Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía al heredar en Castelló de la Plana: autoliquidación y bonificación del 75 %

Cuando alguien fallece y deja un piso, un local o un solar en Castelló de la Plana, los herederos reciben también una obligación con el Ayuntamiento: la plusvalía municipal.

En Castelló tiene dos rasgos propios. La calculan y la pagan los propios herederos, con una autoliquidación. Y la rebaja para la familia no depende de que sea la vivienda habitual, pero solo alcanza a un inmueble por heredero.

Datos revisados en octubre de 2026. El texto vigente de la ordenanza rige desde el 1 de enero de 2025. Las ordenanzas pueden cambiar, así que el profesional confirma con vuestro caso la versión aplicable a la fecha del fallecimiento.

Qué es y quién la paga

El impuesto grava lo que ha subido el valor del suelo urbano mientras el inmueble fue del fallecido. En una herencia lo pagan los herederos que reciben cada inmueble, cada uno por su parte.

Da igual que la casa se venda o no: lo que provoca el impuesto es la herencia. La fecha que cuenta es la del fallecimiento.

En Castelló, autoliquidación

La ordenanza dice que el heredero «presentará al Ayuntamiento el documento de autoliquidación con arreglo a modelo oficial». Es decir, el cálculo lo hacéis vosotros y el pago va en el mismo plazo.

La web municipal tiene un formulario en línea que genera el impreso en PDF. Con él hay que aportar el documento de la herencia y los justificantes de la bonificación que se pida.

Que lo calculéis vosotros no cierra el asunto. El Ayuntamiento puede revisar la autoliquidación y practicar su propia liquidación, que os notificaría con plazo de pago y recursos.

Hay una excepción: si el terreno no tiene valor catastral, no se autoliquida. Se presenta una declaración y liquida el Ayuntamiento.

El tipo depende de los años

El tipo de gravamen cambia según cuánto tiempo tuvo el fallecido el inmueble:

  • Hasta 10 años: 21 por 100.
  • De 11 años a 20 años o más: 27 por 100.

El tipo se aplica sobre la base del impuesto, no sobre el valor de la casa. Para la base, la ley fija unos coeficientes máximos que han cambiado varias veces en 2026. Por eso no damos cifras: el profesional comprueba los aplicables a la fecha del fallecimiento.

La bonificación del 75 %

La ordenanza concede una bonificación «del 75 por 100, de la cuota íntegra» en las herencias a favor de «las/los descendientes y adoptados, las/los cónyuges, y las/los ascendientes y adoptantes».

Tiene un límite importante. Si un heredero recibe varios inmuebles, «únicamente aplicará la bonificación al inmueble de menor valor catastral». Para elegirlo no se cuentan garajes ni trasteros, salvo que solo se reciban garajes o trasteros.

El artículo no menciona la vivienda habitual ni exige conservar el inmueble un tiempo. Al ser autoliquidación, la bonificación se aplica en el propio impreso y se justifica con los documentos que se acompañan.

Si heredan hermanos o sobrinos, este artículo no los nombra. Más detalle sobre estas rebajas en bonificación de la plusvalía en herencias.

Plazo

La ordenanza da seis meses desde el fallecimiento, «prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo».

Si se presenta tarde sin que el Ayuntamiento lo haya pedido, se cobra un recargo. Pasados doce meses del final del plazo, también intereses. Si llega después de un requerimiento, se abre además un procedimiento sancionador. Lo explicamos en plazo de la plusvalía en una herencia.

Si el piso no ganó valor

Si el suelo no valía más al fallecer que cuando se adquirió, no hay incremento y no se paga. Hay que acreditarlo con los títulos de adquisición y de herencia.

Y si la ganancia real es menor que la del método de los coeficientes, la ordenanza permite tomar la real como base. Cuál de los dos cálculos sale mejor lo revisa el profesional con las escrituras. Lo tienes en plusvalía de una casa que ha perdido valor.

El usufructo de la viuda o el viudo

A veces la herencia se reparte con el usufructo para el cónyuge, si no estaban separados, y la nuda propiedad para los hijos. Cada uno tributa por lo que recibe, y la bonificación incluye también la constitución de derechos reales de goce a favor de esos familiares. Lo vemos en plusvalía y usufructo del viudo.

Mejor junto con sucesiones

El impuesto de sucesiones se presenta en seis meses ante la Agència Tributària Valenciana. Para Castelló capital, el buscador de la Agència asigna su Delegación en la ciudad. Descendientes, cónyuge y ascendientes tienen una bonificación del 99 % en la parte de la cuota que corresponde a los bienes declarados.

Los papeles son casi los mismos, así que conviene preparar los dos impuestos a la vez. Lo resumimos en impuesto de sucesiones en la Comunitat Valenciana, y los trámites de la provincia en herencias en Castellón. La guía general es plusvalía municipal en herencias.

No tenemos oficina en Castelló. Te ponemos en contacto con un profesional colaborador que trabaja a distancia o en su despacho y te explica sus honorarios antes de empezar.

Preguntas frecuentes

Heredamos el piso de mis padres y una plaza de garaje. ¿Dónde se aplica la rebaja?

Cada heredero la aplica solo al inmueble de menor valor catastral, y para eso no se cuentan los garajes y trasteros. En este caso iría al piso.

Mi tío no tenía hijos y heredamos los sobrinos. ¿Hay bonificación?

El artículo solo nombra a descendientes, cónyuges y ascendientes, con los adoptados y adoptantes. El profesional revisa vuestro caso.

¿Podemos pedir más plazo?

Sí. La ordenanza permite prorrogar los seis meses hasta un año si lo pedís.

¿El Ayuntamiento puede cambiar lo que hemos autoliquidado?

Sí. Puede comprobarlo y practicar otra liquidación, que se puede recurrir. Lo explicamos en recurrir la liquidación de la plusvalía.

Si estáis con una herencia en Castelló, contadnos qué inmuebles hay y os ayudamos a no dejar pasar el plazo.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido