Abogados de herencias en Leganés

Impuesto de sucesiones en Leganés: la bonificación madrileña y dónde presentarlo

Si el fallecido vivía en Leganés, el impuesto de sucesiones se presenta ante la Comunidad de Madrid, y en la ciudad hay una oficina liquidadora. Te ponemos en contacto con un profesional que lo calcula y lo presenta por ti.

Escríbenos por WhatsApp cuando te venga bien, también de noche. No compromete a nada, y el profesional te explica sus honorarios antes de empezar.

Datos revisados en octubre de 2026. La norma puede cambiar, y el profesional que lleve tu caso lo confirma.

En pocas palabras

Cada heredero declara lo que recibe con su propio modelo 650, que es la autoliquidación del impuesto. En Madrid es obligatorio autoliquidar, aunque al final salga muy poco.

Se aplica la ley madrileña si el fallecido tuvo su residencia en la Comunidad de Madrid la mayor parte de los últimos cinco años.

El impuesto paso a paso en Leganés

  1. Reúne los certificados de defunción, de últimas voluntades y de seguros de vida.
  2. Consigue la copia del testamento o, si no lo hubo, la declaración de herederos ante notario. La demarcación notarial prevé seis notarías en Leganés.
  3. Haz el inventario: pisos, garajes, cuentas, fondos, coche y deudas. Los inmuebles de la ciudad están en uno de sus dos Registros de la Propiedad, el n.º 1 o el n.º 2.
  4. Valora cada bien a la fecha del fallecimiento. El profesional revisa si el inmueble tiene valor de referencia del Catastro.
  5. Calcula las reducciones y la bonificación de cada heredero según su parentesco.
  6. Presenta un modelo 650 por heredero. Puedes hacerlo por la Oficina Virtual Tributaria o en persona con cita previa.
  7. Con el impuesto presentado, inscribe la herencia en el Registro y desbloquea las cuentas.

La oficina liquidadora de Leganés tiene como ámbito la propia ciudad. Según la Comunidad, puedes acudir a cualquiera de sus oficinas liquidadoras para presentar, y también por internet.

Las oficinas liquidadoras están en registros de la propiedad, y la cita se pide en la web de los Registradores.

Cuánto paga la familia directa en Madrid

Descendientes (hijos, nietos…), cónyuge y ascendientes están en los grupos I y II. Tienen una bonificación del 99 % de la cuota, también en los seguros de vida que se suman a lo heredado.

Antes de esa bonificación se aplican las reducciones propias de Madrid:

  • Descendientes menores de 21 años: 16.000 euros, más 4.000 por cada año que les falte hasta los 21, sin pasar de 48.000 euros.
  • Descendientes de 21 años o más, cónyuges y ascendientes: 16.000 euros.
  • Seguro de vida cobrado por cónyuge, ascendiente o descendiente: reducción del 100 % con un límite de 9.200 euros.
  • Heredero con discapacidad: 55.000 euros con un grado de al menos el 33 %, y 153.000 con el 65 % o más.

La pareja de hecho que cumpla la Ley de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid se equipara al cónyuge.

Hermanos, sobrinos y otros parientes

Hermanos, sobrinos, tíos y parientes por afinidad, como suegros, yernos o cuñados, están en el grupo III. Su reducción es de 8.000 euros.

Además tienen una bonificación del 50 % de la cuota. Solo cubre la parte de los bienes declarados de forma completa, en plazo o fuera de él sin requerimiento previo.

Primos y personas sin parentesco, del grupo IV, no tienen reducción ni bonificación.

La vivienda de Leganés que se hereda

La vivienda habitual del fallecido tiene una reducción del 95 %, con un límite de 123.000 euros por heredero.

Vale para cónyuge, ascendientes, descendientes y también para un pariente colateral mayor de 65 años que haya convivido con el fallecido los dos años anteriores.

Hay que mantener la vivienda durante los cinco años siguientes al fallecimiento. En principio, si se vende antes, se pierde la reducción, y hay que declararlo y pagar con intereses.

Papeles que conviene tener a mano

  • Certificado de defunción, de últimas voluntades y de seguros de vida.
  • Testamento o acta de declaración de herederos.
  • DNI o NIE de todos los herederos.
  • Escrituras, recibo del IBI y nota simple de cada inmueble.
  • Certificados bancarios de saldos a la fecha del fallecimiento.
  • Si hay pareja de hecho, su inscripción.
  • Si algún heredero tiene discapacidad, el certificado del grado.

Situaciones reales en Leganés

Una madre fallece y deja el piso donde vivía y una cuenta. Sus dos hijas aplican la bonificación del 99 %, pero aun así presentan cada una su modelo 650.

Un hijo convivía con su padre y quiere vender el piso heredado para comprar otro. Antes conviene revisar los cinco años de la reducción y los cuatro de la bonificación municipal.

Una mujer sin hijos deja su casa a un sobrino. El sobrino, del grupo III, tiene la bonificación del 50 % sobre la parte de la cuota de los bienes que declare de forma completa.

Un heredero vive en otro país. Presenta ante la Agencia Tributaria del Estado, pero puede aplicar la ley de Madrid. En Leganés hay una Administración de la Agencia Tributaria.

Plazos y quién cobra qué

El plazo es de seis meses desde el fallecimiento. La prórroga de otros seis se pide antes de que pasen los cinco primeros meses y lleva intereses de demora.

Si se presenta tarde, hay un recargo sobre lo pendiente. Si Hacienda lo detecta antes, puede haber sanción.

  • La Comunidad de Madrid cobra el impuesto de sucesiones.
  • El Ayuntamiento de Leganés liquida la plusvalía del suelo urbano.
  • La notaría y el Registro cobran según sus aranceles.
  • El profesional colaborador te explica sus honorarios antes de empezar.

La plusvalía de Leganés cambió en 2026

La plusvalía es un impuesto distinto, municipal. Para fallecimientos a partir del 4 de enero de 2026, los herederos presentan una declaración y el Ayuntamiento practica la liquidación.

El tipo va del 27 % al 25 %, según los años que el fallecido tuvo el inmueble.

Los descendientes, cónyuges y ascendientes tienen una bonificación que depende del valor catastral del suelo:

  • 95 % si no pasa de 30.000 euros.
  • 75 % si pasa de 30.000 y no excede de 50.000 euros.
  • 50 % si pasa de 50.000 y no excede de 70.000 euros.
  • 15 % si pasa de 70.000 euros.

Tratándose de la vivienda habitual, el adquirente debe haber convivido con el causante los dos años anteriores al fallecimiento.

Además debe seguir empadronado allí y no transmitirla durante los cuatro años siguientes a la concesión. La bonificación se pide junto con la declaración.

El plazo es de seis meses, prorrogables hasta un año. Todo el detalle está en plusvalía por herencia en Leganés.

Cómo comprobarlo tú

La Comunidad publica el ámbito de cada oficina en su página de oficinas liquidadoras.

Las reglas del impuesto están en la página oficial del impuesto de sucesiones de la Comunidad de Madrid.

Y el cambio de la plusvalía lo explica el Ayuntamiento de Leganés.

Qué hace por ti el profesional colaborador

Tu Herencia Directa no es un despacho ni tiene oficina en Leganés. Te ponemos en contacto con un abogado o un gestor que lleva impuestos de herencias en la Comunidad de Madrid.

Puede atenderte a distancia o en su despacho. Reúne los papeles, valora los bienes, calcula cada modelo 650 y lo presenta.

También pide la prórroga si hace falta, prepara la declaración de la plusvalía y te avisa de los plazos de mantenimiento.

Si hay pleito entre herederos, cuenta el último domicilio del fallecido. Leganés es un partido judicial de un solo municipio, con Sección Civil y de Instrucción mixta.

Preguntas frecuentes

¿Dónde se presenta el impuesto de sucesiones en Leganés?

En la oficina liquidadora de Leganés, en cualquier otra oficina liquidadora de la Comunidad o por internet en la Oficina Virtual Tributaria.

¿Cuánto se paga de impuesto de sucesiones en Leganés si heredo de mis padres?

En general poco: descendientes, cónyuge y ascendientes tienen una bonificación del 99 % de la cuota. El profesional te calcula la cifra exacta.

¿Hay que presentar el modelo 650 aunque no haya que pagar casi nada?

Sí. En Madrid la autoliquidación es obligatoria, y la bonificación se aplica dentro de ella.

¿Cuánto tiempo hay para presentar sucesiones en Leganés?

Seis meses desde el fallecimiento. Puedes pedir otros seis si lo solicitas en los cinco primeros meses.

¿Cómo pido cita en la oficina liquidadora de Leganés?

La cita de las oficinas liquidadoras se pide en la web de los Registradores. Para la oficina central de la Dirección General de Tributos, en la web de la Comunidad.

¿Pagan sucesiones los sobrinos en Madrid?

Sí, pero tienen una bonificación del 50 % sobre lo que declaren de forma completa. Primos y amigos no tienen bonificación.

¿Qué pasa si vendo el piso heredado en Leganés antes de cinco años?

En principio pierdes la reducción de vivienda habitual. Si además tenías la bonificación de la plusvalía, mira también sus cuatro años.

¿La plusvalía de Leganés se paga al Ayuntamiento o a la Comunidad?

Al Ayuntamiento. Desde el cambio de 2026, los herederos declaran y el Ayuntamiento practica la liquidación.

¿Qué hago si un heredero vive fuera de España?

Presenta ante la Agencia Tributaria del Estado, pero puede aplicar la ley de Madrid si el fallecido residía aquí.

¿Puede el banco darme el dinero antes de pagar sucesiones?

Puede, pero responde del impuesto si lo entrega sin que se haya pagado. Por eso suele pedir el justificante del modelo 650.

Te puede interesar

Cuéntanos qué ha dejado la persona fallecida y quiénes heredáis. Te ponemos en contacto con quien presente el impuesto a tiempo.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido