Abogados de herencias en Leganés

Hacer testamento en Leganés: cómo se prepara y qué se firma ante notario

Si quieres hacer testamento en Leganés, te ponemos en contacto con un abogado colaborador que te ayuda a pensar qué dejar y a quién, antes de ir al notario. Puedes escribirnos por WhatsApp a cualquier hora, sin compromiso. El abogado te explica sus honorarios antes de empezar.

Datos revisados en octubre de 2026. Las leyes y las ordenanzas pueden cambiar; el profesional confirma lo que vale para tu caso concreto.

El testamento, en dos frases

Un testamento es el documento en el que dices quién se queda con tus cosas cuando faltes. El más habitual es el abierto ante notario: tú explicas lo que quieres, el notario lo redacta conforme a la ley y lo firmas en la notaría.

Hacerlo no obliga a nada mientras vives. Puedes cambiarlo cuantas veces quieras, y vale el último.

Lo que conviene saber si vives en Leganés

Leganés no tiene un derecho civil propio. Si tienes vecindad civil común, se aplica el Código Civil, con sus reglas de legítima y de derechos del viudo.

La demarcación notarial prevé seis notarías en Leganés. Todas forman parte del Colegio Notarial de Madrid, que abarca toda la comunidad.

No estás obligado a firmar en Leganés. Puedes hacer el testamento en cualquier notaría de España; lo importante es que quede inscrito en el Registro General de Actos de Última Voluntad, cosa que hace el propio notario.

Si algún día alguien discute el testamento y el fallecido vivía en Leganés, el pleito iría al Tribunal de Instancia de Leganés. La ciudad forma un partido judicial de un solo municipio.

El testamento también tiene efectos fiscales. El impuesto de sucesiones de la Comunidad de Madrid y la plusvalía del Ayuntamiento de Leganés tratan distinto a unos herederos que a otros.

Cómo se hace, paso a paso

  1. Piensa qué quieres. Haz una lista de tus bienes y de las personas a las que quieres dejar algo. No hace falta que sea exacta.
  2. Habla con el abogado colaborador. Revisa si lo que quieres cabe dentro de la legítima y te explica las opciones, como el usufructo del viudo o un legado concreto.
  3. Pide cita en una notaría. Puede ser una de las de Leganés u otra que te venga mejor. La notaría te dirá qué datos necesita.
  4. Envía tus datos. Normalmente basta con el DNI y los nombres de los herederos. El notario prepara el borrador.
  5. Firma. El notario te lee el testamento, comprueba que lo entiendes y que es tu voluntad, y lo firmas. En la mayoría de los casos no hacen falta testigos.
  6. Registro. El notario comunica el testamento al Registro General de Actos de Última Voluntad. Tú puedes pedir una copia simple para guardarla.

Qué llevar a la notaría

  • Tu DNI en vigor, o pasaporte y NIE si eres extranjero.
  • Nombre completo de las personas a las que dejas bienes y, si puedes, sus DNI.
  • Datos de los bienes concretos que quieras dejar a alguien: un piso, una cuenta, un local.
  • Si tienes un testamento anterior, sus datos, para que el nuevo lo sustituya sin dudas.
  • Si eres extranjero, información sobre tu nacionalidad, porque puede influir en qué ley se aplica.

Casos que vemos en Leganés

Un matrimonio mayor vive en su piso de Leganés con un hijo que les cuida. Quieren que ese hijo reciba algo más. Con el Código Civil se puede usar el tercio de mejora sin dejar fuera a los demás hijos.

Una pareja vive junta desde hace años, sin casarse. Con el Código Civil, la pareja de hecho no hereda si no hay testamento. Hacerlo es la forma de protegerla.

Una mujer viuda tiene un hijo con discapacidad y otro que vive fuera. Quiere asegurar el futuro del primero sin perjudicar al segundo. El abogado le explica las figuras que permite la ley, como la sustitución o el legado de usufructo.

Un vecino sin hijos quiere dejar algo a la persona que le ha cuidado estos años, que no es de su familia. La ley solo lo permite en testamento abierto ante notario. Lo dejado a la residencia o a sus empleados que cuidaban al internado es nulo.

Plazos, efectos y quién cobra

El testamento no tiene plazo: se hace cuando quieras y se puede cambiar siempre. Lo que sí tiene plazo es lo que viene después del fallecimiento.

Tras la muerte, hay que esperar quince días hábiles para pedir el certificado de últimas voluntades. Ese certificado dice qué notario tiene el último testamento.

Después, los herederos tienen seis meses para el impuesto de sucesiones y también seis meses, prorrogables, para la plusvalía de Leganés. En Madrid, descendientes, cónyuge y ascendientes tienen una bonificación del 99 % de la cuota del impuesto.

La plusvalía de Leganés tiene una bonificación para descendientes, cónyuges y ascendientes. Si se trata de la vivienda habitual, «el adquirente debe haber convivido con el causante los dos años anteriores al fallecimiento».

Por eso, si piensas dejar tu piso de Leganés a quien vive contigo, conviene que el abogado lo tenga en cuenta. Así el testamento encaja con lo que luego pedirá el Ayuntamiento.

Quién cobra qué:

  • La notaría, el testamento, según el arancel notarial.
  • El abogado, si le pides asesoramiento previo, sus honorarios, que te explica antes.
  • No hay impuesto por hacer testamento.

Dónde comprobarlo

La demarcación notarial, con las notarías previstas en cada municipio, está en el Real Decreto de demarcación notarial en el BOE.

Las reglas del impuesto que pagarán tus herederos están en la página del impuesto de sucesiones de la Comunidad de Madrid.

La ordenanza de plusvalía de Leganés, con su bonificación, se publicó en el BOCM del 3 de enero de 2026.

Cómo te ayudamos

No tenemos oficina en Leganés. El abogado colaborador te puede atender por teléfono, por videollamada o en su despacho, según prefieras.

Escucha lo que quieres, revisa si choca con la legítima de tus hijos y te propone una redacción clara. Así llegas a la notaría con las ideas ordenadas.

Si ya tienes un testamento antiguo, te dice si sigue sirviendo o si conviene cambiarlo. Pasa mucho tras un divorcio, una nueva pareja o el nacimiento de un nieto.

El testamento lo autoriza siempre el notario. El abogado prepara el contenido y te acompaña si lo necesitas.

Preguntas frecuentes

¿Dónde puedo hacer testamento en Leganés?

En cualquiera de las notarías de la ciudad, que según la demarcación son seis. También en cualquier otra notaría de España.

¿Qué necesito para hacer testamento en Leganés?

El DNI y saber a quién quieres dejar tus bienes. La notaría te pedirá los nombres de los herederos y, si hay legados, los datos de esos bienes.

¿Cuánto tarda hacer testamento ante notario?

La firma es breve. Lo que lleva más tiempo es decidir el contenido, y para eso ayuda hablarlo antes con un abogado.

¿Puedo dejar todo a un solo hijo?

Con el Código Civil, no del todo. Los hijos tienen derecho a la legítima, que son dos tercios de la herencia, aunque uno de esos tercios puede usarse para mejorar a uno.

¿Qué le queda al viudo si hay testamento?

Como mínimo, el usufructo del tercio de mejora si concurre con hijos y no estaban separados. El testamento puede dejarle más, siempre respetando la legítima.

¿Hace falta abogado para hacer testamento en Leganés?

No es obligatorio. Conviene cuando hay hijos de distintas parejas, bienes en otro país, una empresa o un hijo con discapacidad.

¿Se puede cambiar un testamento hecho en Leganés?

Sí, cuando quieras y ante cualquier notario. El nuevo deja sin efecto al anterior, salvo que digas otra cosa.

¿Vale un testamento escrito a mano?

Sí, si cumple los requisitos del testamento ológrafo. Después del fallecimiento hay que llevarlo a un notario en los cinco años siguientes para que lo compruebe y lo protocolice, lo que suele traer más trámites.

¿Pagan menos plusvalía los hijos que heredan el piso donde vivían con sus padres en Leganés?

En Leganés la bonificación de la vivienda habitual exige convivencia de dos años, seguir empadronado y no venderla en cuatro años. El abogado comprueba si encaja en vuestro caso.

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Dejarlo por escrito evita muchas dudas a los tuyos. Cuéntanos tu situación y te ponemos en contacto con el abogado adecuado en Leganés.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido