Reparto de herencia en Baleares: el cuaderno particional isla por isla
Si tenéis que repartir una herencia en Mallorca, Menorca, Eivissa o Formentera, escríbenos por WhatsApp 24 h. Te ayudamos a ver qué le toca a cada uno según la isla y te ponemos en contacto con un abogado colaborador que prepara el cuaderno particional. El primer contacto no compromete, y el abogado te explica sus honorarios antes de empezar.
Qué es repartir una herencia
Repartir es pasar de «la herencia es de todos» a «este piso es tuyo y esta cuenta es mía». Ese reparto se escribe en el cuaderno particional, el documento que dice qué bienes hay, cuánto valen y a quién se adjudica cada uno.
En Baleares el reparto tiene un ingrediente propio: la Compilación de Derecho Civil, que cambia la legítima y los derechos del viudo según la isla.
Cómo se reparte, paso a paso, en las Illes Balears
- Saber qué ley civil rige. Depende de la vecindad civil del fallecido y, dentro de Baleares, de si era de Mallorca, de Menorca o de Eivissa y Formentera.
- Revisar el título. En Mallorca y Menorca el testamento necesita institución de heredero para ser válido. Puede haber también pactos sucesorios, heredero distribuidor o fiducia sucesoria.
- Separar lo que era del viudo. Para quien tiene vecindad balear, en las cuatro islas el régimen por defecto es la separación de bienes si no hubo capítulos (en Eivissa y Formentera, «espòlits»). Muchas veces no hay gananciales que liquidar antes del reparto.
- Inventario y valoración. Se listan bienes y deudas con valores realistas. En Baleares hay 28 Registros de la Propiedad y ninguno en Formentera, así que conviene saber dónde está inscrita cada finca.
- Calcular legítimas y usufructo. Con la regla de la isla que corresponda.
- Formar los lotes. Se reparten bienes buscando que encajen las cuotas. Si un lote vale más, quien lo recibe compensa a los demás.
- Firmar la escritura de partición. En la notaría, con todos los herederos de acuerdo.
- Impuesto en la ATIB e inscripción. Se presenta el impuesto, la plusvalía de cada inmueble y se inscribe cada finca a nombre de su adjudicatario.
Documentos que hacen falta para el cuaderno
- Certificados de defunción, últimas voluntades y seguros de vida.
- Testamento, escritura de pacto sucesorio o declaración de herederos.
- Escrituras, notas simples y recibos del IBI de cada inmueble.
- Valor de referencia catastral de los inmuebles.
- Saldos bancarios y deudas a la fecha del fallecimiento.
- Capitulaciones o «espòlits», si los hubo.
- Documentación de licencias, si hay vivienda de alquiler turístico.
Repartos que vemos en las islas
Cinco hermanos en Mallorca. Como son más de cuatro, su legítima conjunta es la mitad del haber hereditario, no un tercio. El resto lo reparte el testamento como quiera el fallecido.
Viuda con dos hijos en Menorca. Ella es legitimaria y tiene el usufructo de la mitad del haber. El reparto tiene que dejar ese usufructo bien concretado.
Hijo que firmó una «definición» en Mallorca. En vida de su padre renunció a sus derechos sucesorios a cambio de unos bienes. En el reparto ya no puede reclamar la legítima que definió.
Casa en Eivissa alquilada a turistas. Baleares tiene un 3,27 % de viviendas turísticas, frente al 1,28 % de media nacional. Antes de adjudicarla conviene revisar licencias e ingresos pendientes.
Plazos y quién cobra qué
No hay un plazo legal para repartir. Pero el impuesto de sucesiones vence a los seis meses del fallecimiento, prorrogables seis más si se pide en los cinco primeros. Y el reparto suele ir en la misma escritura de aceptación.
En la ATIB, descendientes, ascendientes, cónyuge y pareja estable inscrita (grupos I y II) tienen una bonificación del 100 % de la cuota. Para aplicarla, si se heredan inmuebles, el valor que conste en la escritura no puede superar el valor de referencia incrementado en un 20 %.
Por eso el reparto y la valoración van juntos: un valor mal elegido puede costar la bonificación. Cuando todos los herederos son del grupo II, cabe la autoliquidación simplificada conjunta del modelo 655.
Cada parte cobra lo suyo: notaría, Registro, ayuntamiento por la plusvalía y ATIB por el impuesto. El abogado te explica sus honorarios antes de empezar.
Dónde comprobarlo
La Compilación de Derecho Civil de las Illes Balears regula legítimas y derechos del viudo en cada isla. La ficha del impuesto de la ATIB explica dónde presentar.
La ATIB atiende con cita previa en los Servicios Centrales de Palma, en las delegaciones de Eivissa, Formentera y Maó y en oficinas de recaudación de zona.
Si el reparto acaba en el juzgado, decide el tribunal de instancia del último domicilio del fallecido. Hay 6 partidos judiciales: Palma, Inca y Manacor en Mallorca, Maó y Ciutadella en Menorca y Eivissa.
Datos revisados en octubre de 2026. La norma puede cambiar, y el abogado confirma con tu caso la que rige en la fecha del fallecimiento.
Qué hace por ti el abogado colaborador
No tenemos oficina en Palma ni en ninguna isla. El abogado colaborador te atiende a distancia o en su despacho, según el caso.
- Determina la vecindad civil y la isla cuyas reglas se aplican.
- Calcula legítimas, mejoras posibles y el usufructo del viudo.
- Prepara el cuaderno particional con lotes equilibrados.
- Ajusta los valores para no perder la bonificación del impuesto.
- Acompaña la firma en la notaría y la inscripción en cada Registro.
- Si no hay acuerdo, valora la mediación, un contador-partidor o el juzgado.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se reparte una herencia en Baleares?
Primero se ve qué ley civil se aplica y qué legítima hay. Después se hace inventario, se forman lotes y se firma la partición ante notario.
¿Cuánto es la legítima de los hijos en Mallorca?
Un tercio del haber hereditario si son cuatro o menos, y la mitad si son más de cuatro. En Menorca rige lo mismo.
¿Y en Eivissa y Formentera?
La legítima de los descendientes es también un tercio o la mitad según cuántos sean. La de los padres sigue el Código Civil.
¿Qué le corresponde al viudo en Mallorca?
Si concurre con descendientes, el usufructo de la mitad del haber; con padres, de dos tercios; en los demás casos, usufructo universal.
¿Qué es el cuaderno particional?
El documento que recoge el inventario, la valoración y la adjudicación de cada bien a cada heredero. Se suele protocolizar ante notario.
¿Qué pasa si los hermanos no se ponen de acuerdo en el reparto?
Herederos y legatarios que reúnan al menos la mitad del haber pueden pedir un contador-partidor dativo. Su reparto necesita aprobación del notario o del juzgado.
¿Se puede repartir sin pagar el impuesto?
El impuesto se presenta igualmente. Con bonificación del 100 %, puede no salir cuota, pero la autoliquidación es obligatoria.
¿Hay que liquidar los gananciales antes de repartir?
Depende del régimen del matrimonio. En Mallorca el régimen por defecto es la separación de bienes, así que muchas veces no hay gananciales.
¿Puedo quedarme la casa y compensar a mis hermanos?
Sí, si lo acordáis. El abogado revisa cómo afecta al impuesto el exceso de adjudicación antes de firmar.
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Si ya tenéis una propuesta de reparto, mándanosla. Te decimos qué conviene revisar antes de firmar.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido