Abogados de herencias en Alcobendas

Gestoría de herencias en Alcobendas: quien te lleve la herencia de principio a fin

Si buscas una gestoría de herencias en Alcobendas, lo que quieres es que alguien de confianza haga los trámites mientras tu familia se organiza.

Te ponemos en contacto con gestores y abogados colaboradores que llevan la herencia completa. Escríbenos por WhatsApp 24 h; el primer contacto no compromete y el profesional te explica sus honorarios antes de empezar.

De qué se ocupa quien lleva una herencia

Tramitar una herencia supone pasar por la notaría, la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento, el Registro de la Propiedad y los bancos. Cada uno pide papeles distintos y algunos plazos corren desde el día del fallecimiento.

Tu Herencia Directa no es una gestoría ni un despacho. Escuchamos tu caso y te ponemos en contacto con el gestor o el abogado colaborador adecuado, que es quien presta el servicio.

Datos revisados en octubre de 2026. Las leyes y las ordenanzas pueden cambiar, y el profesional confirma con tu caso cuál se aplica.

Los pasos de una herencia en Alcobendas

  1. Certificados. Defunción, últimas voluntades y seguros de vida. Sin el de últimas voluntades no se sabe si hay testamento.
  2. Título de herederos. Copia autorizada del testamento o, si no lo hay, declaración de herederos ante notario (la ley limita cuál puede hacerla). La demarcación notarial prevé cinco notarías en Alcobendas.
  3. Inventario y valores. Saldos bancarios a la fecha del fallecimiento, recibos del IBI, vehículos, deudas y la hipoteca, si queda.
  4. Escritura de aceptación y adjudicación. Lo habitual es firmarla en la notaría con todos los herederos o sus apoderados.
  5. Impuesto de sucesiones. Se autoliquida con el modelo 650 ante la Comunidad de Madrid, por internet o en una oficina liquidadora.
  6. Plusvalía municipal. Se presenta en el Ayuntamiento de Alcobendas como declaración-autoliquidación, y la bonificación se pide al iniciarla.
  7. Inscripción. La escritura se lleva al Registro de la Propiedad que corresponda a cada finca. Alcobendas tiene dos, el nº 1 y el nº 2.
  8. Cierre. Bancos, suministros y, si el fallecido trabajaba o cobraba pensión, los avisos que procedan.

Dónde se hace cada trámite si el fallecido vivía en Alcobendas

Impuesto de sucesiones. Lo gestiona la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid. La oficina liquidadora de Alcobendas tiene como ámbito Alcobendas, Pedrezuela y San Agustín de Guadalix.

Según la Comunidad, se puede presentar en cualquiera de sus oficinas liquidadoras o por internet en su Oficina Virtual Tributaria. Salvo en la oficina de la calle Manuel Cortina, la cita se pide con el enlace de los Registradores que da la ficha de cada oficina.

Plusvalía. El Ayuntamiento de Alcobendas ofrece la autoliquidación con asistencia en su Servicio de Atención Ciudadana. También permite pedir una liquidación previa para conocer el importe antes de presentar.

Agencia Tributaria del Estado. Tiene una Administración en Alcobendas, útil para la última declaración de la renta del fallecido.

Catastro. La Gerencia Regional de Madrid es la única oficina del Catastro de la Comunidad.

Juzgado. Alcobendas es sede de un partido judicial con siete municipios, entre ellos San Sebastián de los Reyes y El Molar. Si hay pleito y el fallecido vivía aquí, corresponde a la Sección Civil de su Tribunal de Instancia.

La plusvalía de Alcobendas, con detalle

El tipo de gravamen es del 29,5 %. Al heredar la vivienda habitual del fallecido, la ordenanza aplica una bonificación según quién herede:

  • Del 85 por 100 las realizadas a favor de descendientes en línea directa y adoptados menores de 25 años.
  • Del 60 por 100 las realizadas a favor de descendientes en línea directa y adoptados mayores de 25 años.
  • Del 60 por 100 las realizadas a favor de cónyuges, adoptantes y ascendientes en línea directa.
  • En la constitución de usufructo vitalicio a favor del cónyuge sobreviviente, del 85 por 100.

Se equipara al cónyuge la pareja inscrita en el Registro de Parejas de Hecho del Ayuntamiento o en el de la Comunidad de Madrid. La ordenanza no aclara qué porcentaje corresponde a quien tiene justo veinticinco años; eso lo confirma el Ayuntamiento.

Si el fallecido estaba empadronado en una residencia de ancianos, cuenta como vivienda habitual la última que tuvo. Después de presentar, el Ayuntamiento puede comprobar la autoliquidación y practicar una liquidación provisional distinta.

Documentos que suele pedir el gestor

  • DNI del fallecido y de todos los herederos.
  • Certificados de defunción, últimas voluntades y seguros.
  • Testamento o declaración de herederos.
  • Libro de familia o documento de la pareja de hecho inscrita.
  • Escrituras de los inmuebles y último recibo del IBI.
  • Certificados de saldos de las cuentas a la fecha del fallecimiento.
  • Escritura de aceptación, si ya se firmó, para la bonificación de la plusvalía.

Casos frecuentes en Alcobendas

Piso familiar y dos hijos jóvenes. El padre fallece y la madre queda con el usufructo. La plusvalía distingue el usufructo vitalicio del cónyuge y la parte de cada hijo, y el gestor aplica la bonificación que toque a cada uno.

Herederos repartidos por Madrid. Uno vive en Alcobendas, otro en el centro y otro fuera. Se presenta el modelo 650 por internet y se coordina una sola firma en la notaría.

Local del negocio familiar. La ordenanza también bonifica los locales afectos a la actividad del fallecido, pero exige mantener la adquisición y la actividad cinco años.

Plaza de garaje en San Sebastián de los Reyes. Cada inmueble paga la plusvalía en su propio ayuntamiento, con su ordenanza.

Plazos y quién cobra qué

El impuesto de sucesiones tiene seis meses desde el fallecimiento. La prórroga, de otros seis, se pide dentro de los cinco primeros meses y genera intereses de demora.

La plusvalía de Alcobendas también se presenta en seis meses. Es prorrogable hasta un año si se pide antes de que venzan, y se entiende concedida por el tiempo solicitado.

En la Comunidad de Madrid, descendientes, ascendientes y cónyuge tienen una bonificación del 99% en la cuota del impuesto de sucesiones. La pareja de hecho que cumple la ley madrileña se asimila al cónyuge.

La vivienda habitual del fallecido tiene además una reducción del 95% con límite de 123.000 euros por heredero. En principio se pierde si no se conserva cinco años.

Cada parte cobra lo suyo: la notaría y el Registro, por arancel; la Comunidad, el impuesto que resulte; el Ayuntamiento, la plusvalía. El gestor o el abogado te explica sus honorarios antes de empezar.

Cómo comprobarlo

Las oficinas liquidadoras y su ámbito están en la página de oficinas liquidadoras de la Comunidad de Madrid.

La bonificación de la plusvalía y los papeles que pide el Ayuntamiento se explican en la sede electrónica de Alcobendas.

Y la guía del impuesto está en la web de la Comunidad sobre sucesiones.

Qué hace el gestor o el abogado colaborador

Tu Herencia Directa no tiene oficina en Alcobendas. El profesional colaborador te atiende a distancia o en su despacho, según el caso.

Reúne los certificados, prepara la escritura con la notaría, presenta el modelo 650 y la plusvalía con su bonificación, e inscribe los inmuebles. Si un heredero no firma o hay dudas con el testamento, interviene un abogado.

Te explica qué incluye su trabajo y sus honorarios antes de empezar.

Preguntas frecuentes

¿Qué hace una gestoría de herencias en Alcobendas?

Lleva los trámites de la herencia: certificados, notaría, impuesto, plusvalía y Registro. Te ponemos en contacto con un gestor o abogado colaborador que lo hace todo.

¿Dónde se presenta el impuesto de sucesiones en Alcobendas?

Ante la Comunidad de Madrid: por internet o en una oficina liquidadora. Hay una en Alcobendas, aunque se puede acudir a cualquiera.

¿Cuánto se paga de impuesto de sucesiones en Alcobendas?

Para descendientes, ascendientes y cónyuge, la Comunidad bonifica el 99% de la cuota. El cálculo exacto depende de los bienes y lo hace el profesional.

¿Qué bonificación tiene la plusvalía en Alcobendas?

Al heredar la vivienda habitual, el 85% o el 60% según el parentesco y la edad, y el 85% en el usufructo vitalicio del cónyuge.

¿Cuándo se pide la bonificación de la plusvalía?

Al iniciar la autoliquidación con asistencia del Ayuntamiento, aportando defunción, últimas voluntades, testamento y relación de herederos.

¿Qué plazo hay para la plusvalía en Alcobendas?

Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si se pide antes de que terminen.

¿En qué Registro de la Propiedad se inscribe la herencia?

En el que corresponda a cada finca. Alcobendas tiene dos Registros y el gestor comprueba cuál toca.

¿Puedo tramitar la herencia sin ir a Alcobendas?

Sí, en buena parte. El impuesto se presenta por internet y la firma en la notaría puede hacerse por poder.

¿Cuánto cobra una gestoría por una herencia en Alcobendas?

Depende del número de bienes y herederos. El profesional te explica sus honorarios antes de empezar, y aparte van notaría, Registro e impuestos.

Te puede interesar

Cuéntanos qué ha dejado tu familiar y te ponemos en contacto con quien lleve la herencia por ti.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido