Abogados de herencias en Rivas-Vaciamadrid

Gestoría de herencias en Rivas-Vaciamadrid: un profesional para todo el papeleo

Si tienes que tramitar una herencia en Rivas-Vaciamadrid, te ponemos en contacto con un gestor o abogado colaborador que se encarga de todos los pasos. Basta con escribirnos por WhatsApp, a cualquier hora y sin compromiso. El profesional te explica sus honorarios antes de empezar.

Datos revisados en octubre de 2026. Normas, ordenanzas y oficinas pueden cambiar; el profesional que acepte el encargo confirma lo que vale para ti.

En pocas palabras

Tramitar una herencia es pasar por notaría, Comunidad de Madrid, Ayuntamiento y Registro, cada uno con sus papeles y sus plazos. Una gestoría de herencias en Rivas Vaciamadrid se encarga de ese recorrido por la familia.

Tu Herencia Directa no es una gestoría ni un despacho. Escuchamos el caso y lo pasamos a gestores y abogados colaboradores especializados en herencias, que son quienes prestan el servicio.

Cómo se reparten los trámites en Rivas

Rivas-Vaciamadrid tiene 103.148 habitantes, pero sus juzgados no están en la ciudad. Pertenece al partido judicial de Arganda del Rey, y el tribunal de instancia tiene allí su sede. En Rivas hay una Oficina de Justicia en el municipio.

El Registro de la Propiedad sí está en Rivas: hay uno solo, el Registro de la Propiedad de Rivas-Vaciamadrid.

Para el impuesto de sucesiones, la lista oficial de la Comunidad sitúa a Rivas en el ámbito de la oficina liquidadora de Alcalá de Henares. La misma página dice que se puede acudir a cualquier oficina liquidadora, y también presentar por internet.

La demarcación notarial prevé dos notarías en Rivas-Vaciamadrid.

Como el partido judicial es el de Arganda del Rey, la abogacía corresponde al Colegio de Abogados de Alcalá de Henares, que tiene ese partido en su demarcación.

Y la plusvalía tiene un sistema propio: en Rivas se puede elegir entre autoliquidar o declarar, y la ordenanza prefiere la autoliquidación.

Los pasos, uno detrás de otro

  1. Certificados de partida. Defunción, últimas voluntades y seguros de vida.
  2. Quién hereda. Copia autorizada del testamento o, sin testamento, declaración de herederos ante notario.
  3. Bienes y deudas. Saldos bancarios, escrituras, recibo del IBI y préstamos pendientes.
  4. Nota simple. Se pide al Registro de Rivas-Vaciamadrid para ver cargas y titulares.
  5. Escritura de herencia. Se firma en notaría, en Rivas o donde os resulte más cómodo.
  6. Impuesto de sucesiones. Modelo 650 ante la Comunidad de Madrid, por internet o en una oficina liquidadora, como la de Alcalá de Henares.
  7. Plusvalía. Autoliquidación ante el Ayuntamiento de Rivas en plazo, con su pago en un mes desde la presentación.
  8. Inscripción y cambios. Registro de la Propiedad de Rivas, y después bancos, IBI y suministros.

Papeles que se suelen necesitar

  • DNI del fallecido y de cada heredero.
  • Certificados de defunción, de últimas voluntades y de seguros de vida.
  • Testamento o acta de declaración de herederos.
  • Certificados de saldos de las cuentas a la fecha del fallecimiento.
  • Escrituras de los inmuebles y último recibo del IBI.
  • Si hay pareja de hecho, el certificado de inscripción en el registro de uniones de hecho de la Comunidad de Madrid.
  • Si se quiere pagar por la ganancia real, la documentación de los valores de adquisición y de herencia.

Situaciones típicas en Rivas

Dos hijos heredan el chalé de sus padres en Rivas y ninguno vive allí. En Rivas la bonificación de la plusvalía no exige que sea la vivienda habitual. Lo importante es autoliquidar en plazo y mantener la casa cuatro años.

Una pareja de hecho llevaba años junta y estaba inscrita en el registro de la Comunidad. La ordenanza de Rivas extiende la bonificación a quienes acrediten esa inscripción.

Dos hermanos que heredaron el piso de sus padres quieren venderlo a los dos años. Perderían la bonificación de la plusvalía y tendrían que pagar la parte bonificada con intereses de demora. El gestor lo explica antes de que decidan.

El fallecido compró el piso hace poco y vale menos que entonces. El gestor revisa si procede presentar la autoliquidación con cuota cero, aportando la prueba de que no hubo ganancia.

Plazos y costes

El impuesto de sucesiones: seis meses desde el fallecimiento, con prórroga de otros seis si se pide en los cinco primeros meses. La prórroga lleva intereses de demora.

En Madrid, descendientes, cónyuge y ascendientes tienen una bonificación del 99 % de la cuota. Para el grupo III, con hermanos, sobrinos, tíos y parientes por afinidad como los suegros, es del 50 %, sobre los bienes declarados de forma completa y sin requerimiento previo.

La plusvalía de Rivas tiene «seis meses prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo», contados desde el fallecimiento.

El tipo es del 30 %. La bonificación es del 95 % de la cuota en las transmisiones por causa de muerte «a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes».

Tiene dos requisitos en la ordenanza. Primero, «los sujetos pasivos están obligados a practicar declaración-autoliquidación del Impuesto en los plazos regulados en el artículo 16.2».

Segundo, «el adquiriente debe mantener la adquisición durante los cuatro años siguientes, salvo que falleciese dentro de ese plazo». Si no se cumple, hay que pagar la parte bonificada y los intereses de demora.

El Ayuntamiento comprueba las autoliquidaciones y, si no son conformes, practica una liquidación definitiva.

Los coeficientes los fija la ley, con el máximo vigente, y han cambiado varias veces en 2026. El profesional comprueba los que tocan a la fecha del fallecimiento.

Quién cobra qué:

  • La notaría, por la escritura y la declaración de herederos, si hace falta.
  • El Registro de Rivas-Vaciamadrid, por la inscripción.
  • La Comunidad de Madrid, el impuesto de sucesiones, si resulta cuota.
  • El Ayuntamiento de Rivas, la plusvalía autoliquidada.
  • El gestor o abogado, sus honorarios, que te explica antes de empezar.

Cómo comprobar tu caso

La ordenanza está en la página de normativa del Ayuntamiento de Rivas, con el texto vigente.

El Ayuntamiento publica cada año un anexo con los coeficientes que aplica ese año.

La oficina liquidadora de cada municipio se consulta en la lista de oficinas liquidadoras de la Comunidad.

Los datos del Registro están en su ficha del directorio de Registradores.

Qué hace por ti el profesional

No tenemos oficina en Rivas-Vaciamadrid. El gestor o abogado colaborador puede atenderte a distancia o en su despacho, según el caso.

Reúne los certificados, prepara el inventario y redacta el borrador del reparto con vosotros. Coordina una cita en notaría para firmar juntos.

Calcula y presenta la autoliquidación de la plusvalía dentro de plazo, para no perder la bonificación. También presenta el impuesto de sucesiones y la inscripción.

Si hay conflicto y el fallecido vivía en Rivas, el pleito iría al tribunal de instancia de Arganda del Rey. En ese caso interviene un abogado.

El servicio completo se explica en gestión integral de herencias, y cada trámite en trámites de la herencia.

Preguntas frecuentes

¿Quién lleva una herencia en Rivas Vaciamadrid?

Te ponemos en contacto con gestores y abogados colaboradores que llevan todos los trámites. Empiezas por WhatsApp, sin moverte de casa.

¿La plusvalía de una herencia en Rivas se autoliquida?

La ordenanza deja elegir entre autoliquidación y declaración, y prefiere la autoliquidación. Para tener la bonificación hay que autoliquidar en plazo.

¿Qué bonificación de plusvalía hay en Rivas para los hijos?

Un 95 % para descendientes, cónyuges y ascendientes, y para parejas inscritas en el registro de la Comunidad. No exige que sea la vivienda habitual.

¿Qué pasa si vendo el piso heredado en Rivas antes de cuatro años?

Se pierde la bonificación de la plusvalía. Hay que pagar la parte bonificada con intereses de demora.

¿Dónde presento el impuesto de sucesiones viviendo en Rivas?

Rivas está en el ámbito de la oficina liquidadora de Alcalá de Henares. Se puede ir a cualquier oficina liquidadora o presentar por internet.

¿Dónde están los juzgados que corresponden a Rivas?

En Arganda del Rey, sede del partido judicial. En Rivas hay una Oficina de Justicia en el municipio.

¿Hay Registro de la Propiedad en Rivas-Vaciamadrid?

Sí, uno solo, con sede en la ciudad.

¿Cuánto cuesta una gestoría de herencias en Rivas?

Cada profesional te explica sus honorarios antes de empezar. Notaría, Registro e impuestos se pagan aparte.

¿Puedo hacer la herencia si vivo fuera de Madrid?

Sí. Casi todo se hace a distancia, y para la firma puedes dar un poder notarial a otro heredero.

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Cuéntanos qué ha dejado tu familiar en Rivas y quiénes heredáis. Te ponemos en contacto con el profesional que mejor encaja.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido