla?
Esa venta genera otra plusvalía, a cargo de los vendedores. En principio la bonificación por herencia no se pierde por vender, porque la ordenanza no pide mantener el inmueble.
Si has heredado en Aspe, cuéntanos qué inmuebles hay y te ayudamos a ver qué toca primero.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido