Abogados de herencias en Girona

Tramitar una herencia en Lloret de Mar: Registros, juzgado de Blanes y ATC

Lloret de Mar supera a Blanes en población, con 43.000 habitantes, pero no tiene juzgado propio.

Para quien hereda aquí, eso significa que algunos trámites se hacen en la ciudad y otros fuera. Te lo ordenamos.

Datos revisados en octubre de 2026. El profesional que lleve tu caso confirma que siguen vigentes.

Lo que hacemos y lo que no

No tenemos oficina en Lloret de Mar. Esta página existe para orientar a quien hereda aquí.

Tu Herencia Directa no es un despacho de abogados: escuchamos tu caso y te ponemos en contacto con un abogado colegiado o un gestor especializado en herencias.

Ese profesional te atiende a distancia o en su despacho y te detalla sus honorarios antes de comprometerte. El primer contacto es sin compromiso.

Cada trámite, en su sitio

Juzgado en Blanes

Lloret de Mar forma parte del partido judicial número 7 de Girona, junto con Blanes y Tossa de Mar. La sede está en Blanes.

Si hay que acudir a los tribunales por la herencia, manda el último domicilio del fallecido. Si vivía en Lloret, Blanes o Tossa, iría al tribunal de instancia de Blanes.

Dos Registros en Lloret

Lloret de Mar tiene dos Registros de la Propiedad, el número 1 y el número 2. Cada finca está inscrita en el suyo.

Conviene pedir una nota simple de cada inmueble antes de repartir. Es la forma de saber si hay hipotecas o cargas pendientes.

Después de firmar la escritura, la inscripción a nombre de los herederos se pide en ese mismo Registro, una vez presentados los impuestos.

Sucesiones: Santa Coloma de Farners

La Agència Tributària de Catalunya tiene asignado Lloret a su Oficina Territorial de Santa Coloma de Farners. También se puede presentar por internet.

Para ir en persona, la ATC recomienda pedir cita antes.

Ante notario

Lo normal es aceptar y repartir la herencia en escritura notarial, que es la que se inscribe en el Registro. Si no hay testamento, antes hace falta la declaración de herederos.

La plusvalía de Lloret, resumida

Se presenta una declaración-liquidación o autoliquidación ante el Ayuntamiento, con un tipo del 30% y seis meses de plazo prorrogables.

La vivienda habitual heredada por hijos, padres, cónyuge o pareja estable tiene un 95% de rebaja si no se vende en cuatro años. Lo detallamos en plusvalía por herencia en Lloret de Mar.

El impuesto autonómico

Sucesiones lo regula la ley catalana si el fallecido pasó en Cataluña más tiempo que en cualquier otra comunidad durante sus últimos cinco años.

El cónyuge tiene una bonificación del 99% de la cuota, y descendientes y ascendientes, una bonificación que depende de lo que reciba cada uno.

Hay seis meses para presentarlo. Te lo explicamos en impuesto de sucesiones en Cataluña.

Herencias con elementos de otro país

En la provincia de Girona, más de uno de cada cinco residentes es extranjero, según un dato provisional del INE.

Si el fallecido no era español, o tenía bienes fuera, puede aplicarse otra ley a la sucesión. Los documentos extranjeros suelen necesitar apostilla y traducción.

Si tenía vecindad civil catalana, rige el derecho civil catalán: legítima de una cuarta parte para los hijos. Sin testamento y con hijos, el viudo no separado recibe el usufructo de toda la herencia.

Servicios disponibles

Para toda la provincia, consulta herencias en Girona.

Preguntas frecuentes

¿Por qué el juzgado está en Blanes?

Porque Lloret de Mar pertenece al partido judicial con sede en Blanes, igual que Tossa de Mar.

¿Qué oficina de la ATC corresponde a Lloret?

La Oficina Territorial de Santa Coloma de Farners. El impuesto también se puede presentar por internet.

¿Puedo vender el apartamento heredado enseguida?

Se puede, pero vender en los cuatro años siguientes hace perder la rebaja de la plusvalía de la vivienda habitual.

Escríbenos con los datos básicos de la herencia. Te ayudamos a situar el primer paso y a encontrar quién la lleve en Lloret de Mar.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido